RESOLUCIÓN 1317 2019 MINISTERIO DE EDUCACION E INNOVACION

Síntesis:

AMPLÍA ALCANCES - RESOLUCIÓN 654-MEGC-18 - FACULTA - DIRECCIONES DE ÁREA - APARTAMIENTO EN FORMA EXCEPCIONAL - RESOLUCIÓN 2161-MEGC-11 - CONFORMACIÓN - MODIFICACIÓN - CARGOS - SECCIONES DE PRIMERO Y SEGUNDO AÑO - ESTABLECIMIENTOS DE GESTIÓN ESTATAL - MINISTERIO DE EDUCACIÓN E INNOVACIÓN

Publicación:

21/02/2019

Sanción:

13/02/2019

Organismo:

MINISTERIO DE EDUCACION E INNOVACION


VISTO:

La Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la Ley de Educación

Nacional N° 26.206, la Ordenanza N° 40.593 (texto consolidado Ley N° 6.017), las

Resoluciones Consejo Federal de Educación Nros. 84/09, 93/09, las Leyes Nros. 898,

2905 (textos consolidados Ley N° 6.017, la Ley N° 5.460, (texto consolidado por Ley

N° 6.017) y su modificatoria Ley N° 5.960, el Decreto N° 136/11, las Resoluciones

Nros. 2160MEGC/11, 2161-MEGC/11,

4145/SSGECP/12, 321/MEGC/15

complementarias y modificatorias, 654/MEGC/18, el Expediente Electrónico N°

34.559.893/MGEYA-SSCDFTP/18, y

CONSIDERANDO:

Que la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires reconoce y garantiza un sistema

educativo inspirado en los principios de la libertad, la ética y la solidaridad, tendiente a

un desarrollo integral de la persona en una sociedad justa y democrática;

Que la Ley de Educación Nacional N° 26.206 propicia en su artículo 32 mecanismos

de concentración de horas cátedra o conformación y/ o modificación de cargos de

los/as profesores/as, con el objeto de constituir equipos docentes más estables en

cada institución;

Que la Ley N° 5.460, (texto consolidado por Ley N° 6.017) y su modificatoria Ley N°

5.960, dispone que el Jefe de Gobierno es asistido en sus funciones por los Ministros,

de conformidad con las facultades y responsabilidades que les confiere dicha Ley;

Que en virtud de la mencionada norma le corresponde al Ministerio de Educación e

Innovación diseñar, promover, implementar y evaluar las políticas y programas

educativos que conformen un sistema único e integrado a fin de contribuir al desarrollo

individual y social;

Que la Ley N° 898 (texto consolidado Ley N° 6.017) implementó la obligatoriedad de la

Escuela Secundaria en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que la Resolución CFE 84/09 aprobó los "Lineamientos Políticos y Estratégicos de la

Educación Secundaria Obligatoria" estableciendo que: "La Formación General

constituye el núcleo de formación común de la Educación Secundaria" y por ello "debe

estar presente en todas las propuestas educativas del Nivel en el país e incluirse en

los planes de formación de todas y cada una de las orientaciones y modalidades";

Que la precitada Resolución establece que la Que, en virtud de la Resolución CFE

93/09 se aprobaron las "Orientaciones para la Organización Institucional de la

Educación Secundaria Obligatoria";

Que la misma promueve el trabajo colectivo de los educadores, el que supone la

corresponsabilidad sobre la propuesta escolar y la trayectoria de los estudiantes, el

que es de construcción conjunta y requiere condiciones que habiliten espacios y

tiempos de trabajo entre docentes;

Que por Resolución N° 4145/SSGECP/12, complementarias y modificatorias, se

aprueba el Diseño Curricular Primer Ciclo de la Modalidad Técnico Profesional de

Nivel Secundario diurno;

Que por la Resolución N° 321/MEGC/15, complementarias y modificatorias, se aprobó

el Diseño Curricular y la Estructura Curricular para el Ciclo Básico y para el Ciclo

Orientado de la Formación General de los establecimientos correspondientes de la

Dirección de Educación Media y de la Dirección de Educación Técnica de la Dirección

General de Educación de Gestión Estatal, y de la Dirección de Formación Docente y

de Educación Artística, de la Dirección General de Educación Superior y de la

Dirección General de Gestión Privada correspondiente a la Nueva Escuela Secundaria

en el ámbito de la Ciudad de Buenos Aires;

Que la Ley N° 2.905 (texto consolidado Ley N° 6.017) regula la organización y

funcionamiento del Régimen de profesores designados por cargo docente en todos los

establecimientos, de las distintas modalidades de enseñanza de nivel secundario,

dependientes del entonces Ministerio de Educación de la Ciudad de Buenos Aires;

Que el Decreto N° 136/11 aprueba la reglamentación de la mencionada ley y faculta al

entonces Ministerio de Educación del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires a dictar las normas instrumentales, complementarias e interpretativas;

Que el mencionado régimen tiene como objetivos mejorar la calidad de la educación,

promoviendo actividades institucionales extra clase que complementen las acciones

áulicas, para promover, mejorar y optimizar la formación integral de los alumnos,

propiciar la concentración horaria del personal docente para profundizar el

compromiso y la pertenencia a la institución educativa, y mejorar las condiciones

laborales de los educadores, entre otros;

Que el artículo 14 de la Ordenanza N° 40.593 (texto consolidado Ley N° 6.017),

establece que en el caso de establecimientos de nivel medio de todas las modalidades

se ingresa con las normas establecidas conforme la Ley N° 2.905;

Que la Resolución N° 2160/MEGC/11 establece el plan gradual de implementación del

mencionado régimen;

Que la Resolución N° 2161/MEGC/11 fija la conformación de los cargos a partir de las

horas cátedra frente alumnos correspondientes a los planes de estudio vigentes, de

una única asignatura de igual denominación, o de asignaturas de distinta

denominación pero referidas a una misma disciplina específica de base, de uno o más

años de los planes de estudio que se dicten en el establecimiento educativo, fijando

una tabla para la conformación de cargos según diferentes combinaciones de horas

clase y extra clase;

Que por la Resolución N° 654/MEGC/18 se facultó a las Direcciones de Área, con la

conformidad de la Dirección General correspondiente, a apartarse, en forma

excepcional, de los términos de la Resolución N° 2161/MEGC/11 a los fines de la

conformación y/o modificación de cargos en las Secciones de Primer año de los

establecimientos que allí se detallan;

Que al respecto la Procuración General mediante Dictamen Jurídico (IF-2018-

05280024-DGEMPP) ha efectuado el análisis de la Resolución N° 654/MEGC/18

manifestando que no existen objeciones de índole legal sobre su dictado, toda vez que

resultan facultades propias de esta cartera ministerial;

Que de esta manera, y atento a la Profundización de la Nueva Escuela Secundaria

deviene necesario ampliar los alcances de la Resolución N° 654/MEGC/18,

incorporando las Secciones de Primer (1er) año que comenzarán su implementación

en el ciclo lectivo 2019, como así también las Secciones de Segundo año

correspondiente a los establecimientos que comenzaron su implementación en el ciclo

lectivo 2018;

Que las Subsecretarías de Coordinación Pedagógica y Equidad Educativa, de Carrera

Docente y Formación Técnica Profesional y de Planeamiento e Innovación Educativa

han tomado intervención dentro del marco de sus competencias;

Que la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional ha tomado la

intervención que le compete.

Por ello, en uso de las facultades que le son propias,

LA MINISTRA DE EDUCACIÓN E INNOVACIÓN

RESUELVE

Artículo 1.- Amplíense los alcances de la Resolución N° 654/MEGC/18 y facúltese a

las Direcciones de Área, con la conformidad de la Dirección General correspondiente,

a apartarse, en forma excepcional, de los términos de la Resolución N°

2161/MEGC/11 a los fines de la conformación y/o modificación de cargos en las

Secciones de primero (1ro) y segundo (2do) año de los establecimientos de Gestión

Estatal que se detallan en el Anexo I (IF 2019-05365466-SSCPEE) el que a todos sus

efectos forma parte integrante de la presente.

Artículo 2.- Determínase que el gasto que demande el cumplimiento de lo aquí

dispuesto será afectado a la Jurisdicción 55 - Inciso 1 - Partida Principal 1.

Artículo 3.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y efectúense

las comunicaciones oficiales pertinentes a la Subsecretarías de Coordinación

Pedagógica y Equidad Educativa y de Planeamiento e Innovación Educativa, a las

Direcciones Generales de Educación de Gestión Estatal, de Educación Superior, de

Educación de Gestión Privada, de Administración de Recursos, de Personal Docente y

No Docente y de Carrera Docente. Cumplido, archívese. Acuña


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5564

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

EXCEPTUA
<p>Art. 1º de la Resolucion 1317-MEIGC-19 faculta a las Direcciones de Área, con la conformidad de la Dirección General correspondiente, a apartarse, en forma excepcional, de los términos de la Resolución 2161-MEGC-11 a los fines de la conformación y/o modificación de cargos en las Secciones de primero (1ro) y segundo (2do) año de los establecimientos de Gestión Estatal.</p>
INTEGRA
<p>Art. 1 de la Resolución 1317-MEIGC-19 amplia los alcances de la Resolución 654-MEGC-18 y faculta a las Direcciones de Área, con la conformidad de la Dirección General correspondiente, a apartarse, en forma excepcional, de los términos de la Resolución 2161-MEGC-11 a los fines de la conformación y/o modificación de cargos en las Secciones de primero (1ro) y segundo (2do) año de los establecimientos de Gestión Estatal.</p>