RESOLUCIÓN 2 2019 SUBSECRETARIA DE COMUNICACION
Síntesis:
FE DE ERRATAS PUBLICADA EN BOCBA 5584 DEL 25/3/2019 ----------------------------------- SE MODIFICA - RESOLUCIÓN CONJUNTA N° 1-SSCOMUNIC-19 - CONCURSO - ESA ES MI CUADRA - EDICIÓN 2019 - ADMINISTRACIÓN GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS - SUBSECRETARÍA DE HIGIENE URBANA - SUBSECRETARÍA DE COMUNICACIÓN
Publicación:
21/03/2019
Sanción:
18/03/2019
Organismo:
SUBSECRETARIA DE COMUNICACION
VISTO:
La Resolución N° 19-SSCOMUNIC/18, la Resolución Conjunta N°1-GCABA-
SSCOMUNIC/19 y el Expediente Electrónico N° 5.182.517-GCABA-SSCOMUNIC/19 y
CONSIDERANDO:
Que por Resolución N° 19-GCABA-SSCOMUNIC/18 se creó el Programa Integral de
Reconocimientos "Vamos Los Vecinos", en el ámbito de la Subsecretaría de
Comunicación, con el objetivo de promover y reforzar conductas positivas en las
personas humanas y/o pequeños/as comerciantes, estimular la participación
ciudadana con el fin de generar en las personas un rol activo y positivo en pos del
bienestar colectivo, promover la armonización de la sociedad con el ambiente, la salud
pública, la economía y la seguridad vial entre otros;
Que dentro de las prácticas referidas al cuidado del ambiente, resultan de particular
relevancia todas aquellas conductas que puedan desplegar los vecinos,
primordialmente en su entorno más cercano; Que en particular esas conductas
consisten en fomentar la colaboración, compromiso y responsabilidad de los vecinos
en el mantenimiento de la higiene urbana de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que en mérito de lo señalado, se dictó la Resolución Conjunta N°1-GCABA-
SSCOMUNIC/19, creando el concurso denominado "Esa es Mi Cuadra, Segunda
Edición" que premiará a los vecinos habitantes de inmuebles radicados en el ejido de
la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y encargados de edificios que desempeñen su
labor en inmuebles ubicados en la Ciudad que, de manera organizada, colaboren en el
mantenimiento de la limpieza de su cuadra, conforme los criterios que se indican en
las Bases y Condiciones (IF-2019-06412996-GCABA-SSCOMUNIC) y durante la
vigencia del mentado concurso;
Que en su artículo 4°, las indicadas Bases y Condiciones establecen el periodo de
inscripción para participar del concurso, entre el día 21 de febrero de 2019 hasta el día
18 de marzo de 2019 inclusive, y como periodo y las mediciones del 15 de abril de
2019 al 23 de agosto de 2019;
Que, asimismo, el artículo mencionado en el párrafo antecedente, determina que las
mediciones a las que refiere el artículo 9° de las Bases en cuestión, se llevarán a cabo
a partir del día 15 de abril de 2019 y hasta el día 23 de agosto de 2019;
Que encontrándose en vigencia el referido Concurso, y a fin de incentivar una mayor
participación ciudadana, deviene necesaria la modificación de las mencionadas Bases
y Condiciones, en un todo de
acuerdo con el artículo 15 de las mismas, el cual reza: "RESERVAS DEL
ORGANIZADOR Y DEL GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS
AIRES. (...) El ORGANIZADOR, sin que ello le genere carga, obligación y/o
responsabilidad alguna podrá: a. Modificar las presentes BASES, bastando la
publicación del nuevo instrumento en la página web de Vamos los Vecinos
(https://www.buenosaires.gob.ar/jefedegobierno/vamoslosvecinos) y en el Boletín
Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, para considerarse fehacientemente
notificados los PARTICIPANTES, los POTENCIALES GANADORES y los
GANADORES...";
Que resultando de vital importancia la participación de los vecinos en el concurso, con
el fin de otorgar a los interesados mayor tiempo para completar el indicado proceso de
inscripción, deviene necesario ampliar el plazo para ello previsto, y en consecuencia,
modificar el periodo establecido para las referidas mediciones.
Por todo ello, en uso de las facultades que les son propias, y en virtud de lo dispuesto
por la Resolución Conjunta N° 1-GCABA-SSCOMUNIC/19,
Artículo 1°.- Apruébase el Anexo I (IF-2019-08536692-GCABA-SSCOMUNIC),
modificatorio de las Bases y Condiciones (IF-2019-06412996-GCABA-SSCOMUNIC)
aprobadas por la Resolución Conjunta N °1-GCABA-SSCOMUNIC/19, que a todos sus
efectos forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
y para su conocimiento y demás efectos, comuníquese a la Dirección General Legal y
Técnica de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos, a la Dirección
General Técnica Administrativa y Legal del Ministerio de Ambiente y Espacio Público y
a la Secretaría Legal y Técnica. Cumplido, archívese. Ballotta - Morosi - Di
Benedetto
ANEXOS
NOTA: La presente norma tiene incorporada la Fe de Erratas publicada en el BOCBA 5584 del 25/3/2018:
Fe de errata Se informa que por un error material e involuntario en el Boletín Oficial N° 5582 de fecha 21 de marzo de 2019, se publicó la Resolución N.° 2/SSCOMUNIC/19 con un error en su sumario. Donde dice Resolución N.° 2/SSCON/19 debe decir Resolución N.° 2/SSCOMUNIC/19.
Se remite el link de la publicación efectuada. Resolución N.° 2/SSCOMUNIC/19.