RESOLUCIÓN 529 2019 SUBSECRETARIA TRANSITO Y TRANSPORTE
Síntesis:
INCLUYE -CARÁCTER EXPERIMENTAL - TÉRMINO NOVENTA DÍAS - DISPOSICIONES DECRETO-ORDENANZA 10407-47 - CALLES CON SENTIDO ÚNICO DE CIRCULACIÓN - TRAMOS DE LEIVA DESDE CALDAS HASTA ITURRI - INVIERTE - LEIVA DESDE WARNES HASTA CALDAS DE SO A NE - PERMITE - ESTACIONAMIENTO GENERAL DE VEHÍCULOS - CORDÓN ACERA IZQUIERDA - LEIVA DESDE WARNES HASTA GUZMÁN - SUBSECRETARÍA DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE
Publicación:
21/05/2019
Sanción:
07/05/2019
Organismo:
SUBSECRETARIA TRANSITO Y TRANSPORTE
VISTO: la Resolución N° 201-SECTRANS/16, el Expediente N.° EX-2019-14775801- -
GCABA-DGTYTRA, y
CONSIDERANDO:
Que, por los presentes actuados y a partir de los nuevos cruces generados con motivo
de la construcción del Viaducto elevado FFCC San Martin, se ha estudiado el nuevo
sentido de la calle Leiva permitiendo la continuidad de la malla circulatoria y la
integración de las vialidades en el Barrio de Chacarita;
Que, analizada la cuadrícula circulatoria, que integran las calles de la zona, se
comprobó la necesidad de asignarle sentido único de circulación a la calle Leiva,
desde la calle Caldas hasta la calle Iturri de SO a NE;
Que, es necesario la inversión del sentido circulatorio de la calle Leiva desde la Av.
Warnes hasta la calle Caldas de SO a NE;
Que, la medida fue adoptada teniendo en cuenta en priorizar el reordenamiento del
tránsito, contribuyendo a la fluidez del mismo, para que todos los vecinos puedan
movilizarse de manera segura y ordenada en la Ciudad;
Que, se contempla la demanda de estacionamiento en el lugar, quedando habilitado
junto al cordón de ambas aceras según el sentido de circulación, en la calle Leiva
desde la Av. Warnes hasta la Av. Guzmán durante las 24:00 horas;
Que, mediante Resolución 201/SECTRANS/16, se delegó a esta Subsecretaria de
Tránsito y Transporte la competencia para entender en cuestiones como las
anteriormente expuestas.
Por ello, y en virtud de las facultades delegadas por la Resolución 201/SECTRANS/16,
Artículo 1°.- Inclúyase, con carácter experimental y por el término de 90 días, en las
disposiciones del Decreto-Ordenanza 10407/47 (B.M. 8174), texto ordenado referido a
las calles con sentido único de circulación, al tramos de la arteria Leiva, desde la calle
Caldas hasta la calle Iturri de SO a NE.
Artículo 2°.- Inviértase, con carácter experimental y por el término de 90 días, en las
disposiciones del Decreto-Ordenanza 10407/47 (B.M. 8174), texto ordenado referido a
las calles con sentido único de circulación, al tramos de la arteria Leiva, desde la Av.
Warnes hasta la calle Caldas de SO a NE.
Artículo 3°.- Permítase, con carácter experimental y por el termino de 90 días
contados, según el sentido de circulación durante las 24 horas, el estacionamiento
general de vehículos junto al cordón de la acera izquierda, de la calle Leiva desde la
Av. Warnes hasta la Av. Guzmán.
Artículo 4°.- La presente medida entrará en efectiva vigencia una vez instalado el
pertinente señalamiento integral (vertical, horizontal) que proyectará la Dirección
General del Tránsito y el Transporte.
Artículo 5°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, remítase a
la Dirección General de Tránsito y Transporte para su notificación y comunicación a la
Policía Federal Argentina, Policía de la Ciudad, a las Direcciones Generales, del
Cuerpo de Agentes de Control del Tránsito y Seguridad Vial, y del Ordenamiento del
Espacio Público; y a las Gerencias Operativas de Ordenamiento del Tránsito y
Transporte, de Señalización Vial y de Sistemas Inteligentes del Tránsito. Cumplido,
remítase a la Gerencia Operativa de Ordenamiento del Tránsito y Transporte para los
fines propuestos en el artículo anterior. Galuzzi