DECRETO 834 1996

Síntesis:

APRUEBA A PARTIR DEL 1° DE DICIEMBRE DE 1996 Y HASTA EL 31 DE MARZO DE 1997, LA DOTACIÓN DE PLANTA DE PERSONAL TRANSITORIO DE LA UPE "VIGILANCIA RESERVA ECOLÓGICA"

Publicación:

29/01/1997

Sanción:

30/12/1996

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


Visto el Expediente N° 88.651-96, el Régimen de Personal de Planta Transitoria aprobado por Decreto N° 1.469-94 para distintas áreas del Departamento Ejecutivo, y

CONSIDERANDO:

Que la Subsecretaría General tiene a su cargo la Vigilancia de la Reserva Ecológica;

Que la misma se ha transformado en un paseo público al que concurre gran cantidad de público durante los fines de semana, y que con motivo del próximo período vacacional, se espera se incremente la concurrencia de los visitantes dado el carácter gratuito de dicho paseo;

Que actualmente la Reserva cuenta con un reducido plantel para atender una vasta superficie, manejando las telecámaras, realizando las patrullas por la zona y sobre todo actuando en el manejo de un eventual incendio;

Que a fin de asegurar el cumplimiento de las tareas asignadas, la mencionada Subsecretaría propicia la implementación de una Planta de Personal Transitorio, en las condiciones establecidas por el mencionado Decreto N° 1.469-94;

Por ello y en uso de las facultades legales que le son propias (artículo 104, inciso 9° de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires),

EL JEFE DE GOBIERNO
DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
DECRETA:

Artículo 1° - Apruébase a partir del 1° de diciembre de 1996 y hasta el 31 de marzo de 1997, la dotación de Planta de Personal Transitorio de la UPE "Vigilancia Reserva Ecológica", dependiente de la Subsecretaría General, consistente en la cantidad de treinta (30) cargos del Grupo “G-01”, en las condiciones establecidas por el Régimen aprobado por Decreto N° 1.469-94.

Art. 2° - Facúltase al señor Subsecretario General para de­signar, cesar o dejar sin efecto las designaciones del Personal Transitorio incorporado conforme al presente decreto.

Art. 3° - El personal designado en la planta que se aprueba por el presente carecerá de estabilidad y su cese podrá disponer­se sin expresión de causa.

Art. 4° - La Dirección General de Planificación Presupuesta­ria tomará los recaudos necesarios para la atención del gasto ocasionado por aplicación del presente.

Art. 5° - El presente decreto será refrendado por el señor Secretario de Hacienda y Finanzas.

Art. 6° - Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su conocimiento y demás efec­tos pase a la Dirección General Administración de Recursos Humanos. Cumplido, archívese.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

REFERENCIA
Dto 834-GCBA-96, Arts. 1° referencia al Dto. 1469-94