RESOLUCIÓN 912 2023 MINISTERIO DE EDUCACION

Síntesis:

AMPLÍA ALCANCES DE LA RESOLUCIÓN N° 654-MEGC/18 - FACULTA A LAS DIRECCIONES DE ÁREA A APARTARSE, EN FORMA EXCEPCIONAL, DE LOS TÉRMINOS DE LA RESOLUCIÓN N° 2161-MEGC/11 - CONFORMACIÓN Y-O MODIFICACIÓN DE CARGOS EN LAS SECCIONES DE PRIMER Y SEGUNDO AÑO DE LOS ESTABLECIMIENTOS DE GESTIÓN ESTATAL

Publicación:

22/03/2023

Sanción:

03/02/2023

Organismo:

MINISTERIO DE EDUCACION


VISTO: La Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la Ley Nacional N°

26.206 y sus modificatorias, la Ordenanza N° 40.593 (texto consolidado por Ley N°

6.588) y su modificatoria Ley N° 6.544, las Leyes Nros. 898, 2.905 y 6.292 (textos

consolidados Ley N° 6.588), el Decreto N° 136/11, las Resoluciones del Consejo

Federal de Educación Nros. 84/09 y 93/09, las Resoluciones Nros. 2.160- MEGC/11,

2.161-MEGC/11, 4.145-SSGECP/12 sus complementarias y modificatorias, 321-

MEGC/15 y sus complementarias y modificatorias, 654-GCABA-MEGC/18, 1.317-

GCABA-MEIGC/19, 1.231- GCABAMEDGC/20, 838-GCABA-MEDGC/21 y 368-

GCABA-MEDGC/22, el Expediente Electrónico N° 4.826.059- GCABA-SSCDOC/23, y

CONSIDERANDO:

Que la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires reconoce y garantiza un sistema

educativo inspirado en los principios de la libertad, la ética y la solidaridad, tendiente a

un desarrollo integral de la persona en una sociedad justa y democrática;

Que la Ley Nacional N° 26.206 y sus modificatorias propician en su artículo 32 inciso

d), mecanismos de concentración de horas cátedra o conformación y/ o modificación

de cargos de los/as profesores/as, con el objeto de constituir equipos docentes más

estables en cada institución;

Que la Ley N° 6.292 establece que el Jefe de Gobierno es asistido en sus funciones

por los Ministros, de conformidad con las facultades y responsabilidades que les

confiere dicha Ley;

Que en el marco de la precitada norma, le corresponde al Ministerio de Educación

"diseñar, promover, implementar y evaluar las políticas y programas educativos que

conformen un sistema educativo único e integrado a fin de contribuir al desarrollo

individual y social";

Que la Ley N° 898 implementó la obligatoriedad de la Escuela Secundaria en el ámbito

de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que la Resolución del Consejo Federal de Educación N° 84/09 aprobó los

"Lineamientos Políticos y Estratégicos de la Educación Secundaria Obligatoria"

estableciendo que: "La Formación General constituye el núcleo de formación común

de la Educación Secundaria" y por ello "debe estar presente en todas las propuestas

educativas del Nivel en el país e incluirse en los planes de formación de todas y cada

una de las orientaciones y modalidades";

Que mediante la Resolución del Consejo Federal de Educación N° 93/09 se aprobaron

las "Orientaciones para la Organización Pedagógica e Institucional de la Educación

Secundaria Obligatoria";

Que la misma promueve el trabajo colectivo de los educadores, el que supone la

corresponsabilidad sobre la propuesta escolar y la trayectoria de los/as estudiantes, el

que es de construcción conjunta y requiere condiciones que habiliten espacios y

tiempos de trabajo entre docentes;

Que por Resolución N° 4.145-SSGECP/12, complementarias y modificatorias, se

aprobó el Diseño Curricular Primer Ciclo de la Modalidad Técnico Profesional de Nivel

Secundario diurno;

Que por la Resolución N° 321-MEGC/15, complementarias y modificatorias, se

aprobaron el Diseño Curricular y la Estructura Curricular para el Ciclo Básico y para el

Ciclo Orientado de la Formación General de los establecimientos correspondientes de

la Dirección Educación Media y de la Dirección Educación Técnica de la Dirección

General Educación de Gestión Estatal, y de la entonces Dirección de Formación

Docente y, Educación Artística, de la entonces Dirección General Educación Superior

y de la Dirección General Educación de Gestión Privada correspondientes a la Nueva

Escuela Secundaria en el ámbito de la Ciudad de Buenos Aires;

Que la Ley N° 2.905 regula la organización y funcionamiento del Régimen de

profesores/ras designados/as por cargo docente en todos los establecimientos, de las

distintas modalidades de enseñanza de nivel secundario, dependientes del Ministerio

de Educación de la Ciudad de Buenos Aires;

Que el Decreto N° 136/11 aprobó la reglamentación de la mencionada ley y facultó al

Ministerio de Educación del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a dictar

las normas instrumentales, complementarias e interpretativas;

Que el mencionado régimen tiene como objetivos mejorar la calidad de la educación,

promoviendo actividades institucionales extra clase que complementen las acciones

áulicas, para promover, mejorar y optimizar la formación integral de los/as alumnos/as,

propiciar la concentración horaria del personal docente para profundizar el

compromiso y la pertenencia a la institución educativa, y mejorar las condiciones

laborales de los educadores, entre otros;

Que el artículo 13 de la Ordenanza N° 40.593 y su modificatoria Ley N° 6.544,

establecen que en el caso de establecimientos de nivel medio de todas las

modalidades se ingresa con las normas establecidas conforme a la Ley N° 2.905;

Que la Resolución N° 2.160-MEGC/11 estableció el plan gradual de implementación

del mencionado régimen;

Que la Resolución N° 2.161-MEGC/11 fijó la conformación de los cargos a partir de las

horas cátedra frente alumnos/as correspondientes a los planes de estudio vigentes, de

una única asignatura de igual denominación, o de asignaturas de distinta

denominación pero referidas a una misma disciplina específica de base, de uno o más

años de los planes de estudio que se dicten en el establecimiento educativo, fijando

una tabla para la conformación de cargos según diferentes combinaciones de horas

clase y extra clase;

Que por la Resolución N° 654-MEGC/18 se facultó a las Direcciones de Área, con la

conformidad de la Dirección General correspondiente, a apartarse, en forma

excepcional, de los términos de la Resolución N° 2.161-MEGC/11 a los fines de la

conformación y/o modificación de cargos en las Secciones de primer año de los

establecimientos que allí se detallan;

Que al respecto la Procuración General mediante Dictamen Jurídico efectuó el análisis

de la Resolución N° 654-MEGC/18 y manifestó no haber encontrado objeciones de

índole legal sobre su dictado, toda vez que resultan facultades propias de esta cartera

ministerial;

Que posteriormente, y atento a la Profundización de la Nueva Escuela Secundaria, se

ampliaron los alcances de la mentada normativa mediante las Resoluciones N° 1.317-

GCABA-MEIGC/19, N° 1.231-GCABAMEDGC/20, 838-GCABA-MEDGC/21 y 368-

GCABA-MEDGC/22 y se facultó a las Direcciones de Área, con la conformidad de la

Dirección General correspondiente, a apartarse, en forma excepcional, de los términos

de la Resolución N° 2.161-MEGC/11 a los fines de la conformación y/o modificación de

cargos en las secciones de primero (1ro) y segundo (2do) año de los establecimientos

que allí se detallan;

Que de esta manera, en el marco de a la Profundización de la Nueva Escuela

Secundaria deviene necesario ampliar los alcances de la Resolución N° 654-

MEGC/18, incorporando las secciones de los establecimientos que comenzarán su

implementación en el ciclo lectivo 2023, como así también las secciones

correspondientes a los establecimientos que comenzaron su implementación en el

ciclo lectivo 2022;

Que las Direcciones Generales Planeamiento Educativo y, Educación de Gestión

Estatal, y las Subsecretarías de Coordinación Pedagógica y Equidad Educativa y, de

Carrera Docente tomaron intervención dentro del marco de sus competencias;

Que la Dirección General Coordinación Legal e Institucional tomó debida intervención

en el trámite.

Por ello, en uso de las facultades que le son propias,

LA MINISTRA DE EDUCACIÓN

RESUELVE:

Artículo 1°.- Amplíanse los alcances de la Resolución N° 654-MEGC/18 y facúltase a

las Direcciones de Área, con la conformidad de la Dirección General correspondiente,

a apartarse, en forma excepcional, de los términos de la Resolución N° 2.161-

MEGC/11 a los fines de la conformación y/o modificación de cargos en las secciones

de primer (1er) y segundo (2do) año de los establecimientos de Gestión Estatal que se

detallan en el Anexo (IF-2023-05296053-GCABA-SSCPEE), el que a todos sus efectos

forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 2°.- Determínase que el gasto que demande el cumplimiento de lo aquí

dispuesto será afectado a la Jurisdicción 55 - Inciso 1 - Partida Principal 1.

Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y

efectúense las comunicaciones oficiales pertinentes a la Subsecretarías de

Coordinación Pedagógica y Equidad Educativa y de Carrera Docente, a las

Direcciones Generales Planeamiento Educativo, Educación de Gestión Estatal,

Administración de Recursos, Personal Docente y No Docente y, Carrera Docente y a

las Direcciones Escuelas Normales Superiores y, Educación Artística. Cumplido,

archívese. Acuña


ANEXOS

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Articulo 1° de la Resolucion N° 912-MEDGC-23  facúlta a<br />las Direcciones de Área, con la conformidad de la Dirección General correspondientea apartarse en forma <br />excepcional, de los términos de la Resolución N° 2161-<br />MEGC/11 a los fines de la conformación y/o modificación de cargos en las Secciones de primero y segundo año de los establecimientos de Gestión Estatal</p>
MODIFICA
<p>Articulo 1° de la Resolucion N° 912-MEDGC-23 amplia los alcances de la Resolución N° 654-MEGC-18 </p>