DECRETO 1026 1998

Síntesis:

APRUEBA PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES - AUTORIZA  LLAMADO  A LICITACIÓN PÚBLICA PARA CONTRATAR UN SERVICIO DE ELABORACIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE COMIDAS DESTINADO A HOGARES DEPENDIENTES DE LA SECRETARIA DE PROMOCIÓN SOCIAL DEL GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES 

Publicación:

23/06/1998

Sanción:

22/05/1998

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


Visto el Expediente N° 43.276/97, el Decreto N° 5.720/PEN/72 reglamentario del Art. 61 del Decreto Ley N° 23.354/56, el Decreto N° 386/75 (B.M. N° 14.955), modificado por el Decreto N° 4.968/76 (B.M. N° 15.385), y el Art. 104 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires; y

CONSIDERANDO:

Que, por la citada actuación tramita la contratación de un servicio de Elaboración y Distribución de Comidas, destinado a Hogares dependientes de la Secretaría de Promoción Social;

Que, dada la naturaleza del Servicio que se propicia, resulta necesario establecer cláusulas no contempladas en el reglamento de Contrataciones del Estado, e instrumentar un régimen especial de penalidades y de causales de rescisión que permitan resolver los eventuales incumplimientos contractuales;

Que, el inciso 128 del Decreto N° 5.720/PEN/72 y modificatorios,. reglamentario del artículo 61 del Decreto Ley N° 23.354156 adoptados por Ordenanza N° 31.655 (B.M. N° 15.193), prevé las circunstancias mencionadas en el considergando precedentemente;

Que, por Decreto N° 386175, modificado por el Decreto N° 4.968/76, se reglamenta el procedimiento de aprobación de Pliegos de Características Especiales;

Que, la Comisión de Estudios de Pliegos de Condiciones Especiales, dependiente de la Secretaría de Hacienda y Finanzas, ha elaborado el Pertinente proyecto de instrumento ftitado;

Que, la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires, ha emitido opinión en los presentes actuados;

Por ello en uso de las facultades conferidas por el Inciso 128 del Decreto N° 5.720/PEN/72, reglamentario del Art. 61 del Decreto Ley N° 23.354/56, y las facultades legales que le son propias, Art. 104 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires;

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1°- Apruébase el Pliego de Bases y Condiciones elaborado por la Comisión de Estudios de Pliegos de Condiciones Especiales, dependiente de la Secretaría de Hacienda y Finanzas, que como Anexo forma parte del presente Decreto, para contratar un Servicio de Elaboración y Distribución de Comidas, destinado a Hogares dependientes de la Secretaría de Promoción Social del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.

Art. 2°- Autorízase a la Dirección General de Compras y Contrataciones a realizar el pertinente llamado a Licitación Pública al amparo de lo establecido en el Artículo 55 del Decreto Ley N° 23.354/56, sobre la documentación aprobada en el Art. 1°.

Art. 3°- Facúltase a los Señores Secretarios de Promoción Social y de Hacienda y Finanzas a emitir circulares ampliatorias y/o modificatorias sobre la documentación aprobada en el Art. 1° del presente Decreto; como asimismo a designar a los miembros que integrarán la Comisión de Preadjudicaciones y Análisis Técnico de Ofertas, y emitir todos los Actos Administrativos necesarios para materializar la contratación, y adjudicar el servicio que propicia.

Art. 4°- El gasto que demande la presente gestión será imputado a las Partidas Presupuestarias de los ejercicios correspondientes.

Art. 5°- El presente decreto será refrendado por los Señores Secretarios de Promoción Social y de Hacienda y Finanzas.

Art. 6°- Dése al registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad, remítase a la Dirección General de Compras y Contrataciones para la prosecución de su trámite y comuníquese a la Secretaría de Promoción Social, a la Secretaría de Hacienda y Finanzas y a los Organismos Usuarios citados en el Artículo 1°.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

REFERENCIA
Art. 55