ACORDADA ELECTORAL 3 2019 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA

Síntesis:

SE APRUEBAN MODELOS DE FORMULARIOS - OFICIALIZACIÓN DE PRECANDIDATURAS - JEFE DE GOBIERNO - DIPUTADOS - DIPUTADAS - MIEMBROS DE JUNTAS COMUNALES - ACEPTACIÓN DE PRECANDIDATURAS - DECLARACIÓN JURADA  - FORMULARIOS DE ADHESIÓN PARA LISTAS DE PRECANDIDATOS - SE CREA EL REGISTRO DE APODERADOS DE LISTAS - SECRETARÍA JUDICIAL EN ASUNTOS ORIGINARIOS -  SE ESTABLECEN REQUISITOS DE SEGURIDAD - SITIOS WEB DE LAS AGRUPACIONES POLÍTICAS - NOTIFICACIONES ELECTRÓNICAS - JUNTAS ELECTORALES PARTIDARIAS

Publicación:

22/04/2019

Sanción:

16/04/2019

Organismo:

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA


En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 16 días del mes de abril de dos mil

diecinueve se reúnen en Acuerdo la Presidente del Tribunal Superior de Justicia, Inés

M. Weinberg, y los jueces Alicia E. C. Ruiz y Luis Francisco Lozano; y

CONSIDERAN:

I. El artículo 19 del Anexo I de la ley n° 4894, establece que para obtener el

reconocimiento, las listas de precandidatos deben registrarse ante la Junta Electoral

Partidaria, no menos de cincuenta (50) días corridos antes de las elecciones primarias,

mediante la presentación de un acta constitutiva y cumpliendo los requisitos allí

enumerados.

Dicha norma pone en cabeza de la Autoridad de Aplicación la confección y aprobación

de los modelos de formularios para la aceptación y oficialización de precandidaturas,

declaraciones juradas y adhesiones de electores y afiliados.

En consecuencia, de igual modo que en los años 2015 y 2017, corresponde aprobar

los modelos de formularios para la oficialización y aceptación de precandidaturas,

declaración jurada y adhesiones para cada una de las categorías a elegir.

Por razones de concentración, es conveniente que la aceptación de la precandidatura

se extienda a la candidatura, salvo renuncia expresa formulada por el/la interesado/a

una vez notificada la integración de la lista definitiva (artículo 38 del anexo I de la ley

4894).

Los formularios podrán ser descargados del sitio web electoral del Tribunal

www.eleccionesciudad.gob.ar

II. El art. 12 del Anexo I de la ley 4894 establece que las adhesiones deben

presentarse certificadas por el apoderado de la lista correspondiente, y su decreto

reglamentario 376/GCBA/2014 dispone que los apoderados deben figurar en el padrón

electoral del distrito, ser designados formalmente con tal carácter ante la Junta

Electoral de la agrupación política respectiva y estar registrados ante la Autoridad de

Aplicación.

Conforme ello, corresponde crear el Registro de Apoderados de Listas de

agrupaciones políticas, que funcionará en el ámbito de la Secretaría de Asuntos

Originarios del Tribunal.

III. También atañe al Tribunal aprobar los requisitos de seguridad del sitio web oficial

de las agrupaciones políticas para garantizar el carácter inmodificable de sus

contenidos (arts. 5 y 23 del decreto n° 376/GCBA/2014) y de las notificaciones de las

Juntas Electorales Partidarias a fin de otorgarles validez si optan por este modo de

notificación (art 23 del Anexo I de la ley 4894 y artículos 5, 16 y 19 inc. e, decreto n°

376/GCBA/2014).

A dicho fin corresponde aprobar los requisitos establecidos por la Dirección de

Informática y Tecnología del Tribunal Superior de Justicia.

Por ello,

EL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA

ACUERDA:

1. Aprobar los modelos de formularios para oficialización de precandidaturas a Jefe/a

de Gobierno (anexo I), a Diputados/as (anexo II) y a miembros de Juntas Comunales

(anexo III).

2. Aprobar los modelos de formularios de aceptación de precandidaturas a Jefe/a de

Gobierno (anexo IV), a Diputados/as y (anexo V) y a miembros de Juntas Comunales

(anexo VI). Estas aceptaciones serán válidas para las candidaturas, salvo oposición

expresa formulada por el/la interesado/a una vez notificada la integración de la lista

definitiva de candidatos.

3. Aprobar los modelos de formularios de declaración jurada para precandidatos/as a

Jefe/a de Gobierno (anexo VII), Diputados/as (anexo VIII) y a miembros de Juntas

Comunales (anexo IX).

4. Aprobar los modelos de formularios de adhesión a precandidaturas a Jefe/a de

Gobierno (anexo X), Diputados/as (anexo XI) y a miembros de Juntas Comunales

(anexo XII).

5. Crear el Registro de Apoderados de Listas a cargo de la Secretaría Judicial en

Asuntos Originarios.

6. Establecer los requisitos de seguridad para los sitios web de las agrupaciones

políticas y las notificaciones electrónicas de las Juntas Electorales Partidarias (anexo

XIII).

7. Mandar que se registre, se publique en el sitio web electoral del Tribunal

www.eleccionesciudad.gob.ar y por un día en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos

Aires. Weinberg - Ruiz - Lozano


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5601

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

COMPLEMENTA
<p>La Acordada Electoral 3-TSJ-19 aprueba formularios de oficialización y aceptación de precandidaturas; formularios de adhesión a precandidaturas; crea el Registro de Apoderados de Listas para las elecciones convocadas por Decreto Nº 138/19.</p>