RESOLUCIÓN 78 2019 ADMINISTRACION GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PUBLICOS

Síntesis:

SE APRUEBA APLICATIVO ALTA DDJJ FIDES - FONDO DE INTEGRACIÓN Y DESARROLLO SOCIAL - DECLARACIONES JURADAS - PRESENTACIÓN - DEPÓSITO DE APORTES RETENIDOS - PÁGINA WEB - ADMINISTRACIÓN GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS - AGIP - VOLANTE ELECTRÓNICO DE PAGO - VEP - BANCOS - ENTIDADES BANCARIAS - TRAMITACIÓN - APLICATIVO INFORMÁTICO - PROCEDIMIENTO

Publicación:

15/04/2019

Sanción:

09/04/2019

Organismo:

ADMINISTRACION GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PUBLICOS


VISTO: LA LEY N° 6065 (BOCBA N° 5519), EL DECRETO N° 465/2018 (BOCBA N°

5528) Y LA RESOLUCIÓN N° 25/AGIP/2019 (BOCBA N° 5555), Y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° 6065 se crea el Fondo de Integración y Desarrollo Social

(FIDeS), el cual tiene como destino específico el financiamiento de programas de

infraestructura, mantenimiento y asistencia en salud, educación y desarrollo social;

Que el artículo 4 de la citada Ley establece un aporte del dos por ciento (2%) sobre

todos los premios o créditos resultantes de las sucesivas apuestas realizadas en

máquinas electrónicas y/o electromecánicas de juegos de azar de resolución

inmediata;

Que asimismo, el artículo 5 designa a las entidades oficiales o privadas que exploten

directa o indirectamente los juegos en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires como agentes de percepción o retención, según corresponda, debiendo ingresar

los aportes recaudados en la forma, condiciones y plazo que establezca la respectiva

reglamentación;

Que por su parte, el artículo 5 del Anexo del Decreto N° 465/2018 dispone que el

ingreso del aporte fijado en el artículo 4 de la Ley N° 6065 se realizará a través del

aplicativo Web que defina la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos, la

cual determinará los plazos en que debe realizarse el o los pagos mensuales;

Que por medio de la Resolución N° 25/AGIP/2019 se ha implementado un Régimen de

Recaudación del citado aporte, estableciendo el procedimiento al cual deben ajustarse

los agentes de recaudación;

Que el artículo 4 de la citada Resolución prevé que la presentación de la Declaración

Jurada y el depósito de los aportes retenidos deberá ser efectuada mensualmente por

medio del aplicativo disponible a tal efecto en la página Web de esta Administración

Gubernamental de Ingresos Públicos (www.agip.gob.ar);

Que en consecuencia, resulta necesario proceder a aprobar el aplicativo "Alta DDJJ

FIDeS" a los efectos de la presentación de la Declaración Jurada y el depósito de los

aportes retenidos con destino al Fondo de Integración y Desarrollo Social (FIDeS).

Por ello, en ejercicio de las facultades que le son propias,

EL ADMINISTRADOR GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS

RESUELVE

Artículo 1.- Apruébase el aplicativo "Alta DDJJ FIDeS" para la presentación de la

Declaración Jurada y el depósito de los aportes retenidos por parte de los Agentes de

Recaudación del Régimen de Recaudación implementado por la Resolución N°

25/AGIP/2019.

Artículo 2.- El aplicativo "Alta DDJJ FIDeS" se hallará disponible en la página Web de

esta Administración Gubernamental de Ingresos Públicos, debiéndose acceder al

mismo utilizando la Clave Ciudad, Nivel 2.

Artículo 3.- El depósito de los aportes retenidos podrá ser efectuado mediante la

generación de un volante electrónico de pago (VEP) o en las entidades bancarias

habilitadas a tal efecto por medio de boleta de depósito generada a través del

programa aplicativo "Alta DDJJ FIDeS".

Artículo 4.- La presente Resolución rige a partir de su suscripción.

Artículo 5.- Regístrese. Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

y comuníquese a todas las áreas dependientes de esta Administración Gubernamental

de Ingresos Públicos. Cumplido, archívese. Ballotta

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Art. 1 de la Resolución 78-AGIP-19 aprueba el aplicativo Alta DDJJ FIDeS, para la presentación de la Declaración Jurada y el depósito de los aportes retenidos por parte de los Agentes de Recaudación del Régimen de Recaudación implementado por la Resolución 25-AGIP-19.</p>