DISPOSICIÓN 18 2019 DIRECCIÓN GENERAL POLÍTICA Y ESTRATEGIA AMBIENTAL
Síntesis:
APRUEBA TABLA - PESOS PROMEDIOS DE APARATOS ELÉCTRICOS Y ELECTRÓNICOS EN DESUSO - AGENCIA DE PROTECCIÓN AMBIENTAL - POLÍTICA AMBIENTAL - DIRECCIÓN GENERAL DE POLÍTICA Y ESTRATEGIA AMBIENTAL - PESAJE FINAL - MATERIALES RECIBIDOS - REPARTICIONES DEL GOBIERNO DE LA CIUDAD - PUNTOS VERDES
Publicación:
28/06/2019
Sanción:
23/05/2019
Organismo:
DIRECCIÓN GENERAL POLÍTICA Y ESTRATEGIA AMBIENTAL
VISTO: las Leyes N° 1.854 N° 2.628 y N° 2.807 (textos consolidados según Ley N°
6.017), los Decretos N° 138/08 N° 705/11, N° 627/11 y N° 431/12, las Resoluciones
Conjuntas N° 1/APRA/MHGC/15 y N° 1/ASINF/APRA/18, las Resoluciones N°
341/APRA/13, 167/APRA/14, 417/APRA/14, 181/APRA/17 y 377/APRA/18, el
Expediente N° EX-2019-16010917-GCABA-DGPOLEA, y
CONSIDERANDO:
Que a través de la Ley N° 2.628 se creó la Agencia de Protección Ambiental como
entidad autárquica en el ámbito del Ministerio de Ambiente y Espacio Público de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires cuyo objeto es la protección de la calidad
ambiental a través de la planificación, programación y ejecución de las acciones
necesarias para cumplir con la Política Ambiental de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires;
Que el Decreto N° 138/08 establece que la Agencia de Protección Ambiental de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires actuará como autoridad de aplicación de las leyes
vigentes relacionadas con la materia de su competencia y las que en futuro se
sancionen en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que mediante Resolución N° 181/APRA/17 se aprobó la estructura orgánica de la
Agencia de Protección Ambiental colocando a cargo de la Subgerencia Operativa de
Residuos Especiales de Generación Universal de Grandes Generadores dependiente
de la Dirección General de Política y Estrategia Ambiental, el cumplimiento de la ley N°
2.807 de gestión ambiental de aparatos eléctricos y electrónicos, garantizando el
adecuado manejo y tratamiento de los mismos;
Que la Ley N° 2.807 tiene por objeto establecer medidas para la gestión de aparatos
electrónicos en desuso del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
que hayan sido objeto de baja patrimonial, sin perjuicio de lo dispuesto por Ley N°
1.854, en concordancia con lo preceptuado en ésta y de manera tal de contribuir
complementariamente a la consecución de las metas de reducción progresiva de
Residuos Sólidos Urbanos previstas en la norma citada;
Que en su artículo 5°, la mencionada Ley N° 2.807 establece que la Autoridad de
Aplicación es la dependencia de mayor jerarquía con competencia ambiental dentro
del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que el Decreto N° 627/11 aprueba el procedimiento de baja patrimonial, crea la
comisión clasificadora y establece los criterios de clasificación de los aparatos
eléctricos y electrónicos en desuso, los cuales podrán ser identificados como: 1)
Reubicables; 2) Re-uso social; 3) Reciclado y 4) Disposición final;
Que mediante Resolución N° 167/APRA/14 (modificada por Resolución N°
417/APRA/14) se crea el Programa Puntos Verdes en el ámbito de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, que reciben Residuos de Aparatos Eléctricos y
Electrónicos en desuso, entre otros residuos;
Que esta Agencia de Protección Ambiental contrata mediante un proceso licitatorio un
servicio de recolección, transporte, recepción, acopio, gestión y disposición adecuada
de los aparatos eléctricos y electrónicos en desuso (AEED) provenientes de Puntos
Verdes, Puntos Verdes Móviles y del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad de
Buenos Aires;
Que el mencionado servicio abarca las siguientes tareas: 1) Recolección de los AEED
por los Puntos Verdes; 2) Recepción en el centro de acopio de los AEED que hayan
sido objeto de baja patrimonial por parte del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad
de Buenos Aires; 3) Traslado al centro de acopio o planta de gestión donde se realizan
las tareas de estimación de peso o pesaje propiamente dicho; 4) Clasificación de
equipos y materiales; 5) Confección de los remitos indicando peso de AEED recibidos;
Que por último, el servicio brinda una gestión ambientalmente adecuada de los AEED
destinándolos a reutilización, reciclado o disposición final, de acuerdo a la normativa
ambiental vigente y según corresponda por el tipo de material que se trate;
Que esto último se documenta mediante los manifiestos y certificado de disposición
final indicados en peso/toneladas;
Que por cuestiones operativas se ha decidido establecer pesos promedios de los
AEED que usualmente se reciben a fin de lograr agilizar la gestión y logística en el
centro de acopio;
Que esos pesos promedio se estimaron para una serie de elementos que no sean de
origen hospitalarios, dado que éstos últimos son necesariamente pesados en el centro
de acopio;
Que en este sentido, la Gerencia Operativa de Residuos Especiales de Generación
Universal, ha procedido a pesar 3 elementos distintos de un mismo tipo de AEED, que
no sea equipo hospitalario, en miras de elaborar una tabla de pesos promedios que
pueda ser implementada en los remitos de recepción y demás documentación que
acredite trazabilidad en la gestión de los mismos.
Por ello, y en virtud de las facultades otorgadas por la Resolución N° 377/APRA/18,
Artículo 1°.- Apruébese la tabla de pesos promedios de aparatos eléctricos y
electrónicos en desuso que como Anexo Disposición con registro SADE N° DI-2019-
16710448-GCABA-DGPOLEA forma parte integrante de la presente Disposición.
Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Cumplido, archívese. Vidal Maula