DISPOSICIÓN 3 2019 DIRECCION GENERAL SEGUIMIENTO DE ORGANISMOS DE CONTROL Y ACCESO A LA INFORMACION PUBLICA
Síntesis:
SE APRUEBA - FORMULARIO - SOLICITUD DE INFORMACIÓN PÚBLICA - LEY 104 - ACCESO A LA INFORMACIÓN - SISTEMA DE RECEPCIÓN - TRAMITACIÓN DE REQUERIMIENTOS - PROVENIENTES DE LOS ORGANISMOS DE CONTROL - SOLICITUDES - DIRECCIÓN GENERAL SEGUIMIENTO DE ORGANISMOS DE CONTROL Y ACCESO A LA INFORMACIÓN
Publicación:
14/03/2019
Sanción:
11/03/2019
Organismo:
DIRECCION GENERAL SEGUIMIENTO DE ORGANISMOS DE CONTROL Y ACCESO A LA INFORMACION PUBLICA
VISTO:
Las Leyes N° 104 (t.o. Ley 5.784) y actualización, N° 5.460 (t.c. Ley 6.017) y
modificatoria, los Decretos N° 363/15 y modificatorios, N° 260/17 y el Expediente
Electrónico N° 07732874--GCABA-DGSOCAI/2019, y;
CONSIDERANDO:
Que la Ley 104 de Acceso a la Información Pública consagra el derecho a toda
persona a solicitar y recibir información pública completa, veraz, adecuada y oportuna;
Que por la Ley N° 5.460 (texto consolidado por Ley N° 6.017) y su modificatoria Ley N°
5.960 se aprobó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires, contemplando entre los Ministerios del Poder Ejecutivo al Ministerio de
Gobierno;
Que por Decreto N° 363/15 y sus modificatorios, fue aprobada la estructura orgánico
funcional dependiente del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
contemplándose bajo la órbita del Ministerio de Gobierno a la Dirección General
Seguimiento de Organismos de Control y Acceso a la Información dependiente de la
Subsecretaría de Reforma Política y Asuntos Legislativos;
Que en ese sentido, la Dirección General Seguimiento de Organismos de Control y
Acceso a la Información tiene entre sus responsabilidades primarias administrar el
sistema de recepción y tramitación de requerimientos provenientes de los Organismos
de Control y solicitudes de Acceso a la Información Pública;
Que el artículo 22 del Decreto N° 260/17, reglamentario de la Ley N° 104, designó a la
Dirección General Seguimiento de Organismos de Control y Acceso a la Información
como Autoridad de Acceso a la Información Pública dentro del ámbito del Gobierno de
la Ciudad de Buenos Aires, teniendo entre sus prioridades velar por la correcta
implementación de las obligaciones establecidas en la Ley N° 104 (texto consolidado
por Ley N° 6.017), y sus normas reglamentarias;
Que en cumplimiento de las obligaciones impuestas, corresponde regular el trámite de
los pedidos de acceso a la información pública a fin de garantizar un procedimiento
adecuado y ágil;
Que en razón de la experiencia de esta Dirección respecto a la aplicación de las
nuevas formalidades de las solicitudes, es propicio que el formulario contenga la
opción de elegir la modalidad de notificación y un teléfono de contacto;
Por ello, en uso de las facultades conferidas por los Decreto N° 363/15 y modificatorios
y N° 260/17,
Artículo 1°.- Apruébase el Formulario de Solicitud de Información Pública - Ley 104
que como Anexo I (IF-2019-07660995-GCABA-DGSOCAI) forma parte integrante de la
presente Disposición.
Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, para su
conocimiento y demás efectos. Comuníquese a la Secretaría Legal y Técnica, a la
Secretaría Atención y Gestión Ciudadana y Subsecretaría de Gestión Comunal, ambas
dependientes de Jefatura de Gabinete de Ministros y a las Comunas de la Ciudad de
Buenos Aires. Cumplido, archívese. Díaz Ortiz