RESOLUCIÓN 279 2019 SUBSECRETARIA TRANSITO Y TRANSPORTE

Síntesis:

PERMÍTE CON CARÁCTER TRANSITORIO Y EXPERIMENTAL - 60 DÍAS CORRIDOS - ESTACIONAMIENTO GENERAL - VEHÍCULOS JUNTO AL CORDÓN DE LA ACERA IZQUIERDA - CALLE DEL BARCO CENTENERA - SANTANDER Y AVENIDA ASAMBLEA - PROHIBICIÓN DE ESTACIONAMIENTO - 7.1.2 CÓDIGO DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE - SEÑALAMIENTO - DIRECCIÓN GENERAL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE

Publicación:

04/04/2019

Sanción:

19/03/2019

Organismo:

SUBSECRETARIA TRANSITO Y TRANSPORTE


VISTO:

El Expediente N.° EX-2019-07437823- -GCABA-DGPMOV, y

CONSIDERANDO:

Que por el mencionado expediente tramita el permiso de estacionamiento de vehículos

junto al cordón de la acera izquierda de la calle Del Barco Centenera, entre Santander

y avenida Asamblea, para ampliar la capacidad de estacionamiento en la zona;

Que en la actualidad, en dicho tramo de arteria rige la prohibición de estacionamiento

durante las 24 horas junto al cordón de la acera izquierda, de acuerdo al inc. c del Art.

7.1.2. del Código de Tránsito y Transporte;

Que, con el objeto descripto precedentemente, se hace necesario permitir el

estacionamiento de vehículos las 24 horas, junto al cordón de la acera izquierda en el

tramo de la calle Del Barco Centenera entre Santander y avenida Asamblea.

Por ello, en virtud de las facultades que le son propias,

EL SUBSECRETARIO DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE

RESUELVE

Artículo 1°.- Permítase, con carácter transitorio y experimental por el término de 90

días corridos, el estacionamiento general de vehículos junto al cordón de la acera

izquierda de la calle Del Barco Centenera, entre Santander y avenida Asamblea.

Artículo 2°.- La presente medida entrará en efectiva vigencia una vez instalado el

pertinente señalamiento integral (vertical, horizontal) que proyectará y ejecutará la

Dirección General de Tránsito y Transporte.

Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,

comuníquese a la Secretaría de Transporte y remítase a la Dirección General de

Tránsito y Transporte para su notificación y comunicación a la Policía de la Ciudad, al

Cuerpo de Agentes de Control de Tránsito y Seguridad Vial y a las Gerencias

Operativas de Ordenamiento del Tránsito y Transporte, y de Señalamiento Vial.

Cumplido, remítase a la Gerencia Operativa de Ordenamiento del Tránsito y

Transporte para los fines propuestos en el artículo anterior. Galuzzi

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Art. 1 de la Resolución 279-SSTYTRA-19 permite, con caracter experimental y transitorio, el estacionamiento general de vehículos junto al cordón de la acera izquierda de la calle Del Barco Centenera, entre Santander y avenida Asamblea (prohibición general fijada en el punto 7.1.2 inc.c) de la Ley 2148) </p>