DISPOSICIÓN 20 2019 DIRECCIÓN GENERAL DE JUSTICIA REGISTRO Y MEDIACIÓN

Síntesis:

SE RECTIFICA - DISPOSICIÓN 42-DGJRYM-18 - REGISTRO DE MEDIADORES COMUNITARIOS - MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD 

Publicación:

24/04/2019

Sanción:

05/04/2019

Organismo:

DIRECCIÓN GENERAL DE JUSTICIA REGISTRO Y MEDIACIÓN


VISTO: la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad de Buenos Aires - DNU

1510/GCBA/97 (texto consolidado Ley N° 5666), El Decreto N° 666/97, la Resolución

N° 182/GCABA/SJYS/01, Ley N° 5460, sus modificatorias y complementarias, el

Decreto N° 207/17, y el Informe N° 151/SGCBA/2011, Disposiciones N°

20/DGJRYM/2012 y N° 42/DGJRYM/18 y la Resolución N° 72/SSJUS/2017, y

CONSIDERANDO:

Que, por la Disposición N° 42-DGJRYM-18, se dispuso en su artículo 1° la aprobación

del Registro de Mediadores;

Que se ha incurrido en un error material involuntario al consignar incorrectamente la

existencia de un "Anexo I";

Que, el art. 124 de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad de Buenos

Aires - DNU 1510/GCBA/97 (texto consolidado Ley N° 5666), establece que en

cualquier momento podrán rectificarse los errores meramente materiales o de hecho y

los aritméticos, siempre que la enmienda no altere lo sustancial del acto o decisión;

Que el Decreto N° 666/97, creó el Programa de Mediación Comunitaria y Métodos

Alternativos de Resolución de Conflictos en el ámbito del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires;

Que la Resolución N° 182/GCABA/SJYS/01, reglamenta el funcionamiento del

mencionado programa;

Que por la Ley N° 5460 (texto consolidado Ley N° 5666), la cual sancionó la Ley de

Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplándose

entre los Ministerios del Poder Ejecutivo, al Ministerio de Justicia y Seguridad con sus

respectivas funciones;

Que, mediante el Decreto N° 207/17, se modificó la estructura organizativa,

dependiente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires,

Que en consecuencia corresponde rectificar el artículo 1° de la Disposición N° 42-

DGJRYM-18, la que quedará redactada de la siguiente manera "Artículo 1°.-

Apruébase el Registro de Mediadores Comunitarios";

Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el artículo 124° de la Ley de

Procedimientos Administrativos de la Ciudad de Buenos Aires - DNU 1510/GCBA/97

(texto consolidado Ley N° 5666), y Decretos N° 154/12 y N° 43/16,

EL DIRECTOR GENERAL DE JUSTICIA, REGISTRO Y MEDIACION

DISPONE

Artículo 1°.- Rectifícase el Artículo 1° de la Disposición N° 42-DGJRYM-18, de fecha

04 de julio de 2018, el que quedará redactado de la siguiente manera: "Artículo 1°.-

Apruébase el Registro de Mediadores Comunitarios".

Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido,

archívese. De Stefano

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Art. 1 de la Disposición 20-DGJRYM-19 rectifica el Art. 1 de la Disposición 42-DGJRYM-18</p>