DECRETO 90 2019
Síntesis:
SE CREA - JARDÍN DE INFANTES INTEGRAL N° 15 - DISTRITO ESCOLAR 5 - ANDRÉS FERREYRA 3705 - JORNADA COMPLETA - APRUEBA PLANTA ORGÁNICA FUNCIONAL - CARGOS EXISTENTES - TRASLADA SECCIONES - ANEXO DE JARDÍN DE INFANTES COMÚN N° 4 D.E.5 - PERSONAL DOCENTE - MINISTERIO DE EDUCACIÓN E INNOVACIÓN
Publicación:
07/03/2019
Sanción:
28/02/2019
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO:
La Ley de Educación Nacional N° 26.206, y su modificatoria Ley N° 27.045, la Ley N°
5.460 (texto consolidado por Ley N° 6.017) y su modificatoria Ley N° 5.960, los
Decretos N° 2073/92, N° 421/01 y N° 363/15 y sus modificatorios, la Resolución N°
174/SED/97, el Expediente Electrónico N° 6610396/DGEGE/2019, y
CONSIDERANDO:
Que resulta un objetivo primordial de la política educativa del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires avanzar hacia la plena inclusión educativa extendiendo la
garantía de escolaridad, expandiendo la Red Escolar, creando escuelas para asegurar
la igualdad de oportunidades y el acceso, permanencia, reinserción y egreso del
sistema educativo, aumentando la oferta de escolarización en el nivel inicial;
Que por la Ley N° 5.460, y su modificatoria Ley N° 5.960, se establece que el
Ministerio de Educación e Innovación tiene entre sus objetivos el de diseñar,
promover, implementar y evaluar las políticas y programas educativos que conformen
un sistema educativo único e integrado a fin de contribuir al desarrollo individual y
social, administrar y fiscalizar el sistema de educación, asegurando la educación
pública estatal laica y gratuita en todos los niveles y modalidades;
Que conforme la Ley de Educación Nacional N° 26.206 y su modificatoria Ley N°
27.045 la obligatoriedad escolar en todo el país se extiende desde la edad de cuatro
(4) años hasta la finalización del nivel secundario;
Que por el Decreto N° 363/15 y sus modificatorios se aprobó la estructura orgánico
funcional del Ministerio de Educación e Innovación bajo cuya dependencia se
encuentra la Dirección General de Educación de Gestión Estatal, dependiente de la
Subsecretaría de Coordinación Pedagógica y Equidad Educativa;
Que en el marco de la citada Dirección General, el Ministerio de Educación e
Innovación promueve la creación del Jardín de Infantes Integral N° 15 del Distrito
Escolar 5°, sito en la calle Andrés Ferreyra N° 3705, de esta Ciudad;
Que la creación que se propicia responde a la necesidad de profundizar el proceso de
expansión que se viene suscitando en el Nivel Inicial y contribuye a cumplimentar la
política de inclusión educativa propuesta para la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
que abarque y contemple las necesidades de distintos grupos sociales;
Que por otro lado, oportunamente, por el Decreto N° 2073/92 y la Resolución 174/97,
se creó el jardín de Infantes Común N° 4 Distrito Escolar 5° sito en la calle Cachi N°
77, de esta Ciudad;
Que posteriormente, por el Decreto N° 421/01, se creó el Anexo del Jardín de Infantes
Común N° 4 Distrito Escolar 5°, conformado por las secciones de nivel inicial de la
Escuela N° 23 Distrito Escolar 5°, ubicado en la calle Traful 3847, de esta Ciudad;
Que atento a la creación propiciada, el Ministerio de Educación e Innovación
promueve el traslado de las secciones que actualmente conforman el Anexo del Jardín
de Infantes Común N° 4 Distrito Escolar 5°, al Jardín de Infantes Integral N° 15 del
Distrito Escolar 5°;
Que dicho traslado no afecta la Planta Orgánico Funcional que se encuentra
actualmente vigente para el Anexo del Jardín de Infantes Común N° 4 Distrito Escolar
5°, manteniéndose las condiciones y cargos oportunamente designados;
Que en virtud de la creación propiciada y del traslado propuesto, el Jardín de Infantes
Integral N° 15 Distrito Escolar 5° quedará conformado por doce (12) secciones de
jornada completa en su totalidad;
Que asimismo, resulta necesaria y oportuna la aprobación de la Planta Orgánico
Funcional correspondiente.
Por ello, y en virtud de las facultades conferidas por los artículos 102 y 104 de la
Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
Artículo 1°.- Créase el Jardín de Infantes Integral N° 15 del Distrito Escolar 5°, sito en
la calle Andrés Ferreyra N° 3705, de esta Ciudad, con doce (12) secciones de jornada
completa en su totalidad.
Artículo 2°.- Trasládanse las dos (2) secciones que conforman el Anexo del Jardín de
Infantes Común N° 4 Distrito Escolar 5°, al Jardín de Infantes Integral N° 15 del Distrito
Escolar 5°, sito en la calle Andrés Ferreyra N ° 3705, de esta Ciudad, creado por
Artículo 1°.
Artículo 3°.- Establézcase que el personal docente que conforma la Planta Orgánico
Funcional del Anexo del Jardín de Infantes Común N° 4 Distrito Escolar 5°, continuará
prestando funciones en el Jardín de Infantes Integral N° 15 del Distrito Escolar N° 5,
sito en la calle Andrés Ferreyra N° 3705, de esta Ciudad, manteniéndose vigentes
todas las condiciones y cargos oportunamente designados.
Artículo 4°.- Apruébese la Planta Orgánica Funcional conforme lo detallado en el
Anexo (IF-2019-06624373GCABA-DGEGE), el que a todos los efectos forma parte
integrante del presente.
Artículo 5°.- Facúltese a la señora Ministra de Educación e Innovación para designar,
cesar o autorizar las liquidaciones correspondientes a los cargos aprobados por el
artículo 4°.
Artículo 6°.- El gasto que demande el presente Decreto, será imputado a la Partida
Presupuestaria vigente.
Artículo 7°.- El presente Decreto es refrendado por la señora Ministra de Educación e
Innovación, el señor Ministro de Economía y Finanzas y por el señor Jefe de Gabinete
de Ministros.
Artículo 8°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y, para su
conocimiento y demás efectos comuníquese al Ministerio de Economía y Finanzas y
pase al Ministerio de Educación e Innovación. Cumplido, archívese. RODRÍGUEZ
LARRETA - Acuña - Mura - Miguel