DISPOSICIÓN 175 2019 DIRECCION GENERAL DEL REGISTRO DEL ESTADO CIVIL Y CAPACIDAD DE LAS PERSONAS
Síntesis:
APRUEBA - MANUAL DE PROCEDIMIENTOS - APROBACIÓN DE GASTOS ESENCIALES E IMPOSTERGABLES - MODALIDADES DE COMPRAS
Publicación:
13/05/2019
Sanción:
07/05/2019
Organismo:
DIRECCION GENERAL DEL REGISTRO DEL ESTADO CIVIL Y CAPACIDAD DE LAS PERSONAS
VISTO el Decreto N° 433-GCBA-2016 (BOCBA. N° 4941, 10/8/2016), y;
CONSIDERANDO:
Que la norma administrativa citada en el Visto, en su Artículo 3° prescribe que la
competencia de aprobación de gastos descentralizados operativamente establecida en
los puntos 4 y 5 del Anexo I del referido Decreto, sólo podrán ejercerse previa
evaluación que el objeto del gasto se realice por resultar una operación impostergable
que asegura un servicio o beneficio inmediato para la Ciudad o su gestión
administrativa, y que deba llevarse a cabo con una celeridad y eficacia que impida
realizar otro procedimiento previsto en la normativa vigente;
Que para cumplir dicho cometido, el Decreto N° 433-GCBA-2016 establece los
requisitos y condiciones para la procedencia de la aprobación de dicho gasto, como
así también y los niveles de decisión y cuadro de competencias para la aprobación de
gastos descentralizados operativamente establecida en los puntos 4 y 5 del Anexo I
del citado Decreto;
Que en consecuencia, resulta imprescindible definir, aplicar y controlar el cumplimiento
del procedimiento de aprobación de gastos esenciales e impostergables previsto en el
Decreto N° 433-GCBA-2016, conforme los niveles de decisión y cuadro de
competencias establecidos en el punto 5 del Anexo I del referido Decreto;
Que por lo expuesto, resulta de imperiosa necesidad dictar el pertinente acto
administrativo que apruebe el procedimiento para efectuar la aprobación de gastos
esenciales e imprescindibles para la adquisición de bienes y servicios a través de la
modalidad supra mencionada;
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,
Artículo 1°.- Aprobar el Manual de Procedimiento de aprobación de gastos esenciales
e impostergables en el marco del Decreto N° 433-GCBA-2016, que como Anexo (IF-
2019-13146973-GCABA-DGRC) forma parte integrante de la presente.
Artículo 2°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
comunicar a la Subsecretaría de Gobierno, al Ministerio de Gobierno y a la Jefatura de
Gabinete de Ministros. Para conocimiento y demás efectos, pase a las Gerencias
Operativas de Archivo y Soporte Administrativo, de Registración e Inscripciones, de
Documentación y Cercanía con el Ciudadano y Legal y a la Subgerencia Operativa de
Control de Gestión. Cumplido, archívese. Cordeiro