RESOLUCIÓN 63 2019 F/N ENTE DE TURISMO LEY 2627
Síntesis:
SE DEJA SIN EFECTO LA RESOLUCIÓN 293-ENTUR-18 - SE CONSTITUYEN - SERVICIOS PATRIMONIALES - SISTEMA DE REGISTRO CONTABLE PATRIMONIAL DE BIENES DE USO Y DE CONSUMO - DESIGNA RESPONSABLES - ENTE DE TURISMO
Publicación:
25/03/2019
Sanción:
19/03/2019
Organismo:
F/N ENTE DE TURISMO LEY 2627
VISTO:
las Leyes Nros. 2.627 (texto consolidado por Ley N° 6.017) y 5.960, el Decreto N°
263/10 y modificatorios, la Resolución N° 293/ENTUR/18, la Disposición N°
82/DGCG/10 y modificatorias, el Expediente Electrónico N° 7.749.480/ENTUR/19 y
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 2.627 (texto consolidado por Ley N° 6.017), modificada por el artículo 9°
de la Ley N° 5.960, creó el Ente de Turismo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
en el ámbito de la Secretaría General y Relaciones Internacionales del Gobierno de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires con el objeto de diseñar y ejecutar políticas y
programas de promoción, desarrollo y fomento del turismo como actividad económica
de la Ciudad;
Que mediante el Decreto N° 263/10 y modificatorios, se creó el Sistema de Registro
Contable Patrimonial de Bienes de Uso y de Consumo del Poder Ejecutivo de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, reglamentado por Disposición N° 82/DGCG/10 y
modificatorias;
Que el Artículo 2° del Anexo del Decreto citado, establece que las disposiciones de
éste son de aplicación al Poder Ejecutivo, Organismos Descentralizados de la Ciudad
de Buenos Aires y a los bienes de dominio de la Ciudad que se encuentren a cargo de
los servicios concesionados;
Que asimismo el artículo 3° del Anexo del Decreto N° 263/GCBA/10, establece que en
cada repartición dependiente del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires, así como en los Organismos Descentralizados, debe funcionar una Unidad de
Servicio Patrimonial de segundo orden, coordinada por el Servicio Patrimonial de
primer orden que debe organizarse en cada OFICINA DE GESTIÓN SECTORIAL
(OGESE);
Que en el mismo sentido la norma rectora habilita la conformación de Servicios
Patrimoniales de tercer y cuarto orden, cuando las circunstancias lo aconsejen,
facultando a la máxima autoridad de cada repartición a designar a los agentes que
asumirán dicha responsabilidad;
Que por la Resolución N° 293/ENTUR/18 se ha constituido en el Ente de Turismo de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires la Unidad de Servicios Patrimoniales que
establece el Sistema de Registro Contable Patrimonial de Bienes de Uso y de
Consumo creado por Decreto N° 263/10 y modificatorios, designándose a los
responsables de la Unidad Organizativa;
Que por la Resolución N° 12/ENTUR/2019 se modificó la estructura orgánico-funcional
del Ente de Turismo, cambiándose la denominación y responsabilidades primarias de
la Dirección General Comunicación y Competitividad de la Oferta, que pasó a
denominarse Dirección General Desarrollo Turístico y de la Dirección General
Promoción Turística, la que pasó a denominarse Dirección General Comunicación y
Promoción Turística;
Que mediante la Nota N° 05.777.331-GCABA-DGCPT/19, la Dirección General
Comunicación y Promoción Turística solicitó la designación como responsable a cargo
de los servicios patrimoniales de esa Dirección General a los Sres. Agustín Omar
Precci, D.N.I N° 24.595.026 y Leandro Guillermo Seisdedos, D.N.I N° 29.062.160;
Que asimismo solicitó el cese en su designación como responsable de patrimonio de
esa Dirección General, a cualquier otra persona que no fuera los consignados
anteriormente;
Que por otro lado, por Nota N° 05.919.957-GCABA-DGDTU/19, la Dirección General
Desarrollo Turístico solicitó la designación como responsables de patrimonio de esa
Dirección General a la Sra. Gabriela Mercedes Salvatierra, D.N.I. N° 24.265.196; al Sr.
Ezequiel Chiacchio, D.N.I N° 29.654.033;
Que asimismo solicitó el cese en su designación como responsable de patrimonio de
esta Dirección General, a cualquier otra persona que no fuera de las consignadas
anteriormente,
Que en virtud de ello resulta necesario actualizar la designación de los responsables a
cargo de los Servicios Patrimoniales que establece el Sistema de Registro Contable
Patrimonial de Bienes de Uso y de Consumo de conformidad con el organigrama
vigente;
Que obra Dictamen Legal N° IF-2019-08589105-GCABA-DGTALET del que surge que
no se observan obstáculos para la prosecución del trámite.
Por ello, en uso de las atribuciones otorgadas por el Decreto N° 263/10 y
modificatorios,
Artículo 1°.- Déjase sin efecto la Resolución N° 293/ENTUR/18.
Artículo 2°.- Constitúyense en el Ente de Turismo de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires los Servicios Patrimoniales que establece el Sistema de Registro Contable
Patrimonial de Bienes de Uso y de Consumo creado por Decreto N° 263/10 y
modificatorios, de conformidad con el organigrama vigente.
Artículo 3°.- Desígnanse a los agentes detallados en el Anexo IF N° 8.534.007-
DGTALET/19, que forma parte integrante de la presente Resolución, como
responsables a cargo de los Servicios Patrimoniales que en cada caso se indica, en
los términos del Artículo 3° del Anexo de la Disposición N° 82/DGCG/10 y conforme
los alcances del Decreto N° 263/10 y modificatorios.
Artículo 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,
comuníquese a la Dirección General de Contaduría, a cada una de las Direcciones
Generales dependientes de este Ente de Turismo de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires y al personal designado por la presente medida. Cumplido, archívese. Robredo