RESOLUCIÓN 76 2019 SECRETARIA DE TRANSPORTE
Síntesis:
ACTUALIZACIÓN - ANEXOS IIA - ANEXO IIB - ANEXO III - RESOLUCIÓN 258-SSTRANS-2012 - INCORPORA - ANEXOS A - MANUAL TAXI CICLO 7 - ANEXO C PROFESIONALES - SECRETARÍA DE TRANSPORTE - MINISTERIO DE DESARROLLO URBANO Y TRANSPORTE - PROGRAMA DE CAPACITACIÓN DE CONDUCTORES DE TAXI - CICLO 7 - CONVENIO ESPECÍFICO N° 1 - INFORME DE PROYECTO
Publicación:
15/03/2019
Sanción:
13/03/2019
Organismo:
SECRETARIA DE TRANSPORTE
VISTO:
La Ley N° 2.148 (texto consolidado conforme Ley N° 6.017), el Decreto N° 363/15, y
sus
modificatorios, la Resolución N°258/SSTRANS/2012, el Expediente
N°2019/07399446/DGHCT y,
CONSIDERANDO
Que, el Código de Tránsito y Transporte de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
aprobado por Ley N° 2.148, en su Título Décimo Segundo regula "El Servicio de
Transporte Público de Pasajeros en Automóviles de Alquiler con Taxímetro-Taxis";
Que, el punto 12.4.4.5 de la Ley mencionada, establece que la transferencia de toda
Licencia de Taxi, estará gravada por una tasa, la que estará destinada exclusivamente
a constituir un fondo, administrado por la Autoridad de Aplicación del Código
mencionado;
Que resultó necesario dictar normas complementarias e interpretativas del citado
Código de Tránsito y Transporte a los fines de su aplicación por lo que se dictó la
Resolución N° 258/SSTRANS/2012;
Que el Art. 27 de la Resolución N° 258/SSTRANS/2012 establece que la Autoridad de
Aplicación determinará anualmente el examen psicofísico y el temario de los cursos a
desarrollar mediante Resolución dictada al efecto;
Que el Decreto N° 498/08 designó a la Subsecretaría de Transporte como autoridad
de aplicación del Código de Tránsito y Transporte;
Que por Decreto N° 363/15 y sus modificatorios se aprobó la estructura Orgánica del
Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, asignando a la
Secretaría de Transporte dependiente del Ministerio de Desarrollo Urbano y
Transporte las mismas misiones y funciones que la entonces Subsecretaría de
Transporte;
Que es menester actualizar los Anexos correspondientes a la Resolución mencionada
precedentemente como asimismo incorporar nuevos.
Por ello, y en uso de las atribuciones y facultades conferidas;
Artículo 1°.- Actualícense los ANEXOS IIA (IF-2019-08053398-GCABA-SECTRANS),
ANEXO IIB (IF-2019-08054180-GCABA -SECTRANS) y ANEXO III(IF-2019-08054416-
GCABA-SECTRANS) de la Resolución 258/SSTRANS/2012.
Artículo 2°- Incorpórense los ANEXOS A Manual Taxi Ciclo 7 (IF-2019- 08054760-
GCABA-SECTRANS), y ANEXO C Profesionales (IF- 2019-08055028-GCABA-
SECTRANS).
Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y remítase
a la Dirección General Habilitación de Conductores y Transportes la que comunicará al
Ente Único Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad de Buenos Aires, al
Presidente del Colegio de Escribanos de la Capital Federal, a los Secretarios
Generales del Sindicato de Peones de Taxis y del Sindicato de Conductores de Taxi, a
los Presidentes de la Sociedad Propietarios de Automóviles con Taxímetro, de la
Unión Propietarios de Autos Taxis y de la Asociación Taxistas de Capital, de la
Cámara Empresaria del Autotaxi, a la Gerencia Operativa de Taxis, Remises y
Escolares, Cumplido. Archívese. Méndez