DECRETO 166 2019
Síntesis:
SE SUSPENDEN LOS EFECTOS DEL DECRETO 84-14 - SUSPENDE CESANTÍA - AGENTE EDUARDO DANIEL DUCCA - MAESTRO DE ENSEÑANZA PRÁCTICA - TITULAR - TURNO MAÑANA - ESCUELA TÉCNICA 3 DEL DE 9 - SUMARIO ADMINISTRATIVO 369-07
Publicación:
14/05/2019
Sanción:
09/05/2019
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO: La Ley N° 189 (texto consolidado según Ley N° 6.017), el Decreto N° 84/14,
los Expedientes Nros. 26.166.356-MGEYA-DGCLEI/17 y 29.186.010-MGEYA-
DGCLEI/17, el sumario N° 369/07 y,
CONSIDERANDO:
Que por el decreto N° 84/14 se impuso la sanción de cesantía al señor Eduardo Daniel
Ducca, D.N.I. N° 13.355.217, por el cargo que oportunamente le fuera formulado en el
marco del sumario administrativo N° 369/07;
Que notificado del acto administrativo, el señor Eduardo Daniel Ducca interpuso en
sede judicial el recurso de revisión previsto en el artículo N° 464 del Código
Contencioso Administrativo y Tributario (Ley N° 189 - texto consolidado por Ley N°
6.017);
Que la Sala III de la Cámara de Apelaciones en lo Contenciosos Administrativo y
Tributario de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en los autos "Ducca, Eduardo
Daniel c/ Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y otros s/ recurso directo de revisión
por cesantías y exoneraciones de empleados públicos (arts. 464 y 465 CAYT- Expte.
N° D 3895/2014/0) hizo lugar parcialmente al recurso de revisión interpuesto y ordenó
la suspensión de los efectos del Decreto N° 84/14 hasta tanto el actor se incorpore al
régimen de jubilación docente o al régimen de jubilación por invalidez o sea dado de
alta, según corresponda;
Que dicha manda judicial se encuentra firme según lo informado por la Dirección
General de Empleo Público de la Procuración General de la Ciudad mediante PV-
2018-07006742-DGEMPP;
Que atento a lo expuesto y en cumplimiento con lo resuelto por la Sala III de la
Cámara de Apelaciones en lo Contenciosos Administrativo y Tributario de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, corresponde dictar el acto administrativo que suspenda
los efectos del Decreto N° 84/14;
Que la Procuración General de la Ciudad ha intervenido en el ámbito de sus
competencias según Ley N° 1218.
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de la
Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
Artículo 1.- Suspéndanse los efectos del Decreto N° 84/14 hasta tanto el agente
Eduardo Daniel Ducca, D.N.I. N° 13.355.217 se incorpore al régimen de jubilación
docente o al régimen de jubilación por invalidez o sea dado de alta, según
corresponda, de conformidad con lo resuelto en los autos "Ducca, Eduardo Daniel c/
Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y otros s/ recurso directo de revisión por
cesantías y exoneraciones de empleados públicos (arts. 464 y 465 CAYT- Expte. N° D
3895/2014/0)" con fecha 05/09/16 por la Sala III de la Cámara Contencioso
Administrativo y Tributario de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires..
Artículo 2.- El presente Decreto es refrendado por la señora Ministra de Educación e
Innovación, el señor Ministro de Economía y Finanzas y por el señor Jefe de Gabinete
de Ministros.
Artículo 3.- Comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos del
Ministerio de Economía y Finanzas, a la Dirección General de Coordinación Legal e
Institucional del Ministerio de Educación e Innovación, a la Procuración General de la
Ciudad, y a la Sala III de la Cámara de Apelaciones en lo Contenciosos Administrativo
y Tributario de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Notifíquese al agente Eduardo
Daniel Ducca, D.N.I. N° 13.355.217 en los términos del artículo 63 de la Ley de
Procedimientos Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, aprobada
por Decreto N° 1.510/97 dejando constancia que el presente acto agota la instancia
administrativa, sin perjuicio de lo cual podrán interponer recurso de reconsideración en
los términos del artículo 123 de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires (texto consolidado según Ley N° 6.017) Cumplido.
Archívese. RODRÍGUEZ LARRETA - Acuña - Mura - Miguel