ORDENANZA 50951 1996
Síntesis:
DISPONE DESTINAR EN LOS ESTADIOS DE FÚTBOL, UBICADOS EN LA CIUDAD DE BUENOS AIRES, UN ESPACIO EXCLUSIVO PARA DISCAPACITADOS MOTRICES.
Publicación:
27/01/1997
Sanción:
03/10/1996
Organismo:
CONCEJO DELIBERANTE
Promulgación:
02/01/1997
Estado:
No vigente
Artículo 1°- Establécese que en todos los estadios de fútbol ubicados en la Ciudad de Buenos Aires donde se realicen torneos organizados por la Asociación de Fútbol Argentino se deberá destinar, en el terreno adyacente al campo de juego o en otro lugar del estadio, un espacio exclusivo para discapacitados motrices permanentes.
Art. 2°- El espacio establecido en el artículo 1° deberá estar emplazado de tal forma que permita visualizar claramente el desarrollo del juego.
Art. 3°- Comuníquese, etcétera.