RESOLUCIÓN 1110 2019 MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Síntesis:

SE FIJA EL VALOR DE  MODULO - HORA CÁTEDRA -AÑO 2019 - TUTORÍAS ACADÉMICAS -  DE ORIENTACIÓN Y SEGUIMIENTO - SUPLEMENTO PLAN FINES - CARÁCTER REMUNERATIVO NO BONIFICABLE - VALOR DE COMPENSACIÓN NO REMUNERATIVO Y NO BONIFICABLE - PLAN FINES -

Publicación:

02/05/2019

Sanción:

25/04/2019

Organismo:

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS


VISTO: La Resolución Nacional N° 66/CFE/08 y N° 178/16, la Ley N° 5.460, y su

modificatoria Ley N° 5.960 (texto consolidado por Ley N° 6.017), el Decreto N° 613/16

y su modificatorio 73/19, las Resoluciones de Firma Conjunta Nros. 4-MMGC/13 y N°

411-MEFGC/18, las Resoluciones Nros. 8644-MEGC/08, 3789-MEGC/09 y 5858-

MEGC/11, el Expediente Electrónico N° 09480407/DGEGE/19, y

CONSIDERANDO:

Que por la Resolución N° 66-CFE/08 se aprobó el Plan de Finalización de Estudios

Primarios y Secundarios "FinEs";

Que mediante el Convenio N° 942/08, el Ministerio de Educación Cultura Ciencia y

Tecnología de la Nación y el Ministerio de Educación e Innovación de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires asumieron el compromiso de aunar esfuerzos para el

desarrollo del citado Plan en esta jurisdicción;

Que por la Resolución N° 8644-MEGC/08 se resolvió implementar dicho Plan en el

ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que mediante Resolución N° 3789-MEGC/09 se dispuso la implementación del

mentado Plan en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, estableciéndose

como primera etapa el ciclo lectivo 2008/09, destinada a completar la educación

secundaria de los jóvenes y adultos mayores de dieciocho (18) años que hayan

concluido en forma regular el último año de la educación secundaria y adeuden

materias;

Que a través de la Resolución N° 5858-MEGC/11 se ratificó la implementación del

Plan, extendiéndose tanto a los jóvenes y adultos mayores de dieciocho (18) años

como a los empleados que cumplan funciones en cualquier repartición u organismo

dependiente de Gobierno de la Ciudad, que no hayan iniciado o terminado la primaria

o la secundaria conforme lo prevé la ejecución de la segunda etapa de dicho Plan;

Que por la Resolución N° 178/16, el Ministerio de Educación Cultura Ciencia y

Tecnología de la Nación, resuelve dar continuidad al mencionado Plan para el período

2016-2019, con los lineamientos allí establecidos;

Que, entre los compromisos asumidos por el Ministerio de Educación Cultura Ciencia y

Tecnología de la Nación, se encuentra brindar el apoyo financiero para las acciones

enmarcadas en el Programa citado;

Que, por la citada Resolución, el Ministerio de Educación Cultura Ciencia y Tecnología

de la Nación, establece entre sus responsabilidades financiar a los docentes, tutores,

coordinadores y secretarios o responsables administrativos que demande la

implementación del Plan FinEs, determinando que el valor de la hora cátedra no podrá

ser menor al valor de la hora cátedra de los niveles primario y secundario establecidos

en la paritaria provincial;

Que mediante la Resolución de Firma Conjunta N° 4-MMGC/13, se creó el

"Suplemento Plan FinEs", a los efectos de retribuir los servicios de tutoría de los

docentes que se desempeñan en el referido Plan, pertenecientes al sistema educativo

del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que oportunamente, por la Resolución de Firma Conjunta N° 411-MEFGC/18, el

Ministerio de Educación e Innovación y el Ministerio de Economía y Finanzas de la

Ciudad de Buenos Aires, fijaron a partir del año 2018 el valor de cada módulo (1 hora

cátedra) y el valor de la compensación de carácter no remunerativa y no bonificable de

las Tutorías Académicas y de Orientación y Seguimiento y del Suplemento Plan FinEs,

en el marco de dicho Plan;

Que conforme lo expuesto, deviene necesario establecer un nuevo valor para cada

módulo (1 hora cátedra) y para la compensación que perciben los tutores académicos

y de orientación y seguimiento del Plan FinEs;

Que de acuerdo a lo establecido en el Decreto N° 613/16 y su modificatorio N° 73/19,

a fin de agilizar el circuito administrativo que conlleva la aprobación, modificación y

convalidación de las Plantas Transitorias del Ciudad Autónoma de Buenos Aires, se

encomienda dicha tarea en forma conjunta a los entonces Ministerio de Educación y

Ministerio de Hacienda;

Que la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional del Ministerio de

Educación e Innovación, y la Dirección General Planificación y Control Operativo

dependiente de la Subsecretaria de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de

Hacienda han tomado debida intervención en el ámbito de su competencia.

Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el Decreto N° 613/16 y su

modificatorio N° 73/19.

LA MINISTRA DE EDUCACIÓN E INNOVACIÓN

Y EL MINISTRO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

RESUELVEN:

Artículo 1.- Fíjase a partir del año 2019 el valor de cada módulo (1 hora cátedra) de las

Tutorías Académicas y de Orientación y Seguimiento y del Suplemento Plan FinEs, en

el marco del Plan FinEs, según lo indicado en el Anexo I (IF-2019-09480897-DGEGE),

el que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente Resolución,

determinándose que tendrá carácter remunerativo y no bonificable y será proporcional

a los módulos y períodos trabajados.

Artículo 2.- Fíjase a partir del año 2019 el valor de la compensación de carácter no

remunerativa y no bonificable según lo indicado en el Anexo I (IF-2019-09480897-

DGEGE), para cada módulo (1 hora cátedra) de las Tutorías Académicas y de

Orientación y Seguimiento y Suplemento Plan FinEs, la que será proporcional a los

módulos y períodos trabajados.

Artículo 3.- Determínase que el gasto que demande el cumplimiento de lo aquí

dispuesto será afectado a la Jurisdicción 55 - UE 586 - Programa 2 - Actividad 13.000 -

Inciso 1 - Partida Principal 2 - Fuente 14, sujeto a la transferencia del fondo

correspondiente por parte de la Nación.

Artículo 4.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su

conocimiento y demás efectos, comuníquese a las Direcciones Generales de

Educación de Gestión Estatal y de Personal Docente y No Docente, del Ministerio de

Educación e innovación, y a la Dirección General de Administración y Liquidación de

Haberes y a la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto del Ministerio de Economía y

Finanzas. Cumplido, archívese. Acuña - Mura


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5608

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>El Art. 1º de la Resolucion conjunta 1110-MEGGC-19 fija a partir del año 2019 el valor de cada módulo (1 hora cátedra) de las Tutorías Académicas y de Orientación y Seguimiento y del Suplemento Plan FinEs, en el marco del Plan FinEs, previsto en la Resolucion 4-MEGC-13</p><p>El Art. 2 fija a partir del año 2019 el valor de la compensación de carácter no remunerativa y no bonificable para cada módulo (1 hora cátedra) de las Tutorías Académicas y de Orientación y Seguimiento y Suplemento Plan FinEs, la que será proporcional a los módulos y períodos trabajados.</p>