DECRETO 1308 1993
Síntesis:
INCORPORA AL RÉGIMEN DEL SUPLEMENTO POR FUNCIÓN EJECUTIVA AL PERSONAL QUE REVISTE CARGOS DE EJECUCIÓN EN LOS ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS DEL ÁREA DE LA SUBSECRETARÍA DE CULTURA
Publicación:
04/10/1993
Sanción:
09/09/1993
Organismo:
MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
Visto el artículo 20, inciso b), apartado 1 y el Sistema Municipal de la Profesión Administrativa, aprobado por Decreto N° 3.544/91, (B.M. N° 19.131), por el cual se establece el Suplemento por Función Ejecutiva, y
CONSIDERANDO:
Que el Art. 23 del referido sistema contempla que dicho suplemento será percibido por los agentes que se desempeñan efectivamente en las funciones tipificadas como tales;
Que en el aludido Art. 23 también se establece que el Departamento Ejecutivo determinará los montos de dicho suplemento;
Que resulta procedente fijar los montos correspondientes el Suplemento por Función Ejecutiva, estableciendo el carácter que se dará al desempeño efectivo de esos cargos, en los términos del Decreto N° 861/93 (B.M. N° 19.561);
Que corresponde incorporar al personal de los organismos Descentralizados dependientes de la Subsecretaría de Cultura; Teatro Municipal General San Martín, Teatro Colón, Complejo Enrique Santos Discépolo y Centro Cultural General San Martín; que desempeñen efectivamente las tipificadas como tales, en los Cuerpos Artísticos, Escenotécnicos, Servicios Auxiliares y Administrativos;
Que consecuentemente y en el ejercicio de la facultad conferida por el Art. 31, inciso n) de la Ley Orgánica Municipal N° 19.987, es hace necesario establecer que el personal de conducción no alcanzado por los términos del referido sistema también percibirá el Suplemento en cuestión a efectos de mantener una correcta diferenciación de sus haberes, conforme a las funciones jerárquicas que daban ejercer;
Por ello,
Artículo 1° - Incorpórase el Personal que reviste cargos de conducción en los Organismos Descentralizados dependientes de la Subsecretaría de Cultura: Teatro Municipal General San Martín, Teatro Colón, Complejo Enrique Santos Discépolo y Centro Cultural General San Martín; al Régimen del Suplemento por Función Ejecutiva, Decreto N° 861 (B.M. N° 19.561) en las condiciones establecidas en el Anexo 1, que forma parte Integrante del presente decreto.
Art. 2° - Los montos que demanden el pago del suplemento fijado por el artículo 1° del presente, serán imputados a la Partida Presupuestaria correspondiente de los Organismos allí mencionados.
Art. 3° - El presente decreto será refrendado por el señor Secretario de Hacienda y Finanzas y por la señora Secretaria de Educación y Cultura.
Art. 4° - Dése al Registro Municipal, publíquese en el Boletín Municipal y para su conocimiento y demás efectos remítase a la Dirección General de Recursos Humanos y Subsecretaría de Cultura.
ANEXOS
Función Ejecutiva | Monto Suplemento |
Director General | $ 950.- |
Director General Adjunto | $ 900.- |
Director (C 20) | $ 750.- |
Concertino (C 20) | $ 750.- |
Primer Bailarín (C 20) | $ 750.- |
Maestro Interno (C 20) | $ 750.- |
Jefe Departamento (C 22) | $ 600.- |
Concertino Adjunto (C 22) | $ 600.- |
Bailarín Solista (C 22) | $ 600.- |
Jefe Escenotécnico (C 22) | $ 600.- |
Coordinador General Escenario (C 22) | $ 600.- |
Jefe Archivo Musical (C 22) | $ 600.- |
Jefe División (C 24) | $ 500.- |
Suplente del Solista (C 24) | $ 500.- |
Segundo Jefe Escenotécnico (C 24) | $ 500.- |
Coordinador Principal del Escenario (C 24) | $ 500.- |
Segundo Jefe Archivo Musical (C 24) | $ 500.- |
Jefe Sección (C 26) | $ 350.- |
Partes Reales (C 26) | $ 350.- |
Capataces (C 29) | $ 300.- |
Supervisor Escenotécnico (C 29) | $ 300.- |
Coordinador de Cuerpo (C 29) | $ 300.- |
Supervisor del Archivo Musical (C 29) | $ 300.- |