RESOLUCIÓN 551 2003 COMISIÓN DE LA VIVIENDA f/n

Síntesis:

APRUEBA LA ESTRUCTURA DE LA UNIDAD DE AUDITORÍA INTERNA. DESÍGNASE AUDITOR RESPONSABLE AL CDOR. EDGARDO R. ZAMPIERI. NÓMBRANSE AUDITORES Y COLABORADORES DE LAS DIFERENTES ÁREAS QUE LA INTEGRAN -MODIFICACIÓN DE ESTRUCTURA ORGÁNICA- ESTRUCTURA ORGANIZATIVA-ESTRUCTURA INTERNA-DESIGNACIÓN DE AUDITORES-PLANTA TRANSITORIA-APROBACIÓN-MISIONES Y FUNCIONES-AUDITOR CONTABLE-SILVIA OKITA-AUDITORA OPERACIONAL Y DE SISTEMAS-GRACIELA OTERO-AUDITOR LEGAL-OSCAR DEFELIPPE-AUDITORA TÉCNICA Y SOCIAL-LJUBITA KLEIN-ÁREA OPERACIONAL Y DE SISTEMAS-REA TÉCNICA Y SOCIAL-ÁREA LEGAL Y CONTABLE-DESIGNACIÓN DE COLABORADORES-COLABORADOR DEL ÁREA CONTABLE-ALBERTO LA ROCCA-COLABORADORA-PATRICIA LAWRYNOWICZ-MARCELA CÁRDENAS-JULIO ARISTU-ANA MARTÍN-IGNACIO MONTELATICCI-CLAUDIO PORTA-CLAUDIO BERTAGNOLI-ALBERTO ESPINAR-ANDREA IGLESIAS FURFARO-ÁNGELES LEGISA-PLAN ANUAL DE AUDITORÍA 2004-COLABORADOR A-COLABORADOR B- RESPONSABILIDAD PRIMARIA-COMISIÓN MUNICIPAL DE LA VIVIENDA

Publicación:

21/10/2003

Sanción:

31/07/2003

Organismo:

COMISIÓN DE LA VIVIENDA f/n


Visto: La Constitución de la Ciudad de Buenos Aires; la Ley N° 70; el Decreto N° 433/GCBA/02; las Resoluciones Nros. 638/CMV/02, 31/SGCBA/02, 35/SGCBA/02, 52/SGCBA/02, 2/SGCBA/03; las Circulares Nros. 5/SGCBA/02, 6/SGCBA/02, 7/SGCBA/02, 8/SGCBA/02, 9/SGCBA/02, 10/SGCBA/02, 1/SGCBA/03, lo actuado en la Nota N° 6.959/CMV/03 y;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 132 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires establece que la Ciudad cuenta con un modelo de control integral e integrado, conforme a los principios de economía, eficacia y eficiencia, comprendiendo el control interno y externo del sector público;

Que, en idéntico sentido el artículo 133 de la Constitución local dispone la creación de la Sindicatura General de la Ciudad de Buenos Aires, dependiente del Poder Ejecutivo, dotándosela de personería jurídica propia y autarquía administrativa y financiera;

Que, la Ley N° 70 regula los sistemas de control integral e integrado de la Ciudad de Buenos Aires, abarcando aspectos presupuestarios, económicos, financieros, patrimoniales, normativos y de gestión, la evaluación de programas, proyectos y operaciones, comprendiendo el control interno y externo del sector público;

Que, el sistema de control interno comprende el plan de organización y todos los métodos y procedimientos que en forma coordinada adopta el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, en todas las jurisdicciones que componen la Administración Centralizada y Descentralizada con el propósito de lograr el cumplimiento de metas, salvaguardar el cumplimiento de las leyes y normas en vigor, alentar la adhesión a las políticas operacionales y administrativas;

Que, conforme al artículo 121 de la Ley N° 70 el Sistema de Control Interno queda conformado por la Sindicatura General de la Ciudad de Buenos Aires, órgano normativo, de supervisión y coordinación, y por las unidades de auditoría interna de cada jurisdicción y entidades que dependan del Poder Ejecutivo;

Que, en este sentido se establece que las Unidades de Auditoría Interna, dependen jerárquicamente de la autoridad superior de cada Organismo;

Que, el artículo 1° del Decreto N° 433/GCBA/02, encomienda a los funcionarios a cargo de los Organismos Descentralizados dependientes del Poder Ejecutivo la conformación de las Unidades de Auditoría Interna en un plazo no mayor a 30 días a partir de su publicación;

Que, como consecuencia del vencimiento del plazo indicado la Subsecretaría de la Comisión de la Vivienda (Ente Autárquico creado por Ley N° 17.174), ha dictado con fecha del 26 de agosto de 2002 la Resolución N° 638/SS/02;

Que, en la indicada Resolución se señala expresamente que la modificación de las estructuras del Organismo resulta competencia del Directorio, sin perjuicio de lo cual la Resolución N° 638/SS/02, haciendo uso de las facultades conferidas por el Capítulo II, del Acta de Directorio N° 699/D/83, en consonancia con el artículo 6°, inciso g) del Acta de Directorio N° 899/D/85, indica que resulta procedente la asignación de las funciones de auditoría interna a personal de esta Comisión;

Que, con fecha del 30 de diciembre de 2002 se dicta el Acta de Directorio N° 1.639/D/03 creándose la Unidad de Auditoría Interna de la Comisión Municipal de la Vivienda, con dependencia jerárquica del Directorio;

Que, la Sindicatura General de la Ciudad de Buenos Aires, ha remitido a la Comisión Municipal de la Vivienda la Nota N° 97/SGCBA/03, en la cual se requieren los informes pertinentes en cuanto al ejercicio de la facultad delegada por Acta de Directorio N° 1.639/D/03, indicando a su vez las pautas a tener en cuenta por este Organismo;

Que, sin perjuicio de la exclusiva vinculación jerárquica que existe entre el Directorio y la Unidad de Auditoría interna, se faculta a la Subsecretaría de la Comisión Municipal a solicitar informes a la Unidad de Auditoría Interna, recibirlos, analizarlos y tomar las medidas necesarias para salvar las observaciones planteadas;

Que, de esa manera, se ha generado por parte del Directorio del Organismo un mecanismo tendiente a evitar las posibles injerencias por parte de las distintas áreas de la Comisión Municipal de la Vivienda, incluída la Subsecretaría, sin perjuicio del dinamismo que se asegura al delegar taxativamente las facultades indicadas en el párrafo precedente;

Que, el Directorio del Organismo ha delegado en esta Subsecretaría la facultad de designar a los integrantes de la Unidad de Auditoría Interna, así como establecer sus funciones;

Que, en mérito a ello, se ha delegado necesariamente, en cabeza de la Subsecretaría, la facultad de generar la estructura interna de la Unidad de Auditoría Interna de la Comisión Municipal de la Vivienda;

Que, resulta inviable producir el ingreso al Organismo y la asignación de funciones de los integrantes de la Unidad de Auditoría Interna, en el marco de la referida Acta de Directorio, sin expresar el esquema de funcionamiento interno, a fin de evitar deficiencias de funcionamiento, en la herramienta de control prevista por la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y la Ley N° 70 de la Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires, situación que emerge, a todas luces, inadmisible;

Que, atento a la demora en el cumplimiento por parte del Organismo del deber de arbitrar los mecanismos de control establecidos por la Ley N° 70, lo que se añade a la insuficiencia de los controles vigentes en la Comisión Municipal de la Vivienda, resulta necesario cumplir con la impostergable obligación de encomendar a la Unidad de Auditoría Interna la realización de un control integral e integrado del período 1999-2003, como así también la elaboración del Plan Anual de Auditoría 2004;

Que en mérito a ello, se torna inviable la posibilidad de poner en práctica un mecanismo de selección de sus integrantes que incluya al personal del Organismo en la medida en que se encuentran dentro de las causales de excusación establecidas por la Resolución N° 31/SGCABA/02;

Que, ello es así toda vez que un criterio diverso podría generar una cadena de excusaciones que resultaría un óbice infranqueable para la realización del debido control en el Organismo respecto de los períodos indicados; máxime cuando la Resolución de la Sindicatura General de la Ciudad de Buenos Aires, citada en el párrafo precedente, establece expresamente que serán Casos de Excusación (...) c) Haber tenido participación en operaciones o programas sometidos a auditoría;

Que, por ello, resulta apropiada la delegación efectuada por el Directorio, al establecer lisa y llanamente que los integrantes de la Unidad de Auditoría Interna serán designados por el Sr. Subsecretario;

Que, atento a ello resulta pertinente destacar que, pese a la conveniencia de dotar de estabilidad a sus integrantes, esta Subsecretaría entiende conveniente designar primigeniamente en planta transitoria a los mismos;

Que, para ello deben tenerse en cuenta los principios que emergen de las Constituciones de la Nación y de la Ciudad de Buenos Aires, en virtud de los cuales debe tenderse a efectos de fortalecer su independencia de criterio y acción en relación a la Gestión en ejercicio, con la firme convicción de que, de esta manera, se viabiliza un control de mayor calidad y constancia;

Que, el Acta de Directorio N° 1.413/D/92, establece la aplicación al Organismo de los Decretos Nros. 3.544/MCBA/91, 670/MCBA/92 y 671/MCBA/92, previa adecuación en razón de las características funcionales del Organismo de las particularidades que resulten necesarias;

Que, la Sindicatura General de la Ciudad de Buenos Aires, ha establecido los requisitos para ser Auditor Responsable, Auditor, Colaborador A y Colaborador B, razón por la cual este es el marco jurídico a tener en miras al momento de la selección individual de los futuros integrantes de la Unidad de Auditoría Interna;

Que, a mayor abundamiento cabe indicar que, a efectos de la selección del personal encuadrado en las categoría de Colaboradores A y B, se han tenido en miras los requisitos establecidos por la Resolución N° 2/SGCBA/03, Anexo III, para las categorías A-3 y A-4 respectivamente, en virtud de considerárselos los más convenientes para cubrir las necesidades del Organismo;

Que atento a ello, resulta pertinente establecer la estructura organizativa de la Unidad de Auditoría Interna conforme se encuentra diagramada en el Anexo I de la presente, sin perjuicio de lo cual cabe indicar que la Unidad de Auditoría Interna será integrada por un Auditor Responsable, cuatro auditores correspondientes a las áreas Operacional y de Sistemas, Técnica y Social, Legal y Contable; cinco colaboradores A y seis colaboradores B;

Que, conforme surge del organigrama adjunto, la Auditoría Técnica y Social, mantiene una estructura numéricamente superior que las demás Auditorías, ello se debe al cúmulo de tareas que implicará el cumplimiento de sus funciones, debido a la actividad propia de la Comisión Municipal de la Vivienda, razón por la cual se considera conveniente reforzar de esa manera al área en cuestión;

Que, asimismo se ha considerado apropiado establecer que el área Operacional y de Sistemas cuente con dos colaboradores B, atento a que la tarea a realizar requiere de dicha dotación;

Que, habiéndose indicado la racionalidad de la estructura a establecer, resulta apropiado reconocer al Auditor Responsable de la Unidad de Auditoría Interna la categoría de Subgerente Independiente, Jefatura de Departamento a los Auditores, Jefatura de División a los Colaboradores A y Jefatura de Sección a los Colaboradores B;

Que, resulta pertinente dejar establecido que, si en el futuro la Sindicatura General de la Ciudad estableciera, por los mecanismos normativos que correspondan, un nivel superior a los indicados en el párrafo precedente, deberá adecuarse la estructura de la Unidad de Auditoría Interna creada por la presente, esta previsión es acorde con la delegación efectuada por el Directorio, los principios constitucionales que rigen la materia, atento a que tiene la finalidad de fortalecer el control de la Administración;

Que, el Contador Público Nacional Raúl Edgardo Zampieri, titular de LE 7.798.748 ha cumplido satisfactoriamente con las funciones encomendadas mediante la Resolución N° 638/SS/02, demostrando idoneidad y compromiso para el control exhibiendo una honestidad intelectual plausible, razón por la cual habiendo analizado el legajo obrante en los presentes actuados, se entiende que cumple con los requisitos para cubrir el cargo otorgado, razón por la cual resulta procedente exceptuar su ingreso de lo dispuesto por el inciso d) del artículo 4° del Acta de Directorio N° 899;

Que, dicho profesional cumple sobradamente con los requisitos establecidos, por la Resolución N° 35 de la Sindicatura General, de fecha 3 de junio de 2002, para ser Auditor Responsable, conforme se desprende de la copia del legajo (CMV) y documentación adjuntada a las presentes actuaciones, acreditándose una experiencia de más de 15 años en tareas de auditoría, control y fiscalización;

Que, por lo expuesto resulta procedente designar al Contador Público Nacional, Edgardo Raúl Zampieri, Auditor Responsable;

Que, resulta procedente, en los términos indicados por el Acta de Directorio N° 1.413/D/92, designar al profesional, indicado en el párrafo precedente, en planta transitoria, letra B 02, función ejecutiva de Subgerente;

Que, asimismo, la Contadora Pública Nacional Graciela Ester Otero, titular del DNI 5.631.788, posee amplia experiencia en tareas de fiscalización y control, conforme se desprende del curriculum obrante en los presentes actuados, acreditando una antigüedad superior a los 15 años, razón por la cual resulta conveniente exceptuar su ingreso de lo dispuesto por el inciso d) del artículo 4° del Acta de Directorio N° 899; para ello basta tener en cuenta el quantum y tipo de tareas de fiscalización, control y auditoría desarrolladas por la profesional en cuestión, lo cual se encuentra reflejado en su capacidad en las materias citadas en el ámbito de la Administración Pública, conforme se acredita mediante la certificación expedida por la Dra. Lidia Isabel Getino, en su carácter de Directora Técnica, Administrativa y Legal de la Secretaría de Medio Ambiente y Planeamiento Urbano;

Que, Graciela Ester Otero cumple holgadamente con los requisitos establecidos en la Resolución N° 52 de la Sindicatura General, de fecha 3 de septiembre de 2002, para ser auditora, conforme se desprende de los antecedentes obrantes en los presentes actuados;

Que, por lo expuesto resulta procedente, en los términos del Acta de Directorio N° 1.413/D/92, designar a la Contadora Pública Nacional, Graciela Ester Otero, Auditora Operacional y de Sistemas, en planta transitoria;

Que, la Contadora Pública Nacional Silvia Alejandra Okita, titular del DNI 18.403.201, ha desarrollado tareas de control y fiscalización en el sector privado, como así también auditorías externas en sector público y privado, acumulando una experiencia de diez años en tareas de fiscalización y control;

Que, la Contadora Silvia Alejandra Okita, cumple con los requisitos establecidos en la Resolución N° 52 de la Sindicatura General, de fecha 3 de septiembre de 2002, para ser auditora, conforme se desprende de su curriculum y de las constancias documentales obrantes en los presentes actuados;

Que, por lo expuesto resulta procedente designar a la Contadora Silvia Alejandra Okita, Auditora Contable, en planta transitoria;

Que, el abogado Oscar Eduardo Defelippe, titular del DNI 17.836.704, ha desarrollado tareas de control y fiscalización en distintos Entes Estatales, acumulando una experiencia de diez años;

Que, el Dr. Oscar Eduardo Defelippe, cumple con los requisitos establecidos en la Resolución N° 52 de la Sindicatura General, de fecha 3 de septiembre de 2002, para ser auditor, conforme se desprende de su curriculum y de las constancias documentales obrantes en los presentes actuados;

Que, por lo expuesto resulta procedente designar al abogado Oscar Eduardo Defelippe, Auditor Legal, en planta transitoria;

Que, la Arquitecta Ljubita Klein, titular del DNI 6.199.380, ha desarrollado tareas de control en la Subsecretaría de la Comisión de la Vivienda a partir del 15 de abril de 2002, dando fiel cumplimiento a las directivas recibidas, controlando y fiscalizando, durante un período superior a un año, el desarrollo de proyectos y obras constructivos, detectando irregularidades cometidas, y recomendando, a esa Subsecretaría, las herramientas necesarias para la corrección de tales desviaciones; sin perjuicio de lo cual cabe poner en relieve que ha desarrollado tareas de fiscalización y control en la Subsecretaría de Obras de la Universidad de Buenos Aires en el período comprendido entre 1992 y 2002, conforme se desprende de su curriculum, alcanzando una antigüedad total, en tales tareas, superior a los diez años;

Que, por ello resulta procedente exceptuar el ingreso de la indicada profesional de lo dispuesto por el inciso d) del artículo 4° del Acta de Directorio N° 899;

Que, la arquitecta Klein ha prestado servicios en la Subsecretaría, en calidad de contratada, razón por la cual deberá excusarse en aquellas auditorías que guarden relación con su actividad, sin perjuicio de lo cual atento al tenor de su actividad, se estima que dicha excusación revistará carácter excepcional, habiendo sido dicha circunstancia debidamente considerada por la Subsecretaría, llegando a la conclusión de que dicha limitación no alcanza a conculcar las tareas de auditoría del Organismo;

Que, la Arquitecta Ljubita Klein, cumple con los requisitos establecidos en la Resolución N° 52 de la Sindicatura General, para ser auditora, conforme se desprende del legajo obrante en los presentes actuados;

Que, por lo expuesto resulta procedente designar a la Arquitecta Ljubita Klein, Auditora de Técnica y Social, en planta transitoria;

Que, resulta procedente, en los términos indicados por las Actas de Directorio Nros. 899/D/85 y 1.413/D/92, designar a los Auditores, en planta transitoria, letra B 01 y función ejecutiva de Jefe de Departamento;

Que, resulta conveniente designar a los Colaboradores A, a efectos de integrar a la Unidad de Auditoría Interna, en conformidad a la finalidad del Acta de Directorio N° 1.639/D/03;

Que, el Licenciado en Administración de Empresas Alberto José La Rocca, titular del DNI 18.023.827, cumple con los requisitos establecidos por la Resolución N° 2/SGCBA/03, para ser Colaborador A del área Contable, conforme se desprende del curriculum anejado a los presentes actuados;

Que, a mayor abundamiento, el personal indicado en el párrafo precedente ha obtenido la Tecnicatura en Administración de Empresas de la Universidad de Tres de Febrero, en fecha 7/12/99, conforme surge de las constancias obrantes en los presentes actuados habiendo recibido el título de Licenciado en Administración de Empresas en fecha 13 de diciembre de 2002;

Que, por lo expuesto en los párrafos precedentes, teniendo en consideración la antigüedad de la Tecnicatura, mencionada anteriormente, y la calidad profesional evidenciada, se entienden cumplimentados los requisitos exigidos por la normativa vigente para ser Colaborador A;

Que, el Licenciado La Rocca ha prestado servicios en la Subsecretaría, en calidad de planta de gabinete, efectuando tareas de fiscalización y control, detectando irregularidades y aportando las herramientas necesarias para su corrección, razón por la cual deberá excusarse en aquellas auditorías que guarden relación con su actividad, sin perjuicio de lo cual atento al tenor de su actividad, se considera que dicha excusación revistirá carácter excepcional, habiendo sido dicha circunstancia debidamente considerada por la Subsecretaría, llegando a la conclusión de que esta limitación no alcanza a conculcar las tareas de auditoría del Organismo;

Que, resulta procedente, en los términos indicados por las Actas de Directorio Nros. 899/D/85 y 1.413/D/92, designar como Colaborador A al profesional indicado en los párrafos precedentes, en planta transitoria;

Que, la Licenciada en Administración de Empresas Patricia Eugenia Lawrynowicz, titular del DNI 21.795.247, cumple con los requisitos establecidos por la Resolución N° 2/SGCBA/03, para ser Colaboradora A del área Operacional y de sistemas, conforme se desprende del curriculum anejado a los presentes actuados;

Que, la Licenciada Lawrynowicz ha prestado servicios, colaborando con la actividad realizada por la Unidad de Auditoría Interna de la CMV, aportando a ésta su experiencia en auditoría, incrementando la capacidad operativa y calidad de control de los responsables de cumplir las funciones atribuidas a la UAI por la normativa vigente;

Que, la Licenciada Lawrynowicz ha colaborado con la Unidad de Auditoría Interna de la CMV, razón por la cual deberá excusarse en aquellas auditorías que guarden relación con su actividad, sin perjuicio de lo cual atento al tenor de sus tareas, se estima que dicha excusación revistirá carácter excepcional, habiendo sido dicha circunstancia debidamente considerada por la Subsecretaría, llegando a la conclusión de que dicha limitación no alcanza a conculcar las tareas de auditoría del Organismo;

Que, resulta procedente, en los términos indicados por las Actas de Directorio Nros. 899/D/85 y 1.413/D/92, designar como Colaboradora A a la profesional indicada en el párrafo precedente, en planta transitoria;

Que, la abogada Marcela Alejandra Cárdenas, titular del DNI 22.151.891, cumple con los requisitos establecidos por la Resolución N° 2/SGCBA/03, para ser Colaborador A del área Legal, conforme se desprende del curriculum adjuntado a los presentes actuados;

Que, resulta procedente, en los términos indicados por las Actas de Directorio Nros. 899/D/85 y 1.413/D/92, designar como Colaboradora A, a la profesional indicada en el párrafo precedente, en planta transitoria;

Que, el ingeniero Julio Aristu, titular del DNI 18.294.918, cumple con los requisitos establecidos por la Resolución N° 2/SGCBA/03, para ser Colaborador A del área Técnica y Social (sub-área Técnica), conforme se desprende del curriculum anejado a los presentes actuados;

Que, resulta procedente, en los términos indicados por las Actas de Directorio Nros. 899/D/85 y 1.413/D/92, designar como Colaborador A al profesional indicado en el párrafo precedente, en planta transitoria;

Que, la Licenciada en Ciencia Política Ana Clara Martín, titular del DNI 24.754.674, ha realizado tareas de fiscalización y control en la Subsecretaría de la Comisión Municipal de la Vivienda, cumpliendo ampliamente con los requisitos establecidos por la Resolución 2/SGCBA/03, para ser Colaboradora A, del área Técnica y Social (sub-área Social) conforme se desprende del curriculum y la documentación anejados a los presentes actuados;

Que, la Licenciada Martín ha prestado servicios en la Subsecretaría, en calidad de contratada, razón por la cual deberá excusarse en aquellas auditorías que guarden relación con su actividad, sin perjuicio de lo cual atento al tenor de su actividad, se estima que dicha excusación revistirá carácter excepcional, habiendo sido dicha circunstancia debidamente considerada por la Subsecretaría, llegando a la conclusión de que dicha limitación no alcanza a conculcar las tareas de auditoría del Organismo;

Que, resulta procedente, en los términos indicados por las Actas de Directorio Nros. 899/D/85 y 1.413/D/92, designar como Colaboradora A a la profesional indicada en el párrafo precedente, en planta transitoria;

Que, resulta procedente, en los términos indicados por las Actas de Directorio Nros. 899/D/85 y 1.413/D/92, designar a los Colaboradores A, en planta transitoria, letra B 00 y función ejecutiva de Jefe de División;

Que, a efectos de integrar la Unidad de Auditoría Interna, resulta conveniente la designación de los colaboradores B, en conformidad con el Acta N° 1.639/D/03;

Que, el Sr. Ignacio Agustín Montelatici, titular del DNI 25.676.936 (cuyo título de Licenciado en Economía se encuentra en trámite, habiendo aprobado todas las materias de la carrera) cumple con los requisitos establecidos por la Resolución N° 2/SGCBA/03, para ser Colaborador B, del área Contable, conforme se desprende del curriculum y documentación anejados a los presentes actuados;

Que, resulta procedente, en los términos indicados por las Actas de Directorio Nros. 899/D/85 y 1.413/D/92, designar como Colaborador B, al Sr. Montelatici, en planta transitoria;

Que, el arquitecto Claudio Pablo Bertagnoli, titular del DNI 20.470.487, cumple con los requisitos establecidos por la Resolución N° 2/SGCBA/03, para ser Colaborador B del área Operacional y de Sistemas, conforme se desprende del curriculum y documentación adjuntados a los presentes actuados;

Que, resulta procedente, en los términos indicados por las Actas de Directorio Nros. 899/D/85 y 1.413/D/92, designar como Colaborador B, al profesional indicado en el párrafo precedente, en planta transitoria;

Que, el Licenciado en Ciencias de la Computación Claudio Gustavo Porta, titular del DNI 17.202.547, cumple con los requisitos establecidos por la Resolución N° 2/SGCBA/03, para ser Colaborador B del área Operacional y de Sistemas, conforme se desprende del curriculum anejado a los presentes actuados;

Que, resulta procedente, en los términos indicados por las Actas de Directorio Nros. 899/D/85 y 1.413/D/92, designar como Colaborador B al profesional indicado en el párrafo precedente, en planta transitoria;

Que, el abogado Alberto Oscar Espinar, titular del DNI 14.695.758, cumple con los requisitos establecidos por la Resolución N° 2/SGCBA/03, para ser Colaborador B del área Legal, conforme se desprende del curriculum y documentación anejados a los presentes actuados;

Que, el Dr. Espinar ha prestado servicios en la Gerencia de Asuntos Jurídicos, en el período comprendido entre el 1° y el 31/7/03, razón por la cual deberá excusarse en aquellas actuaciones que guarden relación con el indicado iter temporal, en que hubiere participado, habiendo sido dicha circunstancia debidamente considerada por la Subsecretaría, llegando a la conclusión de que dicha limitación no alcanza a conculcar las tareas de auditoría del Organismo;

Que, resulta procedente, en los términos indicados por las Actas de Directorio Nros. 899/D/85 y 1.413/D/92, designar como Colaborador B, al profesional indicado en el párrafo precedente, en planta transitoria;

Que, la arquitecta Andrea Paola Iglesias Furfaro, titular del DNI 24.112.371, cumple con los requisitos establecidos por la Resolución N° 2/SGCBA/03, para ser Colaboradora B del área Técnica y Social (Sub-área Técnica), conforme se desprende del curriculum anejado a los presentes actuados;

Que, la Arquitecta Furfaro, ha prestado en la Comisión Municipal de la Vivienda, en carácter de pasante, en el período comprendido entre el 19/5/99 y el 30/5/03, razón por la cual deberá excusarse en aquellas actuaciones que guarden relación con el indicado iter temporal, en que hubiere participado, habiendo sido dicha circunstancia debidamente considerada por la Subsecretaría, llegando a la conclusión de que dicha limitación no alcanza a conculcar las tareas de auditoría del Organismo;

Que, resulta procedente, en los términos indicados por las Actas de Directorio Nros. 899/D/85 y 1.413/D/92, designar como Colaboradora B, a la profesional indicada en el párrafo precedente, en planta transitoria;

Que, la señorita Ángeles Legisa, titular del DNI 26.200.686, cumple con los requisitos establecidos por la Resolución N° 2/SGCBA/03, para ser Colaboradora B del área Técnica y Social (Sub-área Social), conforme se desprende del curriculum y documentación anejados a los presentes actuados, siendo estudiante avanzada de la carrera de Licenciatura en Ciencias de la Comunicación;

Que, la señorita Ángeles Legisa, ha prestado servicios en la Subsecretaría de la Comisión Municipal de la Vivienda, desarrollando principalmente tareas de apoyo en actividades de fiscalización y control de gestión, razón por la cual deberá excusarse en aquellas actuaciones en las cuales haya tenido intervención personal, habiendo sido dicha circunstancia debidamente considerada por la Subsecretaría, llegando a la conclusión de que dicha limitación no alcanza a conculcar las tareas de auditoría del Organismo;

Que, resulta procedente, en los términos indicados por las Actas de Directorio Nros. 899/D/85 y 1.413/D/92, designar como Colaboradora B, a la profesional indicada en el párrafo precedente, en planta transitoria;

Que, resulta apropiado, en los términos indicados por las Actas de Directorio Nros. 899/D/85 y 1.413/D/92, designar a los colaboradores B, en planta transitoria, letra C 02 y función ejecutiva de Jefe de Sección;

Que, la totalidad de las personas designadas han declarado bajo juramento de ley cumplir con los requisitos exigidos por la normativa vigente para cumplir las funciones encomendadas a cada uno de ellos;

Que, por último cabe indicar que deberá reconocerse a los integrantes el suplemento de tarea crítica en igualdad de condiciones que las establecidas para la Gerencia de Asuntos Jurídicos;

Que, se ha pronunciado la Gerencia de Asuntos Jurídicos en sentido favorable al dictado de la presente;

Que, por todo ello;

LA SUBSECRETARÍA

RESUELVE:

Artículo 1° - Aprobar la estructura interna de la Unidad de Auditoría Interna, cuyo organigrama como Anexo I, forma parte integrante de la presente.

Artículo 2° - Designar Auditor Responsable al contador Edgardo Raúl Zampieri, titular del LE 7.798.748, en planta transitoria, Letra B 02 y Función Ejecutiva de Subgerente, exceptuando su ingreso de lo dispuesto por el inciso d) del artículo 4° del Acta de Directorio N° 899.

Artículo 3° - Aprobar las Misiones y Funciones del auditor responsable las que, como Anexo II, forman parte integrante de la presente.

Artículo 4° - Designar Auditor Contable a la Contadora Silvia Alejandra Okita, DNI 18.403.201, en planta transitoria, Categoría B 01 y Función Ejecutiva de Jefe de Departamento.

Artículo 5° - Designar Auditora Operacional y de Sistemas a la Contadora Graciela Ester Otero, DNI 5.631.788, en planta transitoria, Categoría B 01 y Función Ejecutiva de Jefe de Departamento, exceptuando su ingreso de lo dispuesto por el inciso d) del artículo 4° del Acta de Directorio N° 899.

Artículo 6° - Designar Auditor Legal al Abogado Oscar Eduardo Defelippe, DNI 17.836.704, en planta transitoria, Categoría B 01 y Función Ejecutiva de Jefe de Departamento.

Artículo 7° - Designar Auditora Técnica y Social a la Arquitecta Ljubita Klein, titular del DNI 6.199.380, en planta transitoria, Categoría B 01 y Función Ejecutiva de Jefe de Departamento, exceptuando su ingreso de lo dispuesto por el inciso d) del artículo 4° del Acta de Directorio N° 899.

Artículo 8° - Aprobar las Misiones y Funciones de los auditores de las áreas Operacional y de Sistemas, Técnica y Social, Legal y Contable las que, como Anexo III, forman parte integrante de la presente.

Artículo 9° - Designar Colaborador A, del área Contable, al Licenciado en Administración de Empresas Alberto José La Rocca, titular del DNI 18.023.827, en planta transitoria, Categoría B 00 y Función Ejecutiva de Jefe de División.

Artículo 10 - Designar Colaborador A, del área Operacional y de Sistemas, a la Licenciada en Administración de Empresas Patricia Eugenia Lawrynowicz, titular del DNI 21.795.247, en planta transitoria, Categoría B 00 y Función Ejecutiva de Jefe de División.

Artículo 11 - Designar Colaborador A, del área Legal, a la Abogada Marcela Alejandra Cárdenas, titular del DNI 22.151.891, en planta transitoria, Categoría B 00 y Función Ejecutiva de Jefe de División.

Artículo 12 - Designar Colaborador A, del área Técnica y Social (Sub-área Técnica), al Ingeniero Julio Aristu, titular del DNI 18.294.918, en planta transitoria, Categoría B 00 y Función Ejecutiva de Jefe de División.

Artículo 13 - Designar Colaborador A, del área Técnica y Social (Sub-área Social), a la Licenciada en Ciencias Políticas Ana Clara Martín, titular del DNI 24.754.674, en planta transitoria, Categoría B 00 y Función Ejecutiva de Jefe de División.

Artículo 14 - Designar Colaborador B, del área Contable, al Licenciado en Economía Ignacio Montelaticci, titular del DNI 25.676.936, en planta transitoria, Categoría C 02 y Función Ejecutiva de Jefe de Sección.

Artículo 15 - Designar Colaborador B, del área Operacional y Sistemas, al Licenciado en Ciencias de la Computación Claudio Gustavo Porta, titular del DNI 17.202.547, en planta transitoria, Categoría C 02 y Función Ejecutiva de Jefe de Sección.

Artículo 16 - Designar Colaborador B, del área Operacional y Sistemas, al Arquitecto Claudio Pablo Bertagnoli, titular del DNI 20.470.487, en planta transitoria, Categoría C 02 y Función Ejecutiva de Jefe de Sección.

Artículo 17 - Designar Colaborador B, del área Legal, al Abogado Alberto Oscar Espinar, titular del DNI 14.695.758, en planta transitoria, Categoría C 02 y Función Ejecutiva de Jefe de Sección.

Artículo 18 - Designar Colaborador B, del área Técnica y Social (Sub-área Técnica), a la Arquitecta Andrea Paola Iglesias Furfaro, titular del DNI 24.112.371, en planta transitoria, Categoría C 02 y Función Ejecutiva de Jefe de Sección.

Artículo 19 - Designar Colaborador B, del área Técnica y Social (Sub-área social), a la señorita Ángeles Legisa, titular del DNI 26.200.686, en planta transitoria, Categoría C 02 y Función Ejecutiva de Jefe de Sección.

Artículo 20 - Encomendar a la Unidad de Auditoría Interna la realización del Plan Anual de Auditoría 2004.

Artículo 21 - Requerir a la Unidad de Auditoría Interna la elaboración de un plan de auditoría, para el período comprendido entre 1°/1/99 y la fecha de la presente, que, una vez homologado por la Sindicatura General de la Ciudad de Buenos Aires, deberá ser realizado en el plazo y forma que dicho plan estipule.

Artículo 22 - Asignar a sus integrantes el suplemento por tarea crítica en las mismas condiciones a las establecidas para la Gerencia de Asuntos Jurídicos.

Artículo 22 - La presente Resolución tendrá efectos a partir del 1° de agosto de 2003, inclusive, y será refrendada por las Gerencias de Asuntos Jurídicos, Registro y Adjudicaciones Inmuebles, Financiera, Promoción Social Urbana, Proyectos y Obras.

Artículo 23 - Publíquese. Comuníquese a las Gerencias de Asuntos Jurídicos, Registro y Adjudicaciones Inmuebles, Financiera, Promoción Social Urbana, Proyectos y Obras. Pase a Subgerencia de Recursos Humanos. Para su Registro, Notificación y demás efectos pase a la Gerencia de Coordinación General Administrativa, cumplido archívese. Selzer - Segura - Varela - Rodríguez - Rodríguez - Franco

ANEXO

ANEXO II

Auditor Responsable:

1.- Responsabilidad Primaria:

a.- Actuar como nexo de coordinación técnica y comunicación con la Sindicatura General de la Ciudad de Buenos Aires en lo referente a la planificación y realización de las auditorías, la emisión y control de informes y la captación de las necesidades de normalización y capacitación.

b.- Planificar y realizar las auditorías contable, financiera, legal, de gestión y de infraestructura. Emitir y controlar los informes.

c.- Informar y transmitir a la autoridad competente de la Comisión Municipal de la Vivienda y/o a la Sindicatura General de la Ciudad de Buenos Aires, según corresponda, toda necesidad de normativa relevada en el Organismo, quienes dispondrán sobre su emisión a través de la autoridad de competencia.

d.- Conducir y evaluar el seguimiento de las recomendaciones efectuadas al Organismo por la Sindicatura General de la Ciudad de Buenos Aires y por la Unidad de Auditoría Interna.

2.- Acciones:

1. Confeccionar y elevar a la Sindicatura General de la Ciudad de Buenos Aires el Plan Anual de Auditoría.

2. Realizar los procedimientos de control de gestión, contable y normativo.

3. Realizar los procedimientos de cierre de ejercicio.

4. Identificar los objetivos, políticas y procedimientos organizacionales aún no definidos.

5. Identificar criterios para la medición del logro de los objetivos organizacionales.

6. Identificar las necesidades de capacitación y formación profesional en el ejercicio de las distintas funciones y proponer acciones de reconversión y recalificación del personal afectado a las distintas tareas.

7. Identificar las áreas críticas, problemáticas y las causas que las originan.

8. Identificar las áreas que contribuyen a un posible aumento de ingresos y/o reducción de gastos.

9. Identificar cursos alternativos de acción.

10. Evaluar programas, operatorias y operaciones específicas, en forma independiente y objetiva.

11. Evaluación del cumplimiento de los objetivos, políticas y procedimientos organizacionales.

12. Elevar las recomendaciones correspondientes a las autoridades de competencia.

13. Actuar como nexo de coordinación técnica y comunicación entre las autoridades de la Comisión Municipal de la Vivienda y la Sindicatura General de la Ciudad de Buenos Aires.

14. Comunicar las necesidades de normativa detectadas a las Autoridades del Organismo y/o a la Sindicatura General de la Ciudad de Buenos Aires a los fines de disponer su emisión a través de la autoridad de competencia.

15. Elevar a la autoridad competente de la Comisión Municipal de la Vivienda y a la Sindicatura General de la Ciudad de Buenos Aires los informes de avance, preliminares y finales sobre estados contables y cumplimiento del control interno en el Organismo, con el consecuente seguimiento.

16. Analizar los Informes de Auditoría recibidos de los Organismos de Control competentes y, en caso de corresponder, recomendar a la Subsecretaría y/o al Directorio la adopción de las medidas sugeridas en los Informes citados.

17. Poner en conocimiento directo del Directorio y/o de los Órganos Constitucionales de Control de la Ciudad de Buenos Aires toda irregularidad y/o riesgo de auditoría que, atento a su relevancia, considere pertinente.

ANEXO III

Auditores:

1 - Auditor Contable:

A - Responsabilidad Primaria:

a - Actuar en coordinación técnica con los distintos niveles estructurales del Organismo en materia presupuestaria, contable, económica, financiera y patrimonial; en comunicación interdisciplinaria con el equipo de la Unidad de Auditoría encaminada a evaluar la Eficacia, Eficiencia y Economía de la gestión institucional.

b - Intervenir en la elaboración del Plan Anual de Auditoría, asesorando e incorporando actividades desde el punto de vista de su competencia.

B - Acciones:

1. Asesorar a las diversas áreas de la Organización en las materias que le son propias.

2. Programar anualmente las tareas del área, clasificando los proyectos y evaluando los riesgos de auditoría.

3. Realizar y participar en auditorías integrales, que abarquen las actividades desarrolladas en el Organismo.

4. Examinar las operaciones habituales del Organismo y determinar la solidez del control de las mismas en el ámbito de su competencia.

5. Formular recomendaciones y/u observaciones y efectuar el seguimiento y verificación de las correcciones propuestas en el momento que se considere pertinente, a los fines de no incumplir las normas previstas en materia presupuestaria, contable, económica, financiera y patrimonial.

6. Ejecutar auditorías contables de acuerdo al Plan Anual de Auditoría, programando la aplicación de los métodos y procedimientos más adecuados a cada caso.

7. Auditar custodia física, inventarios, codificación y recuento de bienes.

8. Auditar el cumplimiento de la normativa vigente aplicable al Organismo en cuanto a la Contabilidad Pública.

2 - Auditor Operacional y de Sistemas:

A - Responsabilidad Primaria:

a - Actuar en coordinación técnica con los distintos niveles estructurales del Organismo, con énfasis en la determinación de la solidez del control sobre las operaciones, en comunicación interdisciplinaria con el equipo de la Unidad de Auditoría encaminada a evaluar la Eficacia, Eficiencia y Economía de la gestión operativa, en lo que hace al objetivo institucional.

b - Intervenir en la elaboración del Plan Anual de Auditoría, asesorando e incorporando actividades desde el punto de vista de su competencia.

B - Acciones:

1. Asesorar a las diversas áreas de la Organización en las materias que le son propias.

2. Programar anualmente las tareas del área, clasificando los proyectos y evaluando los riesgos de auditoría.

3. Examinar y determinar la solidez del control de las operaciones.

4. Evaluar la eficacia, eficiencia y economía de las actividades operativas independientemente de que las mismas se estén efectuando conforme a la normativa vigente, efectuando la propuesta de recomendación al auditor responsable.

5. Evaluar el cumplimiento de planes y metas y generar las principales recomendaciones para actualizar y/o adecuar los procedimientos y circuitos administrativos en uso.

6. Realizar y participar en auditorías integrales, que abarquen las actividades desarrolladas en el Organismo.

7. Proyectar informes requeridos por las autoridades superiores.

8. Participar en el seguimiento de las recomendaciones de auditoría.

9. Examinar y evaluar las actividades desarrolladas con relación a los sistemas y recursos de información vigentes en la organización.

10. Realizar auditorías referidas a los sistemas de información y a los recursos informáticos, así como a la confiabilidad y consistencia de la información producida.

11. Analizar la información registrada en los archivos para comprobar su seguridad, auditabilidad y control.

12. Evaluar el cumplimiento de normas sobre estudio de factibilidad tecnológica y adquisición de equipamiento y software.

13. Evaluar el cumplimiento de controles sobre seguridad lógica y física y la disponibilidad de recursos y datos.

14. Evaluar la consistencia y aptitud de los indicadores de gestión como instrumento de mejora de las decisiones superiores.

15. Realizar las auditorías programadas o solicitadas por la autoridad competente y emitir los informes en tiempo y forma según sean solicitados.

3 - Auditor Legal:

A - Responsabilidad Primaria:

a - Actuar en coordinación técnica con los distintos niveles estructurales del Organismo, con énfasis en la determinación de la solidez del control sobre las operaciones, en comunicación interdisciplinaria con el equipo de la Unidad de Auditoría encaminada a evaluar la Eficacia, Eficiencia y Economía de la gestión operativa, la que hace el objetivo institucional.

b - Asistir y controlar en todo lo relativo a asuntos de carácter jurídico a fin de brindar respaldo legal al Organismo en cuestiones de su competencia.

c - Intervenir en la elaboración del Plan Anual de Auditoría, asesorando e incorporando actividades desde el punto de vista de su competencia.

B - Acciones:

1. Asesorar a las diversas áreas de la Organización en las materias que le son propias.

2. Programar anualmente las tareas del área, clasificando los proyectos y evaluando los riesgos de auditoría.

3. Opinar sobre la interpretación de las normas vigentes por parte del órgano de asesoramiento jurídico del organismo, controlando la uniformidad de los criterios de interpretación de las ya vigentes, a efectos de asegurar su aplicación de manera uniforme en el Organismo.

4. Controlar preventivamente los anteproyectos de leyes, decretos, resoluciones y normas complementarias en lo relacionado con el aspecto técnico-jurídico.

5. Evaluar y analizar los proyectos de resolución en recursos de reconsideración y jerárquicos, así como los dictámenes jurídicos previos y los actos administrativos correspondientes, efectuando las recomendaciones que considere pertinentes al Auditor Responsable.

6. Efectuar los estudios de la documentación requerida para la participación del Organismo en asuntos de interés legal compartido con otros Organismos.

7. Verificar y controlar la recopilación y análisis de la información necesaria a efectos de la instrucción de sumarios administrativos.

8. Controlar y efectuar el seguimiento del tratamiento de todo tipo de solicitudes por parte de los adjudicatarios o beneficiarios de las distintas operatorias del Organismo, verificando el cumplimiento de los requisitos establecidos para cada caso por la normativa vigente, como así también que se efectúen las verificaciones pertinentes respecto del cumplimiento de las obligaciones de los solicitantes.

9. Controlar el tratamiento y el otorgamiento de planes de refinanciación de deudas, así como el seguimiento de su cumplimiento.

10. Controlar la legalidad de la totalidad de los procedimientos y circuitos administrativos aplicados por todas las áreas del Organismo.

4 - Auditor Técnico y Social:

A - Responsabilidad Primaria:

a - Actuar en coordinación técnica con el nivel estructural que corresponda, contratistas y/o proveedores, en comunicación interdisciplinaria con el equipo de la Unidad de Auditoría a los fines de evitar y/o disminuir los vicios en las Obras encaradas por la Comisión Municipal de la Vivienda.

b - Intervenir en la elaboración del Plan Anual de auditoría, asesorando e incorporando actividades desde el punto de vista de su competencia.

B - Acciones:

a - Sub-área técnica:

1. Realizar las auditorías programadas o solicitadas por la autoridad competente y emitir los informes en tiempo y forma según sean solicitados.

2. Programar anualmente las tareas del área, clasificando los proyectos y evaluando los riesgos de auditoría.

3. Asesorar a las diversas áreas de la Organización en las materias que le son propias.

4. Participar en las auditorías integrales.

5. Controlar técnicamente la confección de Pliegos de Bases y Condiciones de las Licitaciones relacionadas con la provisión de materiales, refacción, construcción, urbanización y calidad ambiental en el ámbito de competencia de la Comisión Municipal de la Vivienda, conforme a las disposiciones correspondientes al origen de los fondos empleados, efectuando las recomendaciones que estime pertinentes al Auditor Responsable.

6. Controlar la evaluación de las ofertas y analizar la calidad y antecedentes técnicos de los oferentes sobre obras y/o provisiones similares.

7. Analizar la factibilidad de ejecución de las proyecciones presentadas y las desviaciones probables en la ejecución, sugiriendo las correcciones y/o ajustes al plan de trabajos e inversiones que considere pertinentes a los fines del cumplimiento eficiente y eficaz de la contratación.

8. Verificar la factibilidad técnica de las modificaciones de proyecto que importen alteraciones en el Proyecto inicial y/o en el monto contractual.

9. Realizar el control de las tareas de inspección de las obras, para lo cual tendrá, en cualquier momento, libre acceso a los obradores, depósitos y oficinas del Contratista en la obra, a los efectos de supervisar los trabajos efectuados y en ejecución, los materiales, maquinarias y demás enseres afectados al desarrollo de la obra.

10. Controlar en cada obra los registros de Actas, de órdenes de Servicio, de Notas de Pedidos, de Mediciones y el Libro Diario. Documentación toda que deberá estar correctamente encuadernada, foliada y en la cantidad y confección que se indique.

11. Analizar mensualmente los certificados de obra en lo que respecta a cantidades, materiales, grado de avance, coincidencia con lo proyectado y grado de desviación.

12. Verificar, según sea el caso, el plan de acopio y la deducción correspondiente en cada certificado.

b - Sub-área Social:

1. Controlar, en lo vinculado al componente social, el diseño y evaluación de las diferentes operatorias, proyectos y programas del Organismo.

2. Realizar tareas de supervisión y control de los relevamientos censales y todo otro operativo tendiente a la recolección de datos realizado por la CMV.

3. Evaluar las metodologías utilizadas por el área social y proponer los ajustes tendientes a lograr economía, eficacia y eficiencia en las tareas.

4. Identificar y proponer los objetivos, políticas y acciones contempladas en materia social como complemento necesario de la política habitacional del organismo.

5. Evaluar la ejecución de las propuestas y proyectos sociales presentadas por las entidades participantes de las diferentes operatorias.

6. Controlar el desempeño, en el área de competencia, de las organizaciones sociales solicitantes de créditos.

7. Proponer la implementación de metodologías y acciones de intervención social que mejoren el impacto de las políticas habitacionales.

8. Realizar el seguimiento y monitoreo de las acciones que en materia social se desarrollen en todo el ámbito de la CMV a fin de elevar propuestas de rediseño de las políticas e instrumentos que mejoren el impacto de las mismas.

9. Evaluar el impacto social de las acciones desarrolladas, elevando las recomendaciones pertinentes al Auditor Responsable.

10. Establecer estándares de calidad de las intervenciones sociales.

11. Evaluar la asignación y adjudicación de proyectos del Organismo vinculados con otras áreas sociales de gestión externas.

12. Detectar las deficiencias y debilidades operacionales en materia social, proponiendo acciones correctivas para convertirlas en fortalezas y oportunidades.

13. Coordinar acciones con otras áreas relacionadas con las temáticas sociales.

14. Verificar la existencia y funcionamiento de un canal, ágil y confiable, de distribución de la información socioeconómico demográfica de la población beneficiaria de las diferentes operatorias, elevando las recomendaciones que resultaren necesarias.


ANEXOS

ANEXO

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ANEXO II

Auditor Responsable:

1.- Responsabilidad Primaria:

a.- Actuar como nexo de coordinación técnica y comunicación con la Sindicatura General de la Ciudad de Buenos Aires en lo referente a la planificación y realización de las auditorías, la emisión y control de informes y la captación de las necesidades de normalización y capacitación.

b.- Planificar y realizar las auditorías contable, financiera, legal, de gestión y de infraestructura. Emitir y controlar los informes.

c.- Informar y transmitir a la autoridad competente de la Comisión Municipal de la Vivienda y/o a la Sindicatura General de la Ciudad de Buenos Aires, según corresponda, toda necesidad de normativa relevada en el Organismo, quienes dispondrán sobre su emisión a través de la autoridad de competencia.

d.- Conducir y evaluar el seguimiento de las recomendaciones efectuadas al Organismo por la Sindicatura General de la Ciudad de Buenos Aires y por la Unidad de Auditoría Interna.

2.- Acciones:

1. Confeccionar y elevar a la Sindicatura General de la Ciudad de Buenos Aires el Plan Anual de Auditoría.

2. Realizar los procedimientos de control de gestión, contable y normativo.

3. Realizar los procedimientos de cierre de ejercicio.

4. Identificar los objetivos, políticas y procedimientos organizacionales aún no definidos.

5. Identificar criterios para la medición del logro de los objetivos organizacionales.

6. Identificar las necesidades de capacitación y formación profesional en el ejercicio de las distintas funciones y proponer acciones de reconversión y recalificación del personal afectado a las distintas tareas.

7. Identificar las áreas críticas, problemáticas y las causas que las originan.

8. Identificar las áreas que contribuyen a un posible aumento de ingresos y/o reducción de gastos.

9. Identificar cursos alternativos de acción.

10. Evaluar programas, operatorias y operaciones específicas, en forma independiente y objetiva.

11. Evaluación del cumplimiento de los objetivos, políticas y procedimientos organizacionales.

12. Elevar las recomendaciones correspondientes a las autoridades de competencia.

13. Actuar como nexo de coordinación técnica y comunicación entre las autoridades de la Comisión Municipal de la Vivienda y la Sindicatura General de la Ciudad de Buenos Aires.

14. Comunicar las necesidades de normativa detectadas a las Autoridades del Organismo y/o a la Sindicatura General de la Ciudad de Buenos Aires a los fines de disponer su emisión a través de la autoridad de competencia.

15. Elevar a la autoridad competente de la Comisión Municipal de la Vivienda y a la Sindicatura General de la Ciudad de Buenos Aires los informes de avance, preliminares y finales sobre estados contables y cumplimiento del control interno en el Organismo, con el consecuente seguimiento.

16. Analizar los Informes de Auditoría recibidos de los Organismos de Control competentes y, en caso de corresponder, recomendar a la Subsecretaría y/o al Directorio la adopción de las medidas sugeridas en los Informes citados.

17. Poner en conocimiento directo del Directorio y/o de los Órganos Constitucionales de Control de la Ciudad de Buenos Aires toda irregularidad y/o riesgo de auditoría que, atento a su relevancia, considere pertinente.

ANEXO III

Auditores:

1 - Auditor Contable:

A - Responsabilidad Primaria:

a - Actuar en coordinación técnica con los distintos niveles estructurales del Organismo en materia presupuestaria, contable, económica, financiera y patrimonial; en comunicación interdisciplinaria con el equipo de la Unidad de Auditoría encaminada a evaluar la Eficacia, Eficiencia y Economía de la gestión institucional.

b - Intervenir en la elaboración del Plan Anual de Auditoría, asesorando e incorporando actividades desde el punto de vista de su competencia.

B - Acciones:

1. Asesorar a las diversas áreas de la Organización en las materias que le son propias.

2. Programar anualmente las tareas del área, clasificando los proyectos y evaluando los riesgos de auditoría.

3. Realizar y participar en auditorías integrales, que abarquen las actividades desarrolladas en el Organismo.

4. Examinar las operaciones habituales del Organismo y determinar la solidez del control de las mismas en el ámbito de su competencia.

5. Formular recomendaciones y/u observaciones y efectuar el seguimiento y verificación de las correcciones propuestas en el momento que se considere pertinente, a los fines de no incumplir las normas previstas en materia presupuestaria, contable, económica, financiera y patrimonial.

6. Ejecutar auditorías contables de acuerdo al Plan Anual de Auditoría, programando la aplicación de los métodos y procedimientos más adecuados a cada caso.

7. Auditar custodia física, inventarios, codificación y recuento de bienes.

8. Auditar el cumplimiento de la normativa vigente aplicable al Organismo en cuanto a la Contabilidad Pública.

2 - Auditor Operacional y de Sistemas:

A - Responsabilidad Primaria:

a - Actuar en coordinación técnica con los distintos niveles estructurales del Organismo, con énfasis en la determinación de la solidez del control sobre las operaciones, en comunicación interdisciplinaria con el equipo de la Unidad de Auditoría encaminada a evaluar la Eficacia, Eficiencia y Economía de la gestión operativa, en lo que hace al objetivo institucional.

b - Intervenir en la elaboración del Plan Anual de Auditoría, asesorando e incorporando actividades desde el punto de vista de su competencia.

B - Acciones:

1. Asesorar a las diversas áreas de la Organización en las materias que le son propias.

2. Programar anualmente las tareas del área, clasificando los proyectos y evaluando los riesgos de auditoría.

3. Examinar y determinar la solidez del control de las operaciones.

4. Evaluar la eficacia, eficiencia y economía de las actividades operativas independientemente de que las mismas se estén efectuando conforme a la normativa vigente, efectuando la propuesta de recomendación al auditor responsable.

5. Evaluar el cumplimiento de planes y metas y generar las principales recomendaciones para actualizar y/o adecuar los procedimientos y circuitos administrativos en uso.

6. Realizar y participar en auditorías integrales, que abarquen las actividades desarrolladas en el Organismo.

7. Proyectar informes requeridos por las autoridades superiores.

8. Participar en el seguimiento de las recomendaciones de auditoría.

9. Examinar y evaluar las actividades desarrolladas con relación a los sistemas y recursos de información vigentes en la organización.

10. Realizar auditorías referidas a los sistemas de información y a los recursos informáticos, así como a la confiabilidad y consistencia de la información producida.

11. Analizar la información registrada en los archivos para comprobar su seguridad, auditabilidad y control.

12. Evaluar el cumplimiento de normas sobre estudio de factibilidad tecnológica y adquisición de equipamiento y software.

13. Evaluar el cumplimiento de controles sobre seguridad lógica y física y la disponibilidad de recursos y datos.

14. Evaluar la consistencia y aptitud de los indicadores de gestión como instrumento de mejora de las decisiones superiores.

15. Realizar las auditorías programadas o solicitadas por la autoridad competente y emitir los informes en tiempo y forma según sean solicitados.

3 - Auditor Legal:

A - Responsabilidad Primaria:

a - Actuar en coordinación técnica con los distintos niveles estructurales del Organismo, con énfasis en la determinación de la solidez del control sobre las operaciones, en comunicación interdisciplinaria con el equipo de la Unidad de Auditoría encaminada a evaluar la Eficacia, Eficiencia y Economía de la gestión operativa, la que hace el objetivo institucional.

b - Asistir y controlar en todo lo relativo a asuntos de carácter jurídico a fin de brindar respaldo legal al Organismo en cuestiones de su competencia.

c - Intervenir en la elaboración del Plan Anual de Auditoría, asesorando e incorporando actividades desde el punto de vista de su competencia.

B - Acciones:

1. Asesorar a las diversas áreas de la Organización en las materias que le son propias.

2. Programar anualmente las tareas del área, clasificando los proyectos y evaluando los riesgos de auditoría.

3. Opinar sobre la interpretación de las normas vigentes por parte del órgano de asesoramiento jurídico del organismo, controlando la uniformidad de los criterios de interpretación de las ya vigentes, a efectos de asegurar su aplicación de manera uniforme en el Organismo.

4. Controlar preventivamente los anteproyectos de leyes, decretos, resoluciones y normas complementarias en lo relacionado con el aspecto técnico-jurídico.

5. Evaluar y analizar los proyectos de resolución en recursos de reconsideración y jerárquicos, así como los dictámenes jurídicos previos y los actos administrativos correspondientes, efectuando las recomendaciones que considere pertinentes al Auditor Responsable.

6. Efectuar los estudios de la documentación requerida para la participación del Organismo en asuntos de interés legal compartido con otros Organismos.

7. Verificar y controlar la recopilación y análisis de la información necesaria a efectos de la instrucción de sumarios administrativos.

8. Controlar y efectuar el seguimiento del tratamiento de todo tipo de solicitudes por parte de los adjudicatarios o beneficiarios de las distintas operatorias del Organismo, verificando el cumplimiento de los requisitos establecidos para cada caso por la normativa vigente, como así también que se efectúen las verificaciones pertinentes respecto del cumplimiento de las obligaciones de los solicitantes.

9. Controlar el tratamiento y el otorgamiento de planes de refinanciación de deudas, así como el seguimiento de su cumplimiento.

10. Controlar la legalidad de la totalidad de los procedimientos y circuitos administrativos aplicados por todas las áreas del Organismo.

4 - Auditor Técnico y Social:

A - Responsabilidad Primaria:

a - Actuar en coordinación técnica con el nivel estructural que corresponda, contratistas y/o proveedores, en comunicación interdisciplinaria con el equipo de la Unidad de Auditoría a los fines de evitar y/o disminuir los vicios en las Obras encaradas por la Comisión Municipal de la Vivienda.

b - Intervenir en la elaboración del Plan Anual de auditoría, asesorando e incorporando actividades desde el punto de vista de su competencia.

B - Acciones:

a - Sub-área técnica:

1. Realizar las auditorías programadas o solicitadas por la autoridad competente y emitir los informes en tiempo y forma según sean solicitados.

2. Programar anualmente las tareas del área, clasificando los proyectos y evaluando los riesgos de auditoría.

3. Asesorar a las diversas áreas de la Organización en las materias que le son propias.

4. Participar en las auditorías integrales.

5. Controlar técnicamente la confección de Pliegos de Bases y Condiciones de las Licitaciones relacionadas con la provisión de materiales, refacción, construcción, urbanización y calidad ambiental en el ámbito de competencia de la Comisión Municipal de la Vivienda, conforme a las disposiciones correspondientes al origen de los fondos empleados, efectuando las recomendaciones que estime pertinentes al Auditor Responsable.

6. Controlar la evaluación de las ofertas y analizar la calidad y antecedentes técnicos de los oferentes sobre obras y/o provisiones similares.

7. Analizar la factibilidad de ejecución de las proyecciones presentadas y las desviaciones probables en la ejecución, sugiriendo las correcciones y/o ajustes al plan de trabajos e inversiones que considere pertinentes a los fines del cumplimiento eficiente y eficaz de la contratación.

8. Verificar la factibilidad técnica de las modificaciones de proyecto que importen alteraciones en el Proyecto inicial y/o en el monto contractual.

9. Realizar el control de las tareas de inspección de las obras, para lo cual tendrá, en cualquier momento, libre acceso a los obradores, depósitos y oficinas del Contratista en la obra, a los efectos de supervisar los trabajos efectuados y en ejecución, los materiales, maquinarias y demás enseres afectados al desarrollo de la obra.

10. Controlar en cada obra los registros de Actas, de órdenes de Servicio, de Notas de Pedidos, de Mediciones y el Libro Diario. Documentación toda que deberá estar correctamente encuadernada, foliada y en la cantidad y confección que se indique.

11. Analizar mensualmente los certificados de obra en lo que respecta a cantidades, materiales, grado de avance, coincidencia con lo proyectado y grado de desviación.

12. Verificar, según sea el caso, el plan de acopio y la deducción correspondiente en cada certificado.

b - Sub-área Social:

1. Controlar, en lo vinculado al componente social, el diseño y evaluación de las diferentes operatorias, proyectos y programas del Organismo.

2. Realizar tareas de supervisión y control de los relevamientos censales y todo otro operativo tendiente a la recolección de datos realizado por la CMV.

3. Evaluar las metodologías utilizadas por el área social y proponer los ajustes tendientes a lograr economía, eficacia y eficiencia en las tareas.

4. Identificar y proponer los objetivos, políticas y acciones contempladas en materia social como complemento necesario de la política habitacional del organismo.

5. Evaluar la ejecución de las propuestas y proyectos sociales presentadas por las entidades participantes de las diferentes operatorias.

6. Controlar el desempeño, en el área de competencia, de las organizaciones sociales solicitantes de créditos.

7. Proponer la implementación de metodologías y acciones de intervención social que mejoren el impacto de las políticas habitacionales.

8. Realizar el seguimiento y monitoreo de las acciones que en materia social se desarrollen en todo el ámbito de la CMV a fin de elevar propuestas de rediseño de las políticas e instrumentos que mejoren el impacto de las mismas.

9. Evaluar el impacto social de las acciones desarrolladas, elevando las recomendaciones pertinentes al Auditor Responsable.

10. Establecer estándares de calidad de las intervenciones sociales.

11. Evaluar la asignación y adjudicación de proyectos del Organismo vinculados con otras áreas sociales de gestión externas.

12. Detectar las deficiencias y debilidades operacionales en materia social, proponiendo acciones correctivas para convertirlas en fortalezas y oportunidades.

13. Coordinar acciones con otras áreas relacionadas con las temáticas sociales.

14. Verificar la existencia y funcionamiento de un canal, ágil y confiable, de distribución de la información socioeconómico demográfica de la población beneficiaria de las diferentes operatorias, elevando las recomendaciones que resultaren necesarias.