RESOLUCIÓN 654 2018 MINISTERIO DE EDUCACION

Síntesis:

SE FACULTA A LAS DIRECCIONES DE ÁREA A APARTARSE DE LOS TÉRMINOS DE LA RESOLUCIÓN  2161-MEGC-11 -  CONFORMACIÓN - MODIFICACIÓN DE CARGOS - COLEGIO 07 DE 03 JUAN MARTÍN DE PUEYRREDÓN - ESCUELA DE COMERCIO 22 DE 06 -  COMERCIO 34 DE 03 - EDUCACIÓN MEDIA 01 DE 21 -  EDUCACION MEDIA 05 DE 21 - ESCUELA TÉCNICA  10 DE 05 -  12 DE 01 - 26 DE 06 - 35 DE 18 - ESCUELA NORMAL SUPERIOR EN LENGUAS VIVAS SOFÍA BROQUEN DE SPANGENBERG  - NIVEL SECUNDARIO - ESCUELA NORMAL SUPERIOR  01 - NORMAL SUPERIOR  06 - 09 DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO - NIVEL SECUNDARIO - 10 JUAN BAUTISTA ALBERDI -  INSTITUTO DE ENSEÑANZA SUPERIOR EN LENGUAS VIVAS JUAN RAMÓN FERNÁNDEZ -  ENSEÑANZA SUPERIOR JUAN B JUSTO - SUPERIOR DE EDUCACIÓN ARTÍSTICA EN CERÁMICA - SUPERIOR DE EDUCACIÓN ARTÍSTICA EN DANZA NELLY RAMICONE - MINISTERIO DE EDUCACIÓN

Publicación:

28/02/2018

Sanción:

15/02/2018

Organismo:

MINISTERIO DE EDUCACION


VISTO:

La Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la Ordenanza N° 40.593

(texto consolidado Ley N° 5.666), la Ley de Educación Nacional N° 26.206, las

Resoluciones Consejo Federal de Educación Nros. 84/09, 93/09, las Leyes Nros. 898,

2905 y 5460 (texto consolidado por ley 5666), el Decreto N° 136/11, las Resoluciones

Nros. 2160-MEGC/11, 2161-MEGC/11, el Expediente Electrónico N°

3.384.240/MGEYASSCDFTP/18, y

CONSIDERANDO:

Que la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires reconoce y garantiza un sistema

educativo inspirado en los principios de la libertad, la ética y la solidaridad, tendiente a

un desarrollo integral de la persona en una sociedad justa y democrática;

Que la Ley de Educación Nacional N° 26.206 propicia en su artículo 32 mecanismos

de concentración de horas cátedra o conformación y/ o modificación de cargos de

los/as profesores/as, con el objeto de constituir equipos docentes más estables en

cada institución;

Que la Ley N° 5.460 (texto consolidado por ley 5666) dispone que el Jefe de Gobierno

es asistido en sus funciones por los Ministerios, de conformidad con las facultades y

responsabilidades que les confiere dicha Ley;

Que en virtud de la mencionada norma le corresponde al Ministerio de Educación

diseñar, promover, implementar y evaluar las políticas y programas educativos que

conformen un sistema único e integrado a fin de contribuir al desarrollo individual y

social;

Que la Ley N° 898 implementó la obligatoriedad de la Escuela Secundaria en el ámbito

de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que la Resolución CFE 84/09 aprobó los "Lineamientos Políticos y Estratégicos de la

Educación Secundaria Obligatoria" estableciendo que: "La Formación General

constituye el núcleo de formación común de la Educación Secundaria" y por ello "debe

estar presente en todas las propuestas educativas del Nivel en el país e incluirse en

los planes de formación de todas y cada una de las orientaciones y modalidades";

Que la precitada Resolución establece que la organización curricular de cada

establecimiento tendrá en cuenta la inclusión de instancias curriculares cuyo desarrollo

se encuentre a cargo de un equipo docente, con enseñanza coordinada de diferentes

profesores;

Que, en virtud de la Resolución CFE 93/09 se aprobaron las "Orientaciones para la

Organización Institucional de la Educación Secundaria Obligatoria";

Que la misma promueve el trabajo colectivo de los educadores, el que supone la

corresponsabilidad sobre la propuesta escolar y la trayectoria de los estudiantes, el

que es de construcción conjunta y requiere condiciones que habiliten espacios y

tiempos de trabajo entre docentes;

Que por Resolución N° 4145/SSGECP/12, complementarias y modificatorias, se

aprueba el Diseño Curricular Primer Ciclo de la Modalidad Técnico Profesional de

Nivel Secundario diurno;

Que por la Resolución N° 321/MEGC/15, complementarias y modificatorias, se aprobó

el Diseño Curricular y la Estructura Curricular para el Ciclo Básico y para el Ciclo

Orientado de la Formación General de los establecimientos correspondientes de la

Dirección de Educación Media y de la Dirección de Educación Técnica de la Dirección

General de Educación de Gestión Estatal, de la Dirección de Educación Superior y de

la Dirección General de Gestión Privada correspondiente a la Nueva Escuela

Secundaria en el ámbito de la Ciudad de Buenos Aires;

Que la Ley N° 2905 regula la organización y funcionamiento del Régimen de

profesores designados por cargo docente en todos los establecimientos, de las

distintas modalidades de enseñanza de nivel secundario, dependientes del Ministerio

de Educación de la Ciudad de Buenos Aires;

Que el Decreto N° 136/11 aprueba la reglamentación de mencionada ley y faculta al

Ministerio de Educación del GCBA a dictar las normas instrumentales,

complementarias e interpretativas;

Que el mencionado régimen tiene como objetivos mejorar la calidad de la educación,

promoviendo actividades institucionales extra clase que complementen las acciones

áulicas, para promover, mejorar y optimizar la formación integral de los alumnos,

propiciar la concentración horaria del personal docente para profundizar el

compromiso y la pertenencia a la institución educativa, y mejorar las condiciones

laborales de los educadores, entre otros;

Que el artículo 14 de la Ordenanza N° 40.593 (texto consolidado Ley N° 5.666),

establece que en el caso de establecimientos de nivel medio de todas las modalidades

se ingresa con las normas establecidas conforme la Ley N° 2.905;

Que la Resolución N° 2160/MEGC/11 establece el plan gradual de implementación del

mencionado régimen;

Que la Resolución N° 2161/MEGC/11 fija la conformación de los cargos a partir de las

horas cátedra frente alumnos correspondientes a los planes de estudio vigentes, de

una única asignatura de igual denominación, o de asignaturas de distinta

denominación pero referidas a una misma disciplina específica de base, de uno o más

años de los planes de estudio que se dicten en el establecimiento educativo, fijando

una tabla para la conformación de cargos según diferentes combinaciones de horas

clase y extra clase;

Que el Ministerio de Educación propicia avanzar en la profundización del referido

régimen para mejorar las condiciones que producen la fragmentación del trabajo

docente propugnando equipos docentes más estables que redunden en una mejora de

la calidad educativa;

Que a tal fin es necesario apartarse, en forma excepcional, de los lineamientos

establecidos por la Resolución N° 2161/MEGC/11 al solo efecto de la conformación y/o

modificación de cargos;

Que las Subsecretarías de Coordinación Pedagógica y Equidad Educativa, de Carrera

Docente y Formación Técnica Profesional y de Planeamiento e Innovación Educativa

han tomado intervención dentro del marco de sus competencias;

Que la Procuración General de la Ciudad tomó intervención mediante Dictamen (IF-

2018- 05280024- DGEMPP) efectuando el análisis del Proyecto de Resolución y

manifestando que no se encuentran objeciones de carácter legal que formular al

mismo, motivo por el cual no existiría impedimento alguno para su dictado;

Que la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional ha tomado la

intervención que le compete.

Por ello, en uso de las facultades que le son propias,

LA MINISTRA DE EDUCACIÓN

RESUELVE

Artículo 1.- Facúltese a las Direcciones de Área, con la conformidad de la Dirección

General correspondiente, a apartarse, en forma excepcional, de los términos de la

Resolución N° 2161/MEGC/11 a los fines de la conformación y/o modificación de

cargos en las Secciones de Primer año de los establecimientos que se detallan en el

Anexo I (IF- 2018-03297904-DGEDS), que a todo efecto forma parte integrante de la

presente Resolución.

Artículo 2.- Determínase que el gasto que demande el cumplimiento de lo aquí

dispuesto será afectado a la Jurisdicción 55 - Inciso 1 - Partida Principal 1 - Fuente 11.

Artículo 3.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y efectúense

las comunicaciones oficiales pertinentes a la Subsecretarías de Coordinación

Pedagógica y Equidad Educativa y de Planeamiento e Innovación Educativa, a las

Direcciones Generales de Educación de Gestión Estatal, de Educación Superior, de

Educación de Gestión Privada, de Administración de Recursos, de Personal Docente y

No Docente y de Carrera Docente. Cumplido, archívese. Acuña


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5324

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICADA POR
<p>Artículo 1 de la Resolucion 1357-MEDGC-24 amplía los alcances de la Resolución N° 654-MEGC-18.</p>
MODIFICADA POR
<p>Articulo 1° de la Resolucion N° 912-MEDGC-23 amplia los alcances de la Resolución N° 654-MEGC-18 </p>
MODIFICADA POR
<p>Articulo 1° de la Resolucion N° 838-MEDGC-23 amplia los alcances de la Resolución N° 654-MEGC-18 </p>
MODIFICADA POR
<p>Articulo N° 1 Resolucion N° 368-MEDGC-22 amplia alcances de la Resolucion N° 654-MEDGC-18.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Resolución 1231-MEDGC/20 amplia los alcances de la Resolución 654-MEGC/18.</p>
INTEGRADA POR
<p>Art. 1 de la Resolución 1317-MEIGC-19 amplia los alcances de la Resolución 654-MEGC-18 y faculta a las Direcciones de Área, con la conformidad de la Dirección General correspondiente, a apartarse, en forma excepcional, de los términos de la Resolución 2161-MEGC-11 a los fines de la conformación y/o modificación de cargos en las Secciones de primero (1ro) y segundo (2do) año de los establecimientos de Gestión Estatal.</p>
EXCEPTUA
<p>Art. 1 de la Resolución 654-MEGC-18 faculta a las Direcciones de Área, con la conformidad de la Dirección General correspondiente, a apartarse, en forma excepcional, de los términos de la Resolución  2161-MEGC-11. </p>