RESOLUCIÓN 52 2019 SECRETARIA DE TRANSPORTE

Síntesis:

SE RECTIFICA - RESOLUCIÓN N° 31-SECTRANS-19 -  CARRILES EXCLUSIVOS PARA BICICLETAS - BICISENDAS - EJE TRONADOR - SECRETARIA DE TRANSPORTE

Publicación:

25/02/2019

Sanción:

20/02/2019

Organismo:

SECRETARIA DE TRANSPORTE


VISTO:

La Resolución N° 31/GCABA/SECTRANS/2019, el Expediente N°

05355687/GCABA/UPEMS/2019; y

CONSIDERANDO:

Que en el marco del Expediente referido en el Visto se suscribió la Resolución N°

31/GCABA/SECTRANS/2019 de fecha 11 de febrero de 2019, mediante la cual se

establecen los carriles exclusivos para bicicletas o ciclovía y bicisendas, en los tramos

de itinerarios comprendidos por varios ejes;

Que, la citada resolución contiene un error material en el Artículo primero punto b) "Eje

Mansilla", en la omisión de una de las entre calles;

Que en consecuencia, corresponde rectificar la Resolución N°

31/GCABA/SECTRANS/2019, conforme lo dispuesto por el artículo 124 de la Ley de

Procedimiento Administrativo, quedando el Artículo 1° punto b) redactado de la

siguiente manera : "Eje Tronador: I. Calle Tronador entre Roseti y Av. Álvarez Thomas

por calzada paralela y adyacente a la vereda oeste, en doble sentido de circulación. -II.

Calle Tronador entre Av. Álvarez Thomas y La Pampa por calzada paralela y

adyacente a la vereda suroeste, en doble sentido de circulación".

Por ello, y en uso de las atribuciones legales que le son propias,

EL SECRETARIO DE TRANSPORTE

RESUELVE

Artículo 1°.- Rectifíquese la Resolución N° 31/GCABA/SECTRANS/2019, de fecha 11

de febrero de 2019, quedando el Artículo 1° Punto b) redactado de la siguiente

manera: "Eje Tronador: I. Calle Tronador entre Roseti y Av. Álvarez Thomas por

calzada paralela y adyacente a la vereda oeste, en doble sentido de circulación.-II.

Calle Tronador entre Av. Álvarez Thomas y La Pampa por calzada paralela y

adyacente a la vereda suroeste, en doble sentido de circulación".-

Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, gírese

copia certificada a la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por

intermedio de la Dirección General de Asuntos Legislativos y Organismos de Control,

comuníquese a la Subsecretaria de Tránsito y Transporte y remítase a la Dirección

General de Tránsito y Transporte quien procederá a comunicar esta Resolución a la

Comisión Nacional de Regulación del Transporte (CNRT), a las Cámaras y Empresas

de Transporte Colectivo de Pasajeros y Agrupaciones de Taxímetros, a la Dirección

General de Planificación de la Movilidad, a la Policía Federal Argentina, al Ente de

Mantenimiento Urbano Integral, a la Dirección General Cuerpo de Agentes de Control

de Tránsito y Seguridad Vial (DGCACTYSV). Cumplido, archívese. Méndez

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Resolución 58-SECTRANS-19 rectifica el considerando 2do de la Resolución 52-SECTRANS-19.</p>
MODIFICA
<p>Artículo 1° de la Resolución Nº 52-SECTRANS-19 rectifica el Punto b) del art. 1º de la Resolución Nº 31-SECTRANS-19.</p>