DECRETO 113 2019

Síntesis:

MODIFICACIÓN - ESTRUCTURA ORGANIZATIVA - MINISTERIO DE HÁBITAT Y DESARROLLO HUMANO - RESPONSABILIDADES PRIMARIAS - ORGANIGRAMA - SUBSECRETARÍA DE HÁBITAT E INCLUSIÓN - INSTITUTO DE LA VIVIENDA - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS -  DIRECCIÓN GENERAL DESARROLLO TERRITORIAL - ORGANISMO FUERA DE NIVEL UNIDAD DE GESTIÓN DE INTERVENCIÓN SOCIAL - GERENCIA OPERATIVA ACTIVIDADES INCLUSIVAS - UNIDAD DE AUDITORÍA INTERNA - SECRETARÍA INTEGRACIÓN SOCIAL PARA PERSONAS MAYORES - SUBSECRETARÍA FORTALECIMIENTO FAMILIAR Y COMUNITARIO - PROMOCIÓN SOCIAL - DIRECCIÓN GENERAL INFRAESTRUCTURA SOCIAL - TÉCNICA ADMINISTRATIVA Y LEGAL - PLANIFICACIÓN Y CONTROL DE GESTIÓN - CIUDADANÍA PORTEÑA - ECONOMÍA SOCIAL - SERVICIOS SOCIALES ZONALES - ATENCIÓN INMEDIATA - FORTALECIMIENTO DE LA SOCIEDAD CIVIL - NIÑEZ Y ADOLESCENCIA - DE LA MUJER - POLÍTICAS SOCIALES EN ADICCIONES - ATENCIÓN Y ASISTENCIA A LA VÍCTIMA - DEPENDENCIAS Y ATENCIÓN PRIMARIA  - PROMOCIÓN E INCLUSIÓN SOCIAL - PROTECCIÓN Y DESARROLLO SOSTENIBLE - FUERA DE NIVEL CONSEJO SOCIAL - COMISIÓN PARA LA PLENA PARTICIPACIÓN E INCLUSIÓN DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD - COPIDIS - UNIDAD DE GESTIÓN DE INTERVENCIÓN SOCIAL - SUBGERENCIA OPERATIVA SOPORTE DE AUDITORÍA I - SOPORTE DE AUDITORÍA II - GERENCIA OPERATIVA SECRETARÍA 

Publicación:

21/03/2019

Sanción:

19/03/2019

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


VISTO:

Las Leyes N° 5.460 (texto consolidado por Ley N° 6.017) y su modificatoria N° 5.960,

los Decretos Nros. 684/09 y sus modificatorios, 363/15 y sus modificatorios, el Decreto

N° 386/17, el Expediente Electrónico N° 08111714-GCABA-MHYDHGC/19, y

CONSIDERANDO:

Que la actual administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos tiene por

objetivo desarrollar diversas políticas públicas para mejorar la eficiencia y la eficacia

de su gestión, siendo la implementación y mejora constante de sus estructuras

organizativas una de las acciones centrales para la consecución de ese objetivo;

Que dichas políticas, entre otros aspectos, se han enfocado en pos del desarrollo de

un plan operativo estratégico creando nuevas políticas de recursos humanos,

promoción de una nueva cultura de trabajo, modernización de procesos y mecanismos

administrativos, así como la creación y el establecimiento de nuevas estructuras

orgánico funcionales;

Que por la Ley N° 5.460 y su modificatoria N° 5.960, se sancionó la Ley de Ministerios

del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplándose entre ellos al

Ministerio de Hábitat y Desarrollo Humano;

Que por el Decreto N° 684/09 y sus modificatorios se aprobó el régimen gerencial para

la Administración Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que mediante el Decreto N° 363/15, y sus modificatorios, se aprobó la estructura

orgánico funcional dependiente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, hasta el nivel de Dirección General;

Que, en virtud las políticas públicas de vivienda y hábitat impulsadas por este

Gobierno, resulta conveniente establecer que la Subsecretaría de Hábitat e Inclusión,

la Dirección General Desarrollo Territorial y la Dirección General de Hábitat

dependientes del Ministerio de Hábitat y Desarrollo Humano, pasen a la órbita del

Instituto de Vivienda de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (IVC) de acuerdo a la

estructura orgánico y funcional que oportunamente el mismo establezca;

Que por lo expuesto, se propicia modificar la estructura organizativa del Ministerio de

Hábitat y Desarrollo Humano, aprobada por el Decreto N° 363/15 y sus modificatorios;

Que asimismo, resulta conveniente modificar la estructura correspondiente al Régimen

Gerencial del Ministerio de Hábitat y Desarrollo Humano, en sus dos niveles, Gerencia

y Subgerencia Operativa, quedando modificado parcialmente el Decreto N° 386/17;

Que, en otro orden de ideas, corresponde que la Subsecretaría de Gestión de

Recursos Humanos del Ministerio de Economía y Finanzas arbitre las medidas

pertinentes para que lo dispuesto en el presente Decreto no implique un menoscabo

salarial sobre los conceptos normales y habituales, para los agentes de Planta

Permanente y Transitoria involucrados.

Por ello, en uso de las facultades conferidas por los artículos 102 y 104 de la

Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA

Artículo 1°.- Modifícase, a partir del 1° de abril de 2019, la estructura organizativa del

Ministerio de Hábitat y Desarrollo Humano de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

quedando modificado parcialmente el Decreto N° 363/15 y sus modificatorios, de

acuerdo con los Anexos I (IF-2019-08214258-GCABA-MHYDHGC) (Organigrama) y II

(IF-2019-08214243-GCABA-MHYDHGC) (Responsabilidades Primarias, Objetivos y

Descripción de acciones), los que a todos sus efectos forman parte integrante del

presente Decreto.

Artículo 2°.- Establécese que la Subsecretaría de Hábitat e Inclusión dependiente del

Ministerio de Hábitat y Desarrollo Humano pasará a la órbita del Instituto de Vivienda

de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (IVC) con su personal, patrimonio y

presupuesto.

Artículo 3°.- Establécese que las Direcciones Generales Desarrollo Territorial y

Hábitat, ambas dependientes de la Subsecretaría de Hábitat e Inclusión del Ministerio

de Hábitat y Desarrollo Humano, pasarán a la órbita del Instituto de Vivienda de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires (IVC) con su personal, patrimonio y presupuesto.

Artículo 4°.- Establécese que el Organismo Fuera de Nivel Unidad de Gestión de

Intervención Social (UGIS) quedará bajo la órbita del Ministerio de Hábitat y Desarrollo

Humano.

Artículo 5°.- Establécese que la Dirección General Inclusión Social tendrá nivel de

Gerencia Operativa y se denominará Gerencia Operativa Actividades Inclusivas

quedando bajo la órbita de la Dirección General Fortalecimiento de la Sociedad Civil

de la Subsecretaría de Promoción Social del Ministerio de Hábitat y Desarrollo

Humano.

Artículo 6°.- Modifícanse las responsabilidades primarias de la Dirección General

Fortalecimiento de la Sociedad Civil, dependiente de la Subsecretaría de Promoción

Social del Ministerio de Hábitat y Desarrollo Humano.

Artículo 7°.- El Ministerio de Economía y Finanzas arbitrará las medidas pertinentes a

los fines de la aplicación de lo dispuesto en el presente Decreto.

Artículo 8°- La Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de

Economía y Finanzas arbitrará las medidas pertinentes para que lo dispuesto en los

artículos 2° y 3° del presente Decreto no implique un menoscabo salarial sobre los

conceptos normales y habituales, para los agentes de Planta Permanente y Transitoria

involucrados.

Artículo 9°.- El presente Decreto es refrendado por la señora Ministra de Hábitat y

Desarrollo Humano, por el señor Ministro de Economía y Finanzas y por el señor Jefe

de Gabinete de Ministros.

Artículo 10.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,

comuníquese al Instituto de Vivienda de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (IVC), a

la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, y a las Direcciones Generales

Oficina de Gestión Pública y Presupuesto y Desarrollo del Servicio Civil ambas del

Ministerio de Economía y Finanzas, y para su conocimiento y demás efectos, remítase

al Ministerio de Hábitat y Desarrollo Humano. Cumplido, archívese. RODRÍGUEZ

LARRETA - Tagliaferri - Mura - Miguel


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5582

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Art. 1 del Decreto 113-19 modifica, a partir del 1/4/2019, la estructura organizativa del Ministerio de Hábitat y Desarrollo Humano, quedando modificado parcialmente el Decreto 363-15.</p><p>Art. 2 establece que la Subsecretaría de Hábitat e Inclusión dependiente del Ministerio de Hábitat y Desarrollo Humano pasará a la órbita del Instituto de Vivienda.</p><p>Art. 3 establece que las Direcciones Generales Desarrollo Territorial y Hábitat, pasarán a la órbita del Instituto de Vivienda.</p><p>Art. 4 establece que el Organismo Fuera de Nivel Unidad de Gestión de Intervención Social (UGIS) quedará bajo la órbita del Ministerio de Hábitat y Desarrollo Humano.</p><p>Art. 6 modifica las responsabilidades primarias de la Dirección General Fortalecimiento de la Sociedad Civil.</p>
INTEGRADA POR
<p>Art. 1 Acta 5154-IVC-19 acepta traspaso de la Subsecretaria de Hábitat e inclusión en la órbita del Institutito de Vivienda, con su personal, patrimonio y presupuesto, conforme lo establecido por Decreto 113-19.</p><p>Art. 2 acepta traspaso de las Direcciones Generales Desarrollo Territorial y Hábitat, ambas dependientes de la Subsecretaría de Hábitat e Inclusión, en la órbita del Instituto de Vivienda, con su respectivo personal, patrimonio y presupuesto.</p>
INTEGRA
<p>Art. 2 del Decreto 113-19 establece que la Subsecretaría de Hábitat e Inclusión dependiente del Ministerio de Hábitat y Desarrollo Humano pasará a la órbita del Instituto de Vivienda de la Jefatura de Gabinete, estructura organizativa aprobada por Decreto 154-18.</p><p>Art. 3 establece que las Direcciones Generales Desarrollo Territorial y Hábitat, pasarán a la órbita del Instituto de Vivienda</p>