DISPOSICIÓN 20 2019 UPE ECOPARQUE INTERACTIVO DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES
Síntesis:
SE MODIFICA LA DISPOSICIÓN N° 12-UGETUPEEI/19
Publicación:
27/03/2019
Sanción:
21/03/2019
Organismo:
UPE ECOPARQUE INTERACTIVO DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES
"2019 -Año del 25° Aniversario del reconocimiento de la autonomía de la Ciudad de Buenos Aires"
VISTO:
La Ley N° 5.752 (Texto consolidado Ley N° 6.017), los Decretos Nros. 82/17, 92/18,
172/18 y 217/18, la Disposición N° 12/UGETUPEEI/19, el Expediente Electrónico N°
EX-2018-35129448-MGEYA-UGETUPEEI, y,
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 5.752 (Texto consolidado Ley N° 6.017), dispuso la transformación
progresiva del Jardín Zoológico de la Ciudad de Buenos Aires "Eduardo Ladislao
Holmberg";
Que el Artículo 5° de la mencionada Ley establece que "el organismo y/o dependencia
que el Poder Ejecutivo disponga en cumplimiento del Artículo 4° de la presente, tendrá
a su cargo la elaboración y actualización de un registro tendiente a consignar la
información del patrimonio florístico y faunístico existente en el predio. En tal marco, el
registro deberá contar con la información de las especies animales incluyendo, al
menos, la siguiente: Registro individualizado; Historia clínica; Estado sanitario; Origen
y procedencia documentada, de ser posible; Status de conservación de la especie;
Factibilidad de inclusión del ejemplar en programas de conservación";
Que el Artículo 5° del Anexo II del Decreto Reglamentario N° 82/17 establece que la
entonces Unidad de Biodiversidad, actual Unidad Gestión Estratégica y
Transformación, dependiente de la Unidad de Proyectos Especiales (UPE) "Ecoparque
Interactivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires" tendrá a su cargo la elaboración y
actualización del registro al que refiere el Artículo 5° de la Ley N° 5.752 (Texto
consolidado Ley N° 6.017);
Que mediante Disposición N° 12/UGETUPEEI/19, se aprobó la formalización del
registro de las especies de fauna existente en el predio del Ecoparque Interactivo de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de conformidad con el Artículo 5° de la Ley N°
5.752 (Texto consolidado Ley N° 6.017), el que comprenderá información referida al
registro individualizado, historia clínica de los ejemplares, estado sanitario de los
mismos, factibilidad de inclusión del/los ejemplar/es en programas de conservación,
origen y procedencia documentada de ser posible, y el inventario semestral de fauna
silvestre de los ejemplares que integran la colección faunística perteneciente al
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires que la Unidad de Proyectos
Especiales (UPE) Ecoparque Interactivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
presenta ante la Dirección Nacional de Biodiversidad, dependiente de la Secretaria de
Política Ambiental en Recursos Naturales de la Secretaría de Ambiente y desarrollo
Sustentable de la Nación, el cual contiene nombre común, nombre científico, sexo,
altas y bajas, identificación y ubicación dentro del predio de los ejemplares;
Que en la referida Disposición se ha omitido incluir dentro de la información que
comprende el registro individualizado el status de conservación de la especie, de
conformidad con el artículo 5° de la mencionada Ley, así como también, se indicó que
el inventario semestral de fauna silvestre comprende los ejemplares que integran la
colección faunística perteneciente al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos
"2019 -Año del 25° Aniversario del reconocimiento de la autonomía de la Ciudad de Buenos Aires"
Aires, cuando debió decir el patrimonio faunístico existente en el predio del Ecoparque
Interactivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que, atento a ello, resulta oportuno modificar el artículo 1° de la Disposición N°
12/UGETUPEEI/19 contemplando las cuestiones esbozadas en el considerando
anterior;
Que mediante el Decreto N° 172/18 se ratificó al suscripto, a partir del 27 de abril de
2018, como Titular de la Unidad Gestión Estratégica y Transformación dependiente de
la Unidad de Proyectos Especiales (UPE) "Ecoparque Interactivo de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires" designado oportunamente mediante Decreto N° 92/18;
Por ello, en uso de las facultades que le son propias,
EL TITULAR DE LA UNIDAD GESTIÓN ESTRATÉGICA Y TRANSFORMACIÓN
DEL ORGANISMO FUERA DE NIVEL
UNIDAD DE PROYECTOS ESPECIALES ECOPARQUE (UPE) INTERACTIVO
DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
DISPONE:
Artículo 1°. - Modificase el artículo 1° de la Disposición N° 12/UGETUPEEI/19, que
aprueba la formalización del registro de las especies de fauna existente en el predio
del Ecoparque Interactivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de conformidad
con el Artículo 5° de la Ley N° 5.752 (Texto consolidado Ley N° 6.017), el que
comprenderá información referida al registro individualizado, historia clínica de los
ejemplares, estado sanitario de los mismos, factibilidad de inclusión del/los ejemplar/es
en programas de conservación, origen y procedencia documentada de ser posible, el
status de conservación de la especie, y el inventario semestral del patrimonio
faunístico existente en el predio del Ecoparque Interactivo de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires que se presenta ante la Dirección Nacional de Biodiversidad,
dependiente de la Secretaria de Política Ambiental en Recursos Naturales de la
Secretaría de Ambiente y desarrollo Sustentable de la Nación, el cual contiene nombre
común, nombre científico, sexo, altas y bajas, identificación y ubicación dentro del
predio de los ejemplares.
Artículo 2° - Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
y para su conocimiento y demás efectos, comuníquese a la Unidad de Proyectos
Especiales (UPE) Ecoparque Interactivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y a
la Unidad Gestión General de Operaciones, Administración y Asuntos Legales.
Cumplido, archívese. Pellandini