RESOLUCIÓN 673 2019 DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS

Síntesis:

SE CONSIDERA ABONADA EN TÉRMINO LA CUOTA 1-2019 - ABRIL 2019 - CONTRIBUCIÓN POR PUBLICIDAD - EJERCICIO 2019 - DIRECCION GENERAL DE RENTAS - ADMINISTRACIÓN GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS 

Publicación:

12/03/2019

Sanción:

07/03/2019

Organismo:

DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS


VISTO:

LA LEY TARIFARIA PARA EL EJERCICIO FISCAL 2019 N° 6067 (BOCBA 5524) Y LA

RESOLUCIÓN N° 2473/MEFGC/18 (BOCBA N° 5505), Y

CONSIDERANDO:

Que a través de la Resolución N° 2473/MEFGC/18 se establecieron las fechas de

vencimiento de los distintos tributos que percibe el Gobierno de la Ciudad Autónoma

de Buenos Aires, correspondientes al ejercicio fiscal 2019;

Que el Artículo 125 de la Ley 6067 fija los importes aplicables para la Contribución por

Publicidad de acuerdo al tipo y características a las cuales respondan, para el ejercicio

fiscal en curso;

Que resulta necesario establecer los parámetros tendientes a la liquidación de la

contribución mencionada en los anuncios efectuados en estructuras de sostén sobre

terraza teniendo en cuenta la cláusula transitoria segunda de la Ley 6067 mencionada;

Que atento a la cercanía de la fecha de vencimiento correspondiente a la Cuota

1/2019 de la Contribución por Publicidad se vera dificultado el cumplimiento en tiempo

y forma de las obligaciones tributarias conforme los parámetros precedentemente

expuestos;

Que es propósito de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos mantener

una fluida relación con sus contribuyentes que permita a ambos cumplir en tiempo y

forma con sus obligaciones.

Por ello, en virtud de las facultades conferidas por el artículo 4 de la Resolución N°

2473/MEFGC/18,

EL DIRECTOR GENERAL DE LA DIRECCION GENERAL DE RENTAS

RESUELVE

Artículo 1.- Considérase abonada en término hasta el día 12 de abril de 2019, la Cuota

1/2019 de la Contribución por Publicidad, cuyo vencimiento opera el día 12 de marzo

de 2019.

Artículo 2.- Si la fecha establecida en el artículo anterior resultara día no laborable

para la Administración del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires o entidades

bancarias, el vencimiento se producirá el día hábil siguiente.

Artículo 3.- La presente Resolución entrará en vigencia el día de su publicación.

Artículo 4.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y

comuníquese a la Subdirección General de Sistemas dependiente de la Dirección

General de Planificación y Control de la Administración Gubernamental de Ingresos

Públicos, al Banco de la Ciudad de Buenos Aires y a las Subdirecciones Generales y

demás áreas dependientes de esta Dirección General para su conocimiento y demás

efectos. Cumplido, archívese. Tujsnaider

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

COMPLEMENTA
<p>Art. 1 de la Resolución 673-DGR-19 considera abonada en término hasta el día 12 de abril de 2019, la Cuota 1-2019 de la Contribución por Publicidad, cuyo vencimiento opera el día 12 de marzo de 2019, conforme lo dispuesto por Resolución 2473-MEFGC-18. </p>