DECRETO 1104 1998

Síntesis:

TEATRO COLÓN. ORQUESTA ESTABLE Y FILARMONICA Y BALLET ESTABLE. ESTABLECE QUE EL SUPLEMENTO ESPECIAL NO REMUNERATIVO POR DIFERENCIA DE FUNCIÓN DISPUESTO POR DECRETO N° 977-98 TENDRÁ VIGENCIA A PARTIR DEL 1° DE ENERO DE 1998

Publicación:

24/06/1998

Sanción:

05/06/1998

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


Visto los términos del Decreto N° 977/GCBA/98, y

CONSIDERANDO:

Que por el mencionado Decreto se estableció un Suplemento Especial no Remunerativo por diferencia de función para los integrantes de las Orquestas Estable y Filarmónica y del Ballet Estable del Teatro Colón;

Que resulta necesario establecer la fecha a partir de la cual comenzará la vigencia de la percepción del Suplemento que nos ocupa;

Por ello, en uso de las facultades legales que le son propias (Arts. 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires),

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1°- Déjase establecido que el Suplemento Especial no Remunerativo por diferencia de función para los integrantes de las Orquestas Estable y Filarmónica y del Ballet Estable del Teatro Colón, dispuesto por Decreto N° 977/GCBA/98, tendrá vigencia a partir del 1° de enero de 1998.

Art. 2°- El presente decreto será refrendado por los señores Secretarios de Cultura y de Hacienda y Finanzas.

Art. 3°- Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General Administración de Recursos Humanos.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

COMPLEMENTA
<p>Art 1° Decreto 1104-98 deja establecido que el Suplemento Especial no Remunerativo por diferencia de función para integrantes de las Orquestas Estable y Filarmónica y del Ballet Estable del Teatro Colón, dispuesto por Decreto 977-98, tendrá vigencia a partir del 1° de enero de 1998.</p>