RESOLUCIÓN 134 2019 AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL - LEY 2624

Síntesis:

SE PRORROGA EL PLAZO ESTABLECIDO EN LA RESOLUCIÓN 716-AGC-18 - FORMULARIO DE PRESENTACIÓN - AUTORIZACIÓN DE ACTIVIDADES ECONÓMICAS - LEY 6101 - DOCUMENTACIÓN A TRAVÉS DEL SISTEMA INFORMÁTICO - 

Publicación:

22/04/2019

Sanción:

16/04/2019

Organismo:

AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL - LEY 2624

Estado:

No vigente


VISTO: Las Leyes Nros. 2.624, (texto consolidado por Ley N° 6.017) y 6.101 (Ley

Marco de Regulación de Actividades Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires), la Resolución N° 716-AGC/18 y el Expediente Electrónico N° 2019- 11615243-

GCABA-AGC, y

CONSIDERANDO

Que la Ley N° 2.624 creó la Agencia Gubernamental de Control, entidad autárquica en

el ámbito del Ministerio de Justicia y Seguridad de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires, a efectos de controlar, fiscalizar y regular, en el marco del ejercicio del poder de

policía, en lo que respecta a la seguridad, salubridad e higiene alimentaria de los

establecimientos públicos y privados, a las habilitaciones de todas aquellas actividades

comprendidas en el código respectivo;

Que la Ley N° 6.101 tiene como objeto regular los principios y pautas generales que

han de regir las autorizaciones y su posterior fiscalización en el ejercicio de las

actividades económicas en la Ciudad;

Que su finalidad es la promoción de las actividades económicas de modo que faciliten

el desarrollo de los ciudadanos en el marco de una convivencia responsable;

Que por Resolución N° 716-AGC/18 se aprobó el Formulario de Presentación por

parte de los ciudadanos para la autorización de actividades económicas en el marco

de la Ley N° 6.101;

Que el artículo 3° del mencionado acto administrativo establece que "Las

presentaciones a través del Formulario aprobado (...) sólo podrán utilizarse hasta el

día 4 de marzo de 2019";

Que en tal sentido, su artículo 4° enuncia que "Cumplido ese plazo los ciudadanos

contarán con el plazo de treinta (30) días hábiles para acompañar a través del Sistema

Informático la documentación que acredite lo declarado responsablemente y cualquier

otra documentación necesaria";

Que el vencimiento de dicho plazo opera el día 17 de Abril de 2019;

Que a través de NO-2019-11435090-GCABA-AGC, la Titular de la Unidad Operativa

Planificación de Gestión de informó "...de algunos inconvenientes que se presentaron

en el sistema SGI, a raíz de los cambios implementados como consecuencia de la Ley

6101, a saber: La aplicación de los certificados de seguridad de los sitios, presentó

dificultades de redireccionamiento, ocasionando que algunos solicitantes no pudieran

acceder al sistema. Como consecuencia del punto anterior, las solicitudes observada

(viejas), no ingresaban al sistema para la continuidad del trámite. Surgieron

inconvenientes con la validación de algunas ubicaciones y con la caratulación. Muchas

de las solicitudes creadas por el plan de contingencia, son iniciadas de cero sin

continuar con el trámite anterior. Existe aún un gran impacto por el tema del doble

apoderamiento que implica una reeducación de los administrados...";

Que asimismo, en la mencionada Nota manifestó que "...dado que muchos de estos

inconvenientes impactaron sobre aquellas solicitudes con formularios de declaración

responsable (contingencia) que están próximos a vencer, sería conveniente analizar

una prórroga para facilitar a los administrados la presentación en tiempo y forma del

trámite";

Que la Dirección General de Habilitaciones y Permisos a través de PV-2019-

12081044-GCABA-DGHP compartió el criterio adoptado y propició la prórroga por el

plazo de diez (10) días hábiles;

Que en consecuencia, corresponde prorrogar la Resolución N° 716-AGC/18 por el

plazo mencionado en el considerando que antecede;

Que la Dirección General Legal y Técnica de esta Agencia Gubernamental de Control

ha tomado intervención en el marco de su competencia;

Que en uso de las facultades legalmente atribuidas,

EL DIRECTOR EJECUTIVO

DE LA AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL

RESUELVE:

Artículo 1°.- Prorróguese el plazo establecido en el artículo 4° de la Resolución N°

716-AGC/18 por diez (10) días hábiles.

Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires.

Comuníquese a todas las Unidades y Direcciones Generales de esta Agencia, a los

Consejos Profesionales correspondientes. Cumplido, archívese. Pedace

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Art. 1 de la Resolución 134-AGC-19 prorroga el plazo establecido en el Art. 4 de la Resolución 716-AGC-18 por diez (10) días hábiles.</p>