RESOLUCIÓN 464 2019 F/N CONSEJO DE LOS DERECHOS DE NIÑAS NIÑOS Y ADOLESCENTES

Síntesis:

SE DELEGA - TITULAR - DIRECCIÓN GENERAL DE GESTIÓN DE POLÍTICAS Y PROGRAMAS - FACULTAD DE APROBAR MODIFICAR Y DEJAR SIN EFECTO - PROTOCOLOS - ÁREAS - REGISTRO ÚNICO DE ASPIRANTES A GUARDA CON FINES ADOPTIVOS - RUAGA - GESTIÓN ADMINISTRATIVA Y SEGUIMIENTO JUDICIAL - BÚSQUEDAS DE LEGAJOS PARA NIÑAS NIÑOS Y ADOLESCENTES - SEGUIMIENTO DE VINCULACIONES Y GUARDAS CON FINES DE ADOPCIÓN - PROGRAMA ABRAZAR - PROGRAMA DE NIÑAS NIÑOS Y ADOLESCENTES SIN CUIDADOS PARENTALES - CONSEJO DE LOS DERECHOS DE NIÑAS NIÑOS Y ADOLESCENTES -

Publicación:

06/05/2019

Sanción:

23/04/2019

Organismo:

F/N CONSEJO DE LOS DERECHOS DE NIÑAS NIÑOS Y ADOLESCENTES


VISTO: La Ley Nacional N° 25.854, las Leyes Nros. 114 y 1.417 (textos consolidados

por Ley N° 6.017), la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad Autónoma

de Buenos Aires (texto consolidado por Ley N° 6.017), la Resolución N° 353-

CDNNyA/17, modificada por la Resolución N° 326-GCABA-CDNNyA/19, el Expediente

Electrónico N° 11913151-GCABA-DGGPP/19, y

CONSIDERANDO:

Que por el artículo 45 de la Ley N° 114 (texto consolidado por Ley N° 6.017) se creó el

Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes como organismo

especializado que tiene a su cargo las funciones que le incumben a la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires en materia de promoción y protección de los derechos de

niños, niñas y adolescentes;

Que por el artículo 46 de la citada ley, el Consejo goza de autonomía técnica y

administrativa y autarquía financiera;

Que el Registro Único de Aspirantes a Guarda con Fines Adoptivos (RUAGA) fue

creado por la Ley Nacional N° 25.854, la cual establece que su objeto es formalizar

una lista de aspirantes a guarda con fines de adopción;

Que dicho Registro se instrumentó en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires bajo la órbita del Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes

mediante la Ley N° 1.417 (texto consolidado por Ley N° 6.017), siendo facultad del

mismo evaluar la idoneidad de los aspirantes para ser admitidos, pudiendo aceptar o

denegar las solicitudes de admisión, así como también decidir sobre su continuidad o

revocación;

Que por la Resolución N° 353-CDNNyA/17 se creó el Programa de Niñas, Niños y

Adolescentes sin Cuidados Parentales bajo la órbita de la Dirección General de

Gestión de Políticas y Programas de este organismo, el cual comprende el Área de

Registro Único de Aspirantes a Guarda con Fines Adoptivos, el Área de Gestión

Administrativa y Seguimiento Judicial, el Área de Búsquedas de Legajos para Niñas,

Niños y Adolescentes, el Área de Seguimiento de Vinculaciones y Guardas con Fines

de Adopción y el Área del Programa Abrazar, aprobándose su reglamento por la

Resolución N° 326-GCABA-CDNNyA/19;

Que la revisión de las prácticas y procedimientos establecidos es una acción

insoslayable que supone repensar las dinámicas desplegadas en función de

desarrollar aquellas más idóneas para la preservación del interés superior de los

niños, niñas y adolescentes, y dar cumplimiento con las funciones de cada área del

Programa de Niñas, Niños y Adolescentes sin Cuidados Parentales, en consonancia

con la normativa vigente en la materia;

Que a fin de adoptar un criterio de celeridad y eficacia, resulta necesario delegar en

la/el titular de la Dirección General de Gestión de Políticas y Programas, o la que en el

futuro la reemplace, la facultad de aprobar, modificar y/o dejar sin efecto los protocolos

que sean necesarios para el cumplimiento de las funciones del Área de Registro Único

de Aspirantes a Guarda con Fines Adoptivos, del Área de Gestión Administrativa y

Seguimiento Judicial, del Área de Búsquedas de Legajos para Niñas, Niños y

Adolescentes, del Área de Seguimiento de Vinculaciones y Guardas con Fines de

Adopción y del Área del Programa Abrazar, todas ellas integrantes del Programa de

Niñas, Niños y Adolescentes sin Cuidados Parentales;

Que el artículo 3° de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad Autónoma

de Buenos Aires (texto consolidado por Ley N° 6.017) establece que a fin de asegurar

la celeridad, economía, sencillez y eficacia de los trámites, los titulares de los órganos

directivos de entes descentralizados podrán delegarles facultades a sus inferiores

jerárquicos;

Que en consecuencia, corresponde dictar el acto administrativo por el que se delegue

en la/el titular de la Dirección General de Gestión de Políticas y Programas, o la que

en el futuro la reemplace, la facultad de aprobar, modificar y/o dejar sin efecto los

protocolos que sean necesarios para el cumplimiento de las funciones de las áreas

mencionadas precedentemente;

Que la Dirección General Legal, Técnica y Administrativa ha tomado intervención en el

ámbito de su competencia.

Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley N° 114 (texto consolidado

por Ley N° 6.017) y el Decreto N° 32-GCABA/16,

LA PRESIDENTE DEL CONSEJO DE LOS DERECHOS

DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES

RESUELVE:

Artículo 1°.- Delégase en la/el titular de la Dirección General de Gestión de Políticas y

Programas, o la que en el futuro la reemplace, la facultad de aprobar, modificar y/o

dejar sin efecto los protocolos que sean necesarios para el cumplimiento de las

funciones del Área de Registro Único de Aspirantes a Guarda con Fines Adoptivos, del

Área de Gestión Administrativa y Seguimiento Judicial, del Área de Búsquedas de

Legajos para Niñas, Niños y Adolescentes, del Área de Seguimiento de Vinculaciones

y Guardas con Fines de Adopción y del Área del Programa Abrazar, todas ellas

integrantes del Programa de Niñas, Niños y Adolescentes sin Cuidados Parentales.

Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial. Para su conocimiento y demás efectos,

remítase a la Dirección General de Gestión de Políticas y Programas de este Consejo.

Cumplido, archívese. Leguizamón

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Art. 1 de la Resolucion 464-CDNNYA19 delega facultades a la  Dirección General de Gestión de Políticas y Programas, en el marco del programa Programa de Niñas, Niños y Adolescentes sin Cuidados Parentales, creado por Resolucion 353-CDNNYA-17.</p>