RESOLUCIÓN 88 2019 SECRETARIA DE TRANSPORTE

Síntesis:

ESTABLECE LOS LINEAMIENTOS BÁSICOS - DEMARCACIÓN - SECTOR DE PARADA - VÍA PÚBLICA - DETENCIÓN DE VEHÍCULOS DE ALQUILER CON TAXÍMETRO - CAPÍTULO 2.4 CÓDIGO DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE - DEMARCACIÓN HORIZONTAL - VEHICULOS DE TRANSPORTE PÚBLICO DE PASAJEROS - TAXIS - LÍNEA AMARILLA DE TRAZO DISCONTINUO - CALZADA RESERVADA PARA LA DETENCIÓN DE TAXIS - ORDENAMIENTO DEL TRÁNSITO - CRITERIOS DE DEMARCACIÓN COMPLEMENTARIA EN LA VÍA PÚBLICA 

Publicación:

21/03/2019

Sanción:

18/03/2019

Organismo:

SECRETARIA DE TRANSPORTE


VISTO:

La Ley N° 2.148 (texto consolidado por Ley N° 6.017), los Decretos N° 498/08, 363/15

y sus modificatorios, y el Expediente N° EX-2019-08460192-DGTYTRA; y

CONSIDERANDO:

Que mediante expediente de referencia se propicia la necesidad de adoptar medidas

que coadyuven con el ordenamiento del tránsito y la fluidez vehicular dentro de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, teniendo en miras la preservación de la seguridad

vial en el marco de lo regulado por el Código de Tránsito y Transporte de la Ciudad de

Buenos Aires;

Que el capítulo 2.4. del mencionado Código establece criterios de demarcación

complementaria en la vía pública;

Que es necesario establecer los lineamientos que regulen el sector de parada para la

detención de vehículos de alquiler con taxímetro;

Que, a su vez, el Artículo 9.4.1 establece que "La Autoridad de Aplicación del presente

Código tiene la facultad exclusiva de disponer en el ámbito de la Ciudad en todo lo

atinente a la ubicación de las paradas de cualquier servicio de transporte de pasajeros,

a saber: ubicación, señalamiento, tipo y características de los indicadores, oportunidad

de colocación, retiro, reubicación o traslado, prohibición y renovación de las señales ";

Que el Decreto N° 498/08 designó a la Subsecretaría de Transporte como autoridad

de aplicación del Código de Tránsito y Transporte;

Que por Decreto N° 363/15 y sus modificatorios, se aprobó la estructura Orgánica del

Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, asignando a la

Secretaría de Transporte dependiente del Ministerio de Desarrollo Urbano y

Transporte las mismas misiones y funciones que la entonces Subsecretaría de

Transporte;

Que el Decreto 384/GCBA/2018, modificatorio del mencionado Decreto N° 363/15,

establece entre las responsabilidades primarias de la Secretaría deTransporte, la de

entender en los aspectos relacionados con el transporte, la circulación peatonal

yvehicular, con base en las políticas de desarrollo económico, ambiental y social, así

como entender en laregulación y control del transporte y el tránsito de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires;

Que en este sentido es pertinente señalar que según lo dispuesto en el Anexo II que

forma parte integrantedel mencionado Decreto 384/GCBA/2018 le corresponde a la

Subsecretaría de Transito y Transporte, dependiente de la Secretaría de Transporte,

planificar, implementar y controlar obras de transporte y tránsito y/o programas

oservicios que mejoren la movilidad, la circulación y el tránsito, así como establecer las

normas para el ordenamiento del transporte y tránsito, elestacionamiento y la

regulación de los servicios de transporte, además de implementar y fiscalizar el

ordenamiento del transporte de pasajeros y decarga en el ámbito de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires;

Que por el citado Decreto N° 363/2015 y sus modificatorios, al aprobarse la estructura

orgánico funcionaldependiente del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires, se contempló a la Dirección General de Tránsito y Transporte, dependiente de la

Subsecretaría de Tránsito y Transporte, estableciendo entre sus facultades la de

intervenir en la regulación de los servicios de transporte en sus distintas modalidades

además de diseñar y controlar las normas y medidas de ordenamiento del transporte

de pasajeros de la Ciudad;

Que, efectuado el relevamiento técnico correspondiente, se estima que el sector de

parada de vehículos de alquiler con taxímetro en la vía pública debe ser demarcado

con una línea amarilla de trazo discontinuo que limite la zona rectangular de la calzada

reservada para la detención de los vehículos;

Que la Dirección General de Tránsito y Transporte será quien determine la ubicación

de las paradas en cuestión, de conformidad con las competencias que le son propias

conforme Decreto 363/15 y sus modificatorios;

Que lo expuesto se condice con la necesidad de aunar criterios en lo que refiere a la

indicación de los sectores de paradas para el transporte público en general;

Que la medida en cuestión es adoptada con la finalidad de complementar la

instalación y renovación de paradas de transporte público, en el marco de la

instalación de nuevo mobiliario urbano en el ámbito de la Ciudad de Buenos Aires,

todo ello a efectos de optimizar el uso del espacio público;

Por ello, en virtud de la Ley N° 2.148 (texto consolidado por Ley N° 6017) y en uso de

las atribuciones conferidas en los Decretos N° 498/08, N°363/15 y N° 384/18,

EL SECRETARIO DE TRANSPORTE

RESUELVE

Artículo 1°.- Establecer los lineamientos básicos para la demarcación del sector de

parada para la detención de vehículos de alquiler con taxímetro, de conformidad con lo

establecido en el Capítulo 2.4 Código de Tránsito y Transporte de la Ciudad Autónoma

de Buenos Aires.

Artículo 2°.- Establecese que la demarcación horizontal de los sectores de paradas

para vehículos de Transporte Público de Pasajeros en Automóviles de Alquiler con

Taxímetro "Taxis", será pintada con una línea amarilla de trazo discontinuo que limite

la zona rectangular de la calzada reservada para la detención de estos vehículos, en

aquellas ubicaciones en las cuales la autoridad correspondiente lo considere

realizable.

Artículo 3°.- La Dirección General de Tránsito y Transporte será quien determine la

ubicación de las paradas en cuestión, de conformidad con las competencias que le

son propias conforme Decreto 363/15 y sus modificatorios

Artículo 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,

comuníquese a la Subsecretaría de Tránsito y Transporte, a las Direcciones Generales

de Tránsito y Transporte, Planificación de la Movilidad, Habilitación de Conductores,

Cuerpo de Agentes de Control de Tránsito y Seguridad Vial, y a la Gerencia Operativa

Ordenamiento del Tránsito y Transporte. Cumplido, archívese. Méndez

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

COMPLEMENTA
<p>Arts. 1 y 2 de la Resolución 88-SECTRANS-19 establecen los lineamientos para la demarcación del sector de parada para la detención de vehículos de alquiler con taxímetro, de conformidad con lo establecido en el Capítulo 2.4 (Demarcación Horizontal Complementaria) del Código de Tránsito y Transporte.</p><p>Art. 3 establece que será la Dirección General de Tránsito y Transporte quien determine la ubicación de las paradas. </p>