DECRETO 1104 1998
Síntesis:
TEATRO COLÓN. ORQUESTA ESTABLE Y FILARMONICA Y BALLET ESTABLE. ESTABLECE QUE EL SUPLEMENTO ESPECIAL NO REMUNERATIVO POR DIFERENCIA DE FUNCIÓN DISPUESTO POR DECRETO N° 977-98 TENDRÁ VIGENCIA A PARTIR DEL 1° DE ENERO DE 1998
Publicación:
24/06/1998
Sanción:
05/06/1998
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Visto los términos del Decreto N° 977/GCBA/98, y
CONSIDERANDO:
Que por el mencionado Decreto se estableció un Suplemento Especial no Remunerativo por diferencia de función para los integrantes de las Orquestas Estable y Filarmónica y del Ballet Estable del Teatro Colón;
Que resulta necesario establecer la fecha a partir de la cual comenzará la vigencia de la percepción del Suplemento que nos ocupa;
Por ello, en uso de las facultades legales que le son propias (Arts. 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires),
Artículo 1°- Déjase establecido que el Suplemento Especial no Remunerativo por diferencia de función para los integrantes de las Orquestas Estable y Filarmónica y del Ballet Estable del Teatro Colón, dispuesto por Decreto N° 977/GCBA/98, tendrá vigencia a partir del 1° de enero de 1998.
Art. 2°- El presente decreto será refrendado por los señores Secretarios de Cultura y de Hacienda y Finanzas.
Art. 3°- Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General Administración de Recursos Humanos.