RESOLUCIÓN 1893 2019 MINISTERIO DE CULTURA

Síntesis:

MODIFICA RESOLUCIÓN 1940-MCGC-10 - SE ESTABLECEN REQUISITOS - JURADO - DECRETO  412-10 - RÉGIMEN DE CONCERTACIÓN PARA LA ACTIVIDAD TEATRAL NO OFICIAL - PROTEATRO - ELENCO SUBSIDIADO  - SALAS - GRUPOS TEATRALES - SUBSIDIOS - PROCEDIMIENTOS  - REGLAMENTACIONES - MINISTERIO DE CULTURA

Publicación:

27/03/2019

Sanción:

21/03/2019

Organismo:

MINISTERIO DE CULTURA


VISTO:

La Ley N° 156 (texto consolidado Ley N° 6.017), el Decreto N° 845/GCBA/00 y su

modificatorio Decreto N° 412/GCBA/10, las Resoluciones N° 1940/MCGC/2010 y N°

3543/MCGC/2018 y el Expediente Electrónico N° 2019-06756876-GCABA-DGTALMC,

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 156 (texto consolidado Ley N° 6.017) crea el Régimen de Concertación

para la Actividad Teatral No Oficial, con el objeto de proteger, propiciar y fomentar el

teatro de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que el Decreto N° 845/GCBA/00 y su modificatorio Decreto N° 412/GCBA/10

reglamentan la referida Ley;

Que el artículo 4° del Decreto N° 412/GCBA/10 establece que el referido Régimen

estará conducido por un Directorio de acuerdo a la integración allí indicada;

Que mediante la Resolución N° 1940/MCGC/2010, y su modificatoria Resolución N°

3543/MCGC/2018, establecieron que los Directores indicados en los incisos c), d) y e)

del artículo 4° del Decreto N° 412/GCABA/10 deben desempeñarse "ad honorem" y

percibir una compensación mensual hasta la suma de pesos siete mil ($ 7.000),

efectiva a partir del 1 de abril de 2018;

Que en atención al tiempo transcurrido, al incremento de las tareas producto del

desarrollo del instituto y de los gastos propios de su ejecución, el indicado monto se

advierte desfasado, por lo que resulta necesario actualizar sus importes;

Que por lo expuesto resulta consecuente el dictado del acto administrativo

modificatorio del artículo 4° de la Resolución N° 1.940/MCGC/10 a fin de actualizar los

importes percibidos por los Directores indicados en los incisos c), d) y e) del artículo 4°

del Decreto N° 412/GCBA/10 en concepto de compensación mensual;

Que por analogía de procedimiento se aplican al presente los términos del Dictamen

emitido por la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires, recaído en el

Expediente Electrónico N° 2018-10567121-MGEYA-DGTALMC, quien tomó la

intervención que le compete en los términos de la Ley N° 1.218 (texto consolidado Ley

N° 6.017);

Que mediante informe IF-2019-08683634-GCABA-DGOGPP se dio intervención a la

D.G. Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, dependiente del Ministerio de

Economía y Finanzas;

Que la Dirección General Técnica Administrativa y Legal de este Ministerio ha tomado

la intervención de su competencia;

Por ello, y en ejercicio de las facultades establecidas en el Decreto N° 412/10,

EL MINISTRO DE CULTURA

RESUELVE

Artículo 1°.- Dase por modificado el artículo 4° de la Resolución N° 1940/MCGC/10 el

que queda redactado de la siguiente manera: "Los Directores indicados en el artículo

4°, incisos c), d) y e) del Decreto N° 412/10 deben desempeñarse "ad honorem" y

percibir una compensación mensual hasta la suma de pesos diez mil ($ 10.000), la

misma se hará efectiva a partir del 1 de febrero de 2019".

Artículo 2°.- El gasto que demande la presente será atendido con cargo a la partida

específica del presupuesto en vigor.

Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

y, para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Gerencia Operativa de

Regímenes de Promoción Cultural dependiente de la Dirección General Técnica

Administrativa y Legal de este Ministerio. Cumplido, Archívese. Avogadro

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Art. 1 de la Resolución 1893-MCGC-19 sustituye el Art. 4 de la Resolución 1940-MCGC-10.</p>