RESOLUCIÓN 2062 1997 SECRETARIA DE HACIENDA Y FINANZAS

Síntesis:

APRUEBA ACTA ACUERDO CON LA EMPRESA PUCARA S.A.

Publicación:

05/12/1997

Sanción:

20/03/1997

Organismo:

SECRETARIA DE HACIENDA Y FINANZAS


Visto el Registro N° 042-CVDexMCBA-96 y los términos del Decreto N° 225-GCBA-96, y

CONSIDERANDO:

Que por el Registro mencionado tramita la presentación que la empresa Pucará S.A., hiciera ante la Comisión de Verificación de Créditos de la ex Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires;

Que el Decreto N° 225-GCBA-96, por el cual se creó la Comisión citada prevé el procedimiento a seguir con respecto a las deudas contraídas por la ex Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires;

Que efectuada la revisión del crédito reclamado y analizada la disposición financiera del Gobierno de la Ciudad, con fecha 20 de enero de 1997 la empresa en cuestión se notificó de las alternativas de opción que permitirían la cancelación de la totalidad de la deuda verificada que asciende a pesos cinco mil doscientos sesenta y ocho con veinticinco ctvs. ($ 5.268,25);

Que con fecha 4 de enero de 1997 la empresa Pucará S.A., acepta la opción consistente en una deducción del treinta y cinco por ciento (35%) sobre el monto consignado precedentemente el cual será abonado en una sola cuota, con vencimiento el 30 de mayo de 1997;

Que a los 19 días del mes de marzo de 1997 y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 7° del Decreto N° 225-GCBA-96, se procedió a labrar el acta correspondiente;

Que la Subsecretaría de Procuración General se ha pronunciado al respecto, en cumplimiento de lo estipulado en el articulo 8° de la citada norma;

Por lo expuesto y en cumplimiento de lo establecido por el Decreto N° 225-GCBA-96, en su artículo 9°,

EL SECRETARIO DE HACIENDA Y FINANZAS
RESUELVE:

Artículo 1° - Apruébase en todos sus términos el Acta Acuerdo celebrada el 19 de marzo de 1997, por la Comisión Verificadora de Créditos de la ex Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires y la empresa Pucará S.A., que en su totalidad, como Anexo I, forma parte integrante de la presente.

Art. 2° - Notifíquese a la Dirección General de Contaduría General a los efectos de los Artículos 10 y 11 del Decreto N° 225-GCBA-96.

Art. 3° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y remítase para su conocimiento y demás fines a las Direcciones Generales de Planificación Presupuestaria, Contaduría General, Tesorería General y a la Comisión Verificadora de Créditos de la ex Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires.


ANEXOS

ANEXO I

ACTA ACUERDO

Entre el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, representa­da en este acto por el Lic. Gustavo Osvaldo Macehi, en su carácter de Presidente de la Comisión de Verificación de Cré­ditos de la ex Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires (De­creto N° 225-GCBA-96), con domicilio en Avenida de Mayo 525, Capital Federal, por una parte y la firma Pucará S.A., en ade­lante "El Acreedor", titular de los contratos que suscribiera con la ex Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires, con domici­lio en Santo Domingo 2639, Capital Federal, representada en este acto por el Sra. Susana Ponzio, por la otra.

Antecedentes: "El Acreedor" solicitó al Gobierno de la Ciu­dad de Buenos Aires el reconocimiento de la deuda de la ex Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires, conforme el pro­cedimiento establecido en el Decreto N° 225-GCBA-96.

Cumplidas las intervenciones previstas en el decreto men­cionado, corresponde la suscripción del Acta Acuerdo a que se refiere el artículo 7° de norma citada, la que deberá ser aproba­da por el señor Secretario de Hacienda y Finanzas. Por ello, las partes acuerdan:

Artículo 1° - En el Anexo I, que suscripto por separado forma parte integrante de la presente, se detalla la suma verifi­cada por el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires a efectos del presente Acuerdo, la cual asciende a pesos cinco mil dos­cientos sesenta y ocho con veinticinco centavos ($ 5.268,25).

Artículo 2° - “El Acreedor” ha aceptado la propuesta opor­tunamente efectuada por el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, consistente en una deducción del treinta y cinco por ciento (35%) sobre el monto consignado en el artículo anterior.

Artículo 3° - En consecuencia, el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires reconoce a "El Acreedor" el importe de pesos tres mil cuatrocientos veinticuatro con treinta y seis centavos ($ 3.424,36) que serán abonados en una sola cuota, con venci­miento el 30 de Mayo de 1997, descontando de la misma la retención de Impuesto a las Ganancias e Ingresos Brutos que pudieran corresponder.

La cuota se instrumentará con un pagaré con cláusula "sin pro­testo" emitido en pesos por el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.

Artículo 4° - “El Acreedor” expresamente consiente la li­quidación formulada y la forma de pago acordado en el presen­te, desistiendo de cualquier otro reclamo administrativo o judicial que tenga relación con propuestas o reales acreencias de las que se considere titular frente al Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires originadas en períodos anteriores a la fecha de firma de la presente Acta, renunciando además expresamente a las acciones y derechos respectivos.

Artículo 5° - Conforme lo dispuesto en el artículo Séptimo (7°) del Decreto N° 225-GCBA-96, esta Acta Acuerdo se sus­cribe "ad referendum" del señor Secretario de Hacienda y Fi­nanzas, en la ciudad de Buenos Aires a los 19 días del mes de marzo de 1997.

En prueba de conformidad, se firman cuatro (4) ejemplares del mismo tenor y a un sólo efecto, en el lugar y fecha indica­dos.

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