DECRETO 115 2019
Síntesis:
SE AUTORIZA A INSTRUMENTAR - PRIMERA INSCRIPCIÓN DOMINIAL DE PARCELAS - FRACCIONES DE TERRENO DEL DOMINIO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES - OCHAVAS - ESCRIBANÍA GENERAL - SUPERFICIE - CALLE FRANCISCO BILBAO - JUSTO ANTONIO SUÁREZ 7497 ESQUINA AV GENERAL PAZ - CALLE MARCOS SASTRE 3597-99 ESQUINA CONCORDIA 2507 - CALLE BERMÚDEZ 1355-59 ESQUINA DELAMBRE 4795 - ESCRITURAS - ESCRITURACIÓN - INSCRIPCIÓN - REGISTRO DE LA PROPIEDAD INMUEBLE
Publicación:
25/03/2019
Sanción:
21/03/2019
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO:
La Ley Nacional N° 17.801, la Ley N° 1.218 (texto consolidado por Ley N° 6.017), la
Ley N° 5.820, el Expediente Electrónico N° 3.478.976-MGEYA-DGAB/14, y
CONSIDERANDO:
Que por el expediente electrónico citado en el visto tramita la primera inscripción de
dominio de tres fracciones de terreno pertenecientes al dominio de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires que surgen de la variación de metros de las
correspondientes ochavas de tres inmuebles;
Que asimismo, la Dirección General Escribanía General de la Secretaría Legal y
Técnica en el ámbito de sus competencias informó que las tres fracciones de terreno
pertenecen al dominio de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, resultando necesario
autorizar a la citada Dirección General a realizar todas las acciones tendientes a
efectivizar su primera inscripción de dominio en el Registro de la Propiedad Inmueble
mediante testimonio administrativo y/o escritura pública (art. 3°, inc. a, de la Ley
17.801) para su posterior transmisión a los particulares adquirentes;
Que mediante el artículo 1° de la Ley N° 5.820 se desafectaron del dominio público de
la Ciudad Autónoma de Buenos Aires las fracciones de terrenos resultantes de la
variación de metros de las ochavas;
Que la primera Fracción de terreno consta de una superficie total de quince metros
cuadrados con veintisiete décimos (15,27 m2), y es identificada como "Superficie a
incorporar a la parcela", según plano 263-C-1983, ubicada en la calle Francisco
Bilbao, hoy Justo Antonio Suárez N° 7497 esquina Av. General Paz Sin Número;
identificada catastralmente como Circunscripción 1; Sección 76; Manzana 10; Parcela
17a conforme apartado a) del artículo 1° de la Ley N° 5.820;
Que la segunda Fracción de terreno consta de una superficie total de dieciséis metros
cuadrados con setenta y un décimos (16,71 m2), y es identificada como "Polígono D-
DÃÂÃÂÃÂô-EÃÂÃÂÃÂô-E-D, según plano 3-C-2011; ubicada en la calle Marcos Sastre N° 3597/99
esquina Concordia N° 2507; individualizada catastralmente como Circunscripción 15;
Sección 81; Manzana 125; Parcela 21b conforme apartado b) del artículo 1° de la Ley
N° 5.820;
Que la tercera Fracción de terreno consta de una superficie total de dos metros
cuadrados con cuarenta y seis décimos (2,46 m2), y es identificada como "Polígono H-
B-C-G-H", según plano 18-C-2013; ubicada en la calle Bermúdez N° 1355/59 esquina
Delambre N° 4795; identificada catastralmente como Circunscripción 15; Sección 85;
Manzana 49B; Parcela 19 conforme apartado c) del artículo 1° de la Ley N° 5.820;
Que, el artículo 2° de la citada Ley, declaró innecesarias para la gestión del Gobierno
de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires las fracciones de terreno mencionadas
precedentemente, disponiendo su enajenación y aprobando su venta en virtud de lo
dispuesto por el inciso b) del actual artículo 60 la Ley N° 2.095 de Compras y
Contrataciones de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (texto consolidado por ley N°
6.017);
Que conforme el artículo 3° de la Ley N° 5.820, las escrituras traslativas de dominio de
las fracciones de terreno antes citadas se otorgarán por ante la Dirección General
Escribanía General del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ha tomado
debida intervención conforme Ley N° 1.218 (texto consolidado por ley N° 6.017);
Por ello y en uso de las facultades legales conferidas por los artículos 102 y 104 de la
Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
Artículo 1°.- Autorízase a la Dirección General Escribanía General dependiente de la
Secretaría Legal y Técnica a instrumentar la primer inscripción dominial de la
superficie total de quince metros cuadrados con veintisiete décimos (15,27 m2) con
frente a la calle Francisco Bilbao, hoy Justo Antonio Suárez N° 7497 esquina Av.
General Paz Sin Número identificada catastralmente como Circunscripción 1; Sección
76; Manzana 10; Parcela 17a; e identificada como "Superficie a incorporar a la
parcela", conforme Plano 263-C-1983, aprobado por la Dirección General Registro de
Obras y Catastro de la Subsecretaría Registros, Interpretación y Catastro dependiente
del Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires, e inscribirla mediante escritura pública y/o documento administrativo (Ley
Nacional N° 17.801, art. 3° inc. a) en el Registro de la Propiedad Inmueble, a nombre
de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para dar cumplimiento con la Ley N° 5.820.
Artículo 2°.- Autorízase a la Dirección General Escribanía General dependiente de la
Secretaría Legal y Técnica a instrumentar la primer inscripción dominial de la
superficie total de dieciséis metros cuadrados con setenta y un décimos (16,71 m2)
con frente a la calle Marcos Sastre N° 3597/99 esquina Concordia N° 2507;
identificada catastralmente como Circunscripción 15; Sección 81; Manzana 125;
Parcela 21b; e identificada como "Polígono D-DÃÂÃÂÃÂô-EÃÂÃÂÃÂô-E-D", conforme Plano 3-C-2011,
aprobado por la Dirección General Registro de Obras y Catastro de la Subsecretaría
Registros, Interpretación y Catastro dependiente del Ministerio de Desarrollo Urbano y
Transporte de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, e inscribirla mediante escritura
pública y/o documento administrativo (Ley Nacional N° 17.801, art. 3° inc. a) en el
Registro de la Propiedad Inmueble, a nombre de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
para dar cumplimiento con la Ley N° 5.820.
Artículo 3°.- Autorízase a la Dirección General Escribanía General dependiente de la
Secretaría Legal y Técnica a instrumentar la primer inscripción dominial de la
superficie total de dos metros cuadrados con cuarenta y seis décimos (2,46 m2) con
frente a la calle Bermúdez N° 1355/59 esquina Delambre N° 4795; identificada
catastralmente como Circunscripción 15; Sección 85; Manzana 49B; Parcela 19; e
identificada como "Polígono H-B-C-G-H", conforme Plano 18-C-2013, aprobado por la
Dirección General Registro de Obras y Catastro de la Subsecretaría Registros,
Interpretación y Catastro dependiente del Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte
de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, e inscribirla mediante escritura pública y/o
documento administrativo (Ley Nacional N° 17.801, art. 3° inc. a) en el Registro de la
Propiedad Inmueble, a nombre de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para dar
cumplimiento con la Ley N° 5.820.
Artículo 4°.- El presente Decreto es refrendado por el señor ministro del Ministerio de
Economía y Finanzas y el señor Jefe de Gabinete de Ministros.
Artículo 5°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,
comuníquese a la Dirección General Administración de Bienes y Concesiones del
Ministerio de Economía y Finanzas, y para su conocimiento y demás efectos pase a la
Dirección General Escribanía General de la Secretaría Legal y Técnica. Cumplido,
archívese. RODRÍGUEZ LARRETA - Mura - Miguel