RESOLUCIÓN 154 2019 SECRETARIA DE TRANSPORTE
Síntesis:
SE PRORROGA - PLAZO DE VIGENCIA - RESOLUCIÓN 13-SECTRANS/19 - MANUAL GENERAL DE SEÑALIZACIÓN VERTICAL - SEÑALIZACIÓN VIAL TRANSITORIA - SISTEMAS DE SEÑALIZACIÓN - SEÑALAMIENTO VIAL - CLARO LEGIBLE UNIVERSAL Y HOMOGÉNEO - CIUDADANOS - DESPLAZAMIENTO VEHICULAR Y PEATONAL - CIRCULACIÓN - MOTORIZADOS - NO MOTORIZADOS - VEHÍCULOS - PEATONES - CICLISTAS - CÓDIGO DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE - PRORROGA POR EL TÉRMINO DE NOVENTA 90 DÍAS - CARACTER EXPERIMENTAL - SECRETARIA DE TRANSPORTE
Publicación:
30/04/2019
Sanción:
16/04/2019
Organismo:
SECRETARIA DE TRANSPORTE
VISTO: La ley Nacional N°24.449; y su decreto reglamentario N°779/95; la ley N°2.148
(Texto consolidado N° 6.017); el decreto N°498/GCABA/08; el decreto N°
345/GCABA/17; la resolución N° 277/SSTyT/06; la resolución N° 13/SECTRANS/19; el
expediente N° EX-2019-03350088--MGEYA-DGPMOV y,
CONSIDERANDO
Que mediante Resolución N°13/SECTRANS/19 se aprobó con carácter provisional y
evaluativo por el término de NOVENTA (90) días, a partir del día 21 de enero de 2019 ,
el Manual General de Señalización Vertical y el de Señalización Vial Transitoria para
su aplicación en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que el referido acto administrativo se motivó en la necesidad de implementar nuevos
sistemas de señalización que tienen por objeto garantizar que el señalamiento vial sea
claro, legible, universal y homogéneo para toda la ciudadanía;
Que en función de ello, se consideró conveniente dictar un reordenamiento
experimental a fin de ajustar la normativa a las condiciones de desplazamiento
vehicular y peatonal, con el propósito de evaluar los resultados y adoptar las
modificaciones necesarias;
Que con el objeto de mejorar las condiciones de circulación de los medios tanto
motorizados como no motorizados, la seguridad vial y alterar en la menor medida
posible la normal circulación de los vehículos, peatones y ciclistas, los resultados que
arroja la implementación de la medida, deben ser analizados cuidadosa y
detalladamente;
Que para este propósito resulta palmariamente exiguo el plazo de vigencia de noventa
(90) días establecido en el artículo 1.2.3 del Código de Tránsito y Transporte para el
análisis de las medidas adoptadas en carácter experimental por Resolución N°
13/SECTRANS/19;
Que el mentado Código faculta a la autoridad de aplicación a prorrogar por única vez y
por el término de noventa (90) días las medidas que se adopten de manera
experimental.
Por ello, en uso de las facultades que le son propias conferidas por Decreto N°
498/GCBA/08,
Artículo 1°.- Prorrogar por el término de noventa (90) días corridos el plazo de vigencia
de la Resolución N°13/SECTRANS/19.
Artículo 2°- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y
comuníquese a la Subsecretaría Movilidad Sustentable y Segura, a la Subsecretaría
de Tránsito y Transporte, a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del
Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte, a la Dirección General Técnica,
Administrativa y Legal del Ministerio de Ambiente y Espacio Público, a la Dirección
General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Cultura, a la Dirección
General Técnica, Administrativa y Legal de Jefatura de Gabinete de Ministros, y a la
Secretaría Legal y Técnica de Jefatura de Gobierno. Cumplido, archívese Méndez