DECRETO 194 1993
Síntesis:
ADHIERE AL DECRETO DEL PODER EJECUTIVO NACIONAL N° 999/92, COMO NORMA INTEGRATIVA DEL ACUERDO CONSTITUTIVO DEL ENTE TRIPARTITO DE OBRAS Y SERVICIOS SANITARIOS - DESIGNA REPRESENTANTES DE LA MUNICIPALIDAD DE BUENOS AIRES
Publicación:
12/02/1993
Sanción:
08/02/1993
Organismo:
MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
Visto el Decreto Nacional N° 999 de fecha 18 de junio de 1992, y
CONSIDERANDO:
Que, la Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires es parte integrante del Ente Tripartito de Obras y Servicios Sanitarios creado por el Anexo I, apartado III de la Ley N° 23.696 y constituido por acuerdo celebrado el día 10 de febrero de 1992;
Que, mediante Decreto Municipal N° 723/92 y 2.527/92 de la Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires, ratificó los términos de dicho acuerdo, e incluso nominó a sus representantes;
Que, con posterioridad el Poder Ejecutivo Nacional, a través del dictado del Decreto N° 999 de fecha 18 de junio de 1992, aprobó el Marco Regulatorio de los Servicios de Provisión de agua potable y desagues cloacales que se darán en concesión, que incluyó las normas referidas a la gestión del Ente Tripartito de Obras y Servicios Sanitarios;
Que, la normativa de mención guarda absoluta armonía con los términos y el espíritu del convenio del Ente Tripartito, por lo cual corresponde su aprobación en la órbita Municipal;
Que, correlativamente debe proveerse la designación de los representantes de la Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires, estimándose que el ingeniero Horacio Jorge Reolfi, D.N.I. N° 4.259.043, y el doctor Ismael Mata, D.N.I. N° 4.260.626, reúnen las condiciones de idoneidad indicadas en las normas referidas,
Por ello,
Artículo 1° - Adhiérese al Decreto del Poder Ejecutivo Nacional N° 999 de fecha 18 de junio de 1992, como norma integrativa del Acuerdo Constitutivo del Ente Tripartito de Obras y Servicios Sanitarios celebrado el día 10 de febrero de 1992 y ratificado por esta Municipalidad, por Decretos Nros. 723/92 y 2.527/92.
Art. 2° - Desígnase a partir de la fecha del presente decreto, en calidad de representantes de la Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires, en el Ente Tripartito de Obras y Servicios Sanitarios, al ingeniero Horacio Jorge Reolfi, D.N.I. N° 4.529.043, y por el término de cuatro (4) meses, al doctor Ismael Mata D.N.I. N° 4.260.626.
Art. 3° - El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de Producción y Servicios de Hacienda y Finanzas.
Art. 4° - Dése al Registro Municipal, publíquese en el Boletín Municipal y para su conocimiento y demás efectos comuníquese al Ministerio de Economía y de Obras y Servicios Públicos de la Nación, a la Empresa Obras Sanitarias de la Nación, al Ministerio de Obras y Servicios Públicos de la Provincia de Bue nos Aires y a la Secretaría de Producción y Servicios.