DECRETO 191 2019

Síntesis:

CONCEDE SUBSIDIO - CASA DEL TEATRO DE PROTECCIÓN RECÍPROCA - MINISTERIO DE CULTURA - OTORGAMIENTO DE SUBSIDIO

Publicación:

05/06/2019

Sanción:

31/05/2019

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


VISTO: El Decreto N° 336/16 y el Expediente Electrónico EX-2019-15424110-GCABA-

DGTALMC, y

CONSIDERANDO:

Que la "Casa del Teatro de Protección Recíproca" es una entidad de bien común, que

tiene por objeto no sólo el desarrollo de actividades vinculadas a lo artístico, sino

también la solidaridad social y la ayuda recíproca entre sus asociados, contribuyendo

a su bienestar material, a través del albergue, la manutención y la asistencia médica;

Que el cumplimiento de dichos objetivos, implica afrontar los gastos derivados de

ellos, como así también los costos de los servicios básicos de luz, gas, teléfono, entre

otros, y el mantenimiento general del edificio que posee más de 80 años de

antigüedad;

Que la mencionada entidad, cumple sus fines con las contribuciones y donaciones de

terceros que desean colaborar con ella;

Que los fines y objetivos de la "Casa del Teatro de Protección Recíproca", resultan de

interés para el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que mediante el Decreto N° 336/16, se otorgó a favor de la mencionada entidad un

subsidio mensual;

Que con la finalidad de que la "Casa del Teatro de Protección Recíproca" continúe

desarrollando sus objetivos, el Ministerio de Cultura propicia el otorgamiento de un

subsidio anual por la suma total de pesos dos millones ($ 2.000.000);

Que conforme lo expresado corresponde conceder un subsidio anual por la suma

mencionada, y en consecuencia derogar el Decreto N° 336/16.

Por ello y en uso de las atribuciones y facultades conferidas por los artículos 102 y 104

inciso 17 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA

Artículo 1°.- Concédase a la "Casa del Teatro de Protección Recíproca", a partir del 1°

enero de 2019, en carácter de subsidio anual la suma total de pesos dos millones ($

2.000.000).

Artículo 2°.- Facultase al señor Ministro de Cultura a autorizar las liquidaciones

correspondientes de conformidad con el plan de trabajo a presentar por la mencionada

entidad.

Artículo 3°.- El gasto que demande el presente Decreto será imputado a la partida

presupuestaria correspondiente al ejercicio en vigor.

Artículo 4°.- Derógase el Decreto N° 336/16

Artículo 5°.- El presente Decreto es refrendado por los señores Ministros de Cultura y

de Economía y Finanzas, y por el Jefe de Gabinete de Ministros.

Artículo 6°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires.

Comuníquese a la Direcciones Generales de Contaduría y de Tesorería, ambas del

Ministerio de Economía y Finanzas, y para su conocimiento, notificación a la

interesada, y demás efectos, pase al Ministerio de Cultura. Cumplido, archívese.

RODRÍGUEZ LARRETA - Avogadro - Mura - Miguel

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

COMPLEMENTADA POR
<p>Art 1° Resolucion 1404-MCGC-21 aprueba procedimiento atinente a la presentación de solicitud de subsidio, su otorgamiento y rendición de cuentas, a favor de LA CASA DEL TEATRO<br />DE PROTECCIÓN RECÍPROCA,</p>
DEROGA
<p>Art. 4 Decreto 191-19 deroga Decreto 336-16.</p>