DISPOSICIÓN 19 2019 DIRECCION GENERAL ECONOMIA SOCIAL

Síntesis:

SE ESTABLECE DOCUMENTACIÓN OBLIGATORIA - SUBSIDIOS - SOLICITUDES DE ASISTENCIAS ECONÓMICAS A UNIDADES PRODUCTIVAS COLECTIVAS - PROGRAMA DE FORMACIÓN E INCLUSIÓN PARA EL TRABAJO  - FIT - DIRECCIÓN GENERAL DE ECONOMÍA SOCIAL

Publicación:

13/03/2019

Sanción:

25/02/2019

Organismo:

DIRECCION GENERAL ECONOMIA SOCIAL


VISTO:

El Decreto N° 578/08, la Resolución N° 955/MHYDHGC/18, las Disposiciones Nros.

72/DGECS/18 y 17/DGECS/19, y el Expediente N° EX-2019-06828858-GCABA-

DGECS, y

CONSIDERANDO:

Que por el Artículo 1° del Decreto N° 578/08 se creó el Programa de Formación e

Inclusión para el Trabajo (FIT), el cual tiene por objeto la inclusión social y laboral de

las personas en situación de pobreza y con problemas de empleo, siendo sus

finalidades la orientación laboral y el apoyo en la búsqueda de empleo, la formación y

la capacitación laboral, y el apoyo económico, financiero y técnico para el desarrollo de

unidades productivas;

Que por la Resolución N° 955/MHYDHGC/18 se aprobó la reglamentación del FIT

obrante en el Anexo de la misma;

Que el Artículo 24 del Anexo de la citada Resolución N° 955/MHYDHGC/18, entre

otros preceptos, establece que la Autoridad de Ejecución del FIT otorgará asistencias

económicas (subsidios) a las unidades productivas -individuales o colectivas-, para la

compra de bienes muebles determinados (maquinaria, herramientas, etc.), así como

para todo otro gasto que demande la puesta en marcha del emprendimiento;

Que el Artículo 30 del Anexo de la misma Resolución N° 955/MHYDHGC/18, entre

otros tópicos, estipula que será considerada colectiva, a los efectos de dicha norma,

toda aquella unidad de cinco o más personas, bajo cualquiera de las modalidades o

formas asociativas, previstas en la ley de sociedades, Ley Nacional N° 19.550, o en

las que en el futuro complementen o modifiquen la misma;

Que por el Artículo 6° de dicha Resolución N° 955/MHYDHGC/18 se facultó a los

titulares de la Subsecretaría de Fortalecimiento Familiar y Comunitario y de esta

Dirección General de Economía Social en su carácter de Autoridad de Ejecución del

FIT, a dictar los actos administrativos reglamentarios y complementarios a tal

Resolución, así como a suscribir todos los instrumentos que posibiliten la concreción

de dicho programa, estipulando que, no obstante ello, los convenios a suscribirse con

las instituciones capacitadoras serán suscriptos por el/la titular del Ministerio de

Hábitat y Desarrollo Humano;

Que mediante las Disposiciones Nros. 72/DGECS/18 y 17/DGECS/19 se actualizaron

soportes de información destinados a la labor de operativización del FIT;

Que en orden a la experiencia recogida en la gestión y a los fines de la optimización

de los recaudos de transparencia, eficiencia y eficacia previstos en los antedichos

instrumentos de operativización del FIT, y teniéndose en cuenta las características de

conformación de las unidades productivas colectivas contempladas en los alcances de

dicho programa, se hace conveniente que para la tramitación de solicitudes de

asistencias económicas (subsidios) a tales unidades productivas, se presente la

documentación obligatoria que se menciona en el Anexo de la presente Disposición;

Que por el Expediente N° EX-2019-06828858-GCABA-DGECS tramita la formalización

del establecimiento de la documentación señalado en el considerando inmediato

precedente.

Por ello,

EL DIRECTOR GENERAL DE ECONOMÍA SOCIAL

DISPONE

Artículo 1°.- Establécese que para la tramitación de solicitudes de asistencias

económicas (subsidios) a unidades productivas colectivas, en el marco del Programa

de Formación e Inclusión para el Trabajo (FIT), tales unidades productivas deben

presentar la documentación obligatoria que se menciona en el Anexo (DI-2019-

06832298-GCABA-DGECS) que a todos sus efectos forma parte integrante de la

presente Disposición.

Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y póngase

en conocimiento de la Gerencia Operativa Apoyo a Emprendimientos Productivos y de

la Gerencia Operativa Formación y Capacitación Laboral; cumplido, archívese. García

Mithieux


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5576

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

COMPLEMENTA
<p>Art. 1 de la Disposición 19-DGECS-19 establece que para la tramitación de solicitudes de asistencias económicas (subsidios) a unidades productivas colectivas, tales unidades productivas deben presentar la documentación obligatoria mencionada en el Anexo, en el marco del Programa de Formación e Inclusión para el Trabajo (FIT), creado por Decreto 578-08 y reglamentado por Resolución 955-MHYDH-18.</p>