DISPOSICIÓN 213 2019 DIRECCION GENERAL FERIAS

Síntesis:

TRASLADA FERIA - AVENIDA DIAGONAL SUR - JULIO ROCA - MORENO - CHACABUCO - AVENIDA BELGRANO - PIEDRAS - FERIA PASEO DIAGONAL SUR - DEFENSA - PLAZOLETA SAN FRANCISCO - ALSINA - DEFENSA - DOMINGO - ALSINA - PERÚ - BOLÍVAR-HIPÓLITO YRIGOYEN - SÁBADO - DIRECCIÓN GENERAL DE FERIAS -SUBSECRETARÍA DE USO DEL ESPACIO PÚBLICO - MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO - FERIA - MANUALIDADES - PLAZA DE MAYO - SAN TELMO - TRASLADO PARCIAL DE LA FERIA PASEO DIAGONAL SUR

Publicación:

25/02/2019

Sanción:

18/02/2019

Organismo:

DIRECCION GENERAL FERIAS


VISTO:

las Leyes N° 5460 y N° 4121, los Decretos N° 363-GCBA/2015, y sus modificatorios,

N° 79GCBA/2017, N° 340-AJG/2017, N° 459-AJG/2017, Disposición N° 195-

DGFER/17, y;

CONSIDERANDO:

Que por Ley N° 5460 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, aprobándose las funciones del Ministerio de Ambiente y

Espacio Público;

Que por el Decreto N° 363/GCBA/15 y sus modificatorias se aprobó la estructura

orgánica funcional del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires, estableciéndose, bajo la órbita de la Subsecretaría de Uso del Espacio

Público, dependiente del Ministerio de Ambiente y Espacio Público, los objetivos y

responsabilidades primarias de la Dirección General de Ferias;

Que por el Decreto N° 340/AJG/17 se reformó la estructura organizativa del Ministerio

de Ambiente y Espacio Público de la Ciudad de Buenos Aires, Anexo I (Organigrama)

y Anexo II (Responsabilidades

Primarias); modificando denominación y

responsabilidades de la Subsecretaria de Administración, la cual pasó a denominarse

Subsecretaria de Administración General y Uso del Espacio Público;

Que también se modificó la dependencia funcional de las Direcciones Generales de

Fiscalización del Espacio Público, de Ferias y de Ordenamiento del Espacio Público,

las cuales pasarán a depender de la Subsecretaría de Administración General y Uso

del Espacio Público;

Que por Decreto N° 459-AJG/2017 se designó a partir del 1 de noviembre de 2017 a

Carlos Gabriel Kuasñosky Somoza DNI N° 17.715.591 como Director General de

Ferias;

Que el artículo 2° inc. 28) de la Ley N° 4.121, prevé el funcionamiento de la Feria

Paseo Diagonal Sur, para los rubros "manualidades" los días sábados y domingos de

10 a 19 horas, en la Av. Diagonal Sur Julio A. Roca entre Alsina y Av. Belgrano;

Que, en tanto, el artículo 4° de la Ley N° 4121 define a las manualidades como "todo

proceso mediante el cual se incorpora valor a los productos creados o transformados

por el permisionario, siendo el valor la aplicación de un esfuerzo personal al bien que

se comercializará;

Que en el artículo 7° autoriza a la Autoridad de Aplicación a trasladar, por casos

excepcionales por motivos de obra, remodelaciones o reordenamiento del espacio

público, a los miembros de una feria dentro de un radio de quinientos metros;

Que teniendo en cuenta la situación actual de los aledaños a la Plaza de Mayo, y la

modificación del espacio público operada en la zona, luego de la puesta en valor de la

misma con la traza del Metrobús, la construcción del Paseo del Bajo y la puesta en

valor del área Plaza de Mayo, por un lado y la necesidad de optimizar y maximizar el

potencial del conjunto de las ferias del barrio de San Telmo, tales como las de calle

Defensa, La Recova, Humberto I°, Pasaje Giuffra, y Plaza Dorrego, representativas del

acervo histórico cultural de la Ciudad de Buenos Aires, estímase pertinente proceder al

traslado parcial de la Feria Paseo Diagonal Sur;

Por ello, en uso de sus facultades legales,

EL DIRECTOR GENERAL DE FERIAS

DISPONE

Artículo 1°.- Trasládese el tramo comprendido en la Av. Diagonal Sur Julio A. Roca

entre las esquinas Moreno-Chacabuco y Av. Belgrano-Piedras de la Feria Paseo

Diagonal Sur regulada por la Ley N° 4.121, al tramo de la calle Defensa desde la

numeración catastral ciento cincuenta hasta el doscientos, y sobre Plazoleta San

Francisco ubicada en Alsina y Defensa. Este traslado tendrá vigencia exclusivamente

los días domingo.

Artículo 2°.- Trasládese a partir del día de la fecha el tramo comprendido en la Av.

Diagonal Sur Julio A. Roca entre las esquinas Moreno-Chacabuco y Alsina-Perú de la

Feria Paseo Diagonal Sur regulada por la Ley N° 4.121, al tramo de la Av. Diagonal

Sur Julio A. Roca entre las esquinas Alsina-Perú y Bolívar-Hipólito Yrigoyen.

Los días sábado la feria se armará entre las esquinas Moreno-Chacabuco y Bolívar-

Hipólito Yrigoyen.

Artículo 3°.- Regístrese, publíquese. Cumplido, archívese. Kuasnoskyg

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Art. 1 de la Resolucion 213-DGFER-19 establece el tramo de la Feria Paseo Diagonal Sur, el cual fuera establecido en el marco de la Ley 4121.</p>