RESOLUCIÓN 141 2019 F/N ENTE DE TURISMO LEY 2627

Síntesis:

SE APRUEBA Y ADJUDICA LA LICITACIóN PúBLICA NACIONAL E INTERNACIONAL DE ETAPA MúLTIPLE PARA LA CONCESIóN DE LA PRESTACIóN DEL SERVICIO DE CIRCUITOS TURíSTICOS DE LA CIUDAD AUTóNOMA DE BUENOS AIRES

Publicación:

26/06/2019

Sanción:

21/06/2019

Organismo:

F/N ENTE DE TURISMO LEY 2627


"2019 -Año del 25° Aniversario del reconocimiento de la autonomía de la Ciudad de Buenos Aires"

VISTO: La Ley N° 2.627, la Ley 5.960, la Ley N° 2.095 (Textos consolidados por Ley

N° 6.017), el Decreto N° 326/17, las Resoluciones Nros. 224-ENTUR/18, N° 286-

ENTUR/18 y N° 121-ENTUR/19, el Informe N° 17741795-DGTALET/19, el Expediente

Electrónico N° 09039581-ENTUR/18 y,

CONSIDERANDO:

Que por el Expediente de referencia tramita la Licitación Pública Nacional e

Internacional de Etapa Múltiple para la Concesión de la prestación del Servicio de

Circuitos Turísticos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a través de Vehículos de

Transporte Terrestre;

Que la Ley N° 2.095 (Texto consolidado por Ley N° 6.017) y su Decreto

Reglamentario, establecen las normas básicas que contienen los lineamientos que

debe observar el Sector Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en los

procesos de compras, ventas y contrataciones de bienes y servicios;

Que mediante la Resolución N° 224-ENTUR/18 se han aprobado los Pliegos de Bases

y Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas que en un todo, forman

parte integrante del plexo normativo que rige la Licitación de marras;

Que del Articulo 33 del mencionado Pliego se desprende que, a partir del día siguiente

al Acto de Apertura, y durante los cinco (5) días posteriores a cada uno de los

mencionados Actos de Apertura, las ofertas serán exhibidas en la sede del Organismo

Licitante a los fines de que todos los oferentes puedan examinarlas y formular

eventuales observaciones, las que deben ser efectuadas dentro de los cinco (5) días

posteriores al vencimiento del termino mencionado;

Que, tal como se desprende del Articulo 35 del Pliego de Bases y Condiciones

Particulares que rige la Licitación Pública en cuestión, la documentación contenida en

los Sobres N° 1 y N° 2 será analizada por la Comisión de Evaluación de Ofertas,

designada por Resolución N° 286-ENTUR/18;

Que mediante la Resolución N° 121-ENTUR/19 se ha aprobado la Preselección de

Ofertas y se ha llamado a la apertura del Sobre N° 2 (interior) "Oferta Económica",

hecho acaecido el día 20 de mayo del corriente;

Que los funcionarios designados al efecto, han procedido a la apertura del Sobre N° 2

(interior), del proceso en cuestión, conforme da cuenta el Informe N° 16277016-

DGTALET/19;

Que los integrantes de la Comisión de Evaluación de Ofertas designados mediante

Resolución N° 286-ENTUR/19, han constatado que las Ofertas económicas

presentadas por ROTAMUND S.R.L. / EMP. GRAL. URQUIZA S.R.L. / EMP. DE

TRANSPORTES SIERRAS DE CÓRDOBA S.A.C.I.I.A. - COMPROMISO DE UT y

DIVISIÓN INDUSTRIAL S.A. / AV&MV S.R.L. / CONDOMINIOS S.A. - COMPROMISO

DE UT, se encuentran dentro de los parámetros establecidos en los Pliegos que rigen

la contratación en análisis, emitiendo en consecuencia el correspondiente Dictamen de

Preadjudicacion, Informe N° 17741795-DGTALET/19;

Que en el mismo se aconseja la Adjudicación del Renglón 1 a la Oferta presentada por

"2019 -Año del 25° Aniversario del reconocimiento de la autonomía de la Ciudad de Buenos Aires"

la firma DIVISIÓN INDUSTRIAL S.A. / AV&MV S.R.L. / CONDOMINIOS S.A. -

COMPROMISO DE UT, aceptando el canon ofertado por la suma de PESOS

VEINTISÉIS MILLONES CON 00/100 ($ 26.000.000,00);

Que asimismo se aconseja la Adjudicación del Renglón 2 a la Oferta presentada por la

firma ROTAMUND S.R.L. / EMP. GRAL. URQUIZA S.R.L. / EMP. DE TRANSPORTES

SIERRAS DE CÓRDOBA S.A.C.I.I.A. - COMPROMISO DE UT aceptando el canon

ofertado por la suma de PESOS VEINTICUATRO MILLONES CON 00/100 ($

24.000.000,00);

Que la Procuración General de esta Ciudad ha tomado debida intervención en el

marco de las competencias establecidas en la Ley N° 1.218 (Texto consolidado por

Ley N° 6.017);

Que además ha tomado intervención la Gerencia Operativa Asuntos Legales en el

ámbito de su competencia.

Por ello y en uso de las competencias que le son propias por la Ley N° 2.095 (Texto

consolidado por Ley N ° 6.017) y su Decreto Reglamentario N° 168/19,

EL PRESIDENTE DEL ENTE DE TURISMO

DEL GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE:

Artículo 1°.- Apruébase la Licitación Pública Nacional e Internacional de Etapa Múltiple

para la Concesión de la prestación del Servicio de Circuitos Turísticos de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires a través de Vehículos de Transporte Terrestre.

Artículo 2°.- Adjudícase el Renglón 1 a la firma DIVISIÓN INDUSTRIAL S.A. / AV&MV

S.R.L. / CONDOMINIOS S.A. - COMPROMISO DE UT, aceptando el canon ofertado

por la suma de PESOS VEINTISÉIS MILLONES CON 00/100 ($ 26.000.000,00)

conforme el Dictamen de Preadjudicación, Informe N° 17741795-DGTALET/19.

Artículo 3°.- Adjudícase el Renglón 2 a la firma ROTAMUND S.R.L. / EMP. GRAL.

URQUIZA S.R.L. / EMP. DE TRANSPORTES SIERRAS DE CÓRDOBA S.A.C.I.I.A. -

COMPROMISO DE UT aceptando el canon ofertado por la suma de PESOS

VEINTICUATRO MILLONES CON 00/100 ($ 24.000.000,00) conforme el Dictamen de

Preadjudicación Informe N° 17741795-DGTALET/19.

Artículo 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires por el plazo

de 2 (dos) días, en el sitio web del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

en el sitio web Organización de las Naciones Unidas denominado UN Development

Business. Notifíquese a la firma DIVISIÓN INDUSTRIAL S.A. / AV&MV S.R.L. /

CONDOMINIOS S.A. - COMPROMISO DE UT y a la firma ROTAMUND S.R.L. / EMP.

GRAL. URQUIZA S.R.L. / EMP. DE TRANSPORTES SIERRAS DE CÓRDOBA

S.A.C.I.I.A. - COMPROMISO DE UT. Comuníquese a la Dirección General de

Compras y Contrataciones, a la Unidad de Auditoría Interna y, para su intervención y

posterior trámite, pase a la Unidad Operativa de Adquisiciones del Ente de Turismo de

esta Ciudad. Cumplido, archívese. Robredo