RESOLUCIÓN 1135 2019 SUBSECRETARIA TRANSITO Y TRANSPORTE
Síntesis:
SE PRORROGA INCLUSIÓN - DECRETO-ORDENANZA 10407-47 - CALLES CON SENTIDO ÚNICO DE CIRCULACIÓN - CALLE LEIVA DESDE CALDAS HASTA ITURRI - DESDE AV. WARNES HASTA CALDAS - PERMISO DE ESTACIONAMIENTO - MANO ÚNICA - TRÁNSITO Y TRANSPORTE
Publicación:
09/10/2019
Sanción:
10/09/2019
Organismo:
SUBSECRETARIA TRANSITO Y TRANSPORTE
VISTO: la Resoluciones N.° 201-SECTRANS/16 y N.° 529-SSTYTRA/19, el
Expediente N.° EX-2019-14775801- -GCABA-DGTYTRA, y
CONSIDERANDO:
Que a partir de los nuevos cruces generados con motivo de la construcción del
Viaducto elevado FFCC San Martin, se ha estudiado el nuevo sentido de la calle Leiva
permitiendo la continuidad de la malla circulatoria y la integración de las vialidades en
el Barrio de Chacarita;
Que, analizada la cuadrícula circulatoria, que integran las calles de la zona, se
comprobó la necesidad de asignarle sentido único de circulación a la calle Leiva,
desde la calle Caldas hasta la calle Iturri de SO a NE;
Que, es necesario la inversión del sentido circulatorio de la calle Leiva desde la Av.
Warnes hasta la calle Caldas de SO a NE;
Que, la medida fue adoptada teniendo en cuenta en priorizar el reordenamiento del
tránsito, contribuyendo a la fluidez del mismo, para que todos los vecinos puedan
movilizarse de manera segura y ordenada en la Ciudad;
Que, se contempla la demanda de estacionamiento en el lugar, quedando habilitado
junto al cordón de ambas aceras según el sentido de circulación, en la calle Leiva
desde la Av. Warnes hasta la Av. Guzmán durante las 24:00 horas;
Que, convalidando la Resolución 529/SSTYTRA/19, mediante la cual se asignó con
carácter experimental sentido único de circulación a la calle Iturri, desde la Av. Dorrego
hasta la calle Leiva de SE a NO y la inversión del sentido circulatorio de la calle Iturri
desde la calle Leiva hasta la Av. Jorge Newbery de SE a NO.
Que, mediante Resolución 201-SECTRANS/16, se delegó a esta Subsecretaria de
Tránsito y Transporte la competencia para entender en cuestiones como las
anteriormente expuestas.
Por ello, y en virtud de las facultades que le son propias,
Artículo 1°.- Prorróguese la inclusión con carácter experimental, desde el día 07 de
agosto del presente año y por el término de 90 días corridos en las disposiciones del
Decreto-Ordenanza 10407/47 (B.M. 8174), texto ordenado referido a las calles con
sentido único de circulación, al tramo de la arteria Leiva, desde la calle Caldas hasta la
calle Iturri de SO a NE.
Artículo 2°.- Prorróguese la inversión con carácter experimental, desde el día 07 de
agosto del presente año y por el término de 90 días corridos en las disposiciones del
Decreto-Ordenanza 10407/47 (B.M. 8174), texto ordenado referido a las calles con
sentido único de circulación, al tramo de la arteria Leiva desde la Av. Warnes hasta la
calle Caldas de SO a NE.
Artículo 3°.- Prorróguese la permision con carácter experimental, desde el día 07 de
agosto del presente año y por el termino de 90 días corridos, según el sentido de
circulación durante las 24 hs., el estacionamiento general de vehículos junto al cordón
de la acera izquierda, de la calle Leiva desde la Av. Warnes hasta la Av. Guzmán.
Artículo 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, remítase a
la Dirección General de Tránsito y Transporte para su notificación y comunicación a la
Policía Federal Argentina, Policía de la Ciudad, a las Direcciones Generales, del
Cuerpo de Agentes de Control del Tránsito y Seguridad Vial, y del Ordenamiento del
Espacio Público; y a las Gerencias Operativas de Ordenamiento del Tránsito y
Transporte, de Señalización Vial y de Sistemas Inteligentes del Tránsito. Cumplido,
remítase a la Gerencia Operativa de Ordenamiento del Tránsito y Transporte para los
fines propuestos en el artículo anterior. Galuzzi