DISPOSICIÓN 11 2019 DIRECCION GENERAL PLANIFICACION DE INTERVENCIONES EN VIAS PEATONALES
Síntesis:
SE MODIFICA LA DISPOSICIóN N° 79-DGPIVP/18
Publicación:
07/06/2019
Sanción:
21/02/2019
Organismo:
DIRECCION GENERAL PLANIFICACION DE INTERVENCIONES EN VIAS PEATONALES
"2019 -Año del 25° Aniversario del reconocimiento de la autonomía de la Ciudad de Buenos Aires"
VISTO: La Ley N° 5.901, los Decretos Nro. 81/18 y 217/18, la Resolución Nro.
540/MAYEPGC/18, Disposiciones Nros. 239/DGCAR/18 y 79/DGPIVP/18 y el
Expediente Electrónico N° 2018-29939313- -MGEYA-DGCAR y
CONSIDERANDO:
Que, en virtud de lo establecido en la Disposición N° 79/DGPIVP/18, Agua y
Saneamientos Argentinos Sociedad Anónima, CUIT N° 30-70956507-5 (en adelante,
AYSA), sólo debe ejecutar los cierres mecánicos de las aperturas que realice en el
marco de lo establecido por la Ley N° 5.901 quedando en poder del Gobierno de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires la ejecución de los cierres definitivos con costas a
la empresa solicitante;
Que dicha obligación se extiende dentro del polígono delimitado entre las calles Av.
Corrientes, Av. Leandro N. Alem, Av. Rivadavia y San Martín;
Que, de conformidad con lo informado por la Gerencia Operativa Planificación,
dependiente de esta Dirección General, atento a los eficientes resultados obtenidos en
los últimos meses como consecuencia de la aplicación del mecanismo arriba indicado,
resulta propicio ampliar el polígono en el que el Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires realizará los cierres de las intervenciones de AYSA a la zona
comprendida entre las calles Av. Leandro N. Alem, Carlos Pellegrini, Av. Rivadavia y
Av. Córdoba de esta Ciudad;
Que, del análisis realizado, se constata que el Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires cuenta con medios suficientes para realizar este tipo de trabajos con
mayor eficiencia que la aludida empresa prestataria de servicios públicos, a través de
la Licitación Pública vigente en materia de ejecución de veredas;
Que no existe óbice jurídico para reformar la Disposición N° 79/DGPIVP/18 ya que no
se afectan derechos subjetivos adquiridos por parte de los administrados;
Que, por último, en virtud de las competencias otorgadas por la Resolución N°
540/MAYEPGC/18 esta Dirección General se reserva la facultad de ampliar
nuevamente el polígono involucrado a nuevas áreas de la Ciudad;
Que la Dirección General Planificación de Intervenciones en Vías Peatonales de la
Subsecretaría de Vías Peatonales del Ministerio de Ambiente y Espacio Público del
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires es competente para el dictado del
presente acto por tener entre sus responsabilidades primarias la de planificar y
coordinar las intervenciones en vías peatonales realizadas por el Gobierno, las
empresas de servicios públicos, los frentistas y otros actores conforme lo dispuesto
por el Decreto N° 217/18;
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,
EL DIRECTOR GENERAL
PLANIFICACIÓN DE INTERVENCIONES EN VÍAS PEATONALES
DISPONE
"2019 -Año del 25° Aniversario del reconocimiento de la autonomía de la Ciudad de Buenos Aires"
ARTÍCULO 1°.- Modifícase el Artículo 1° de la Disposición N° 79/DGPIVP/18, el que
quedará redactado de la siguiente forma:
"Establécese que para todo tipo de apertura realizada en el marco de la Ley N° 5.901
en el polígono delimitado conforme el ANEXO I (IF-2019-06497469-GCABA-DGPIVP)
de la presente, AGUA Y SANEAMIENTOS ARGENTINOS SOCIEDAD ANÓNIMA,
CUIT N° 30-70956507-5, solo deberá ejecutar el cierre mecánico al finalizar los
trabajos, siendo los cierres definitivos ejecutados por el Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires con costas a la empresa solicitante."
ARTÍCULO 2°.- Publíquese, notifíquese a AYSA y comuníquese a la Gerencia
Operativa Permisos de Apertura en el Espacio Público, a la Gerencia Operativa
Planificación, a la Dirección General Obras en Vías Peatonales, a la Dirección General
Fiscalización de Vías Peatonales y a la Dirección General Coordinación Administrativa
y Registros, cumplido archívese. Bruzoni