RESOLUCIÓN 2641 2019 MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Síntesis:

DELEGACIÓN DE FACULTADES - SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN DE RECURSOS HUMANOS - REENCASILLAR AGENTES EN LA CARRERA REGISTRO DE AGENTES EN DISPONIBILIDAD O EN EL PROGRAMA DE CAPACITACIÓN Y MOVILIDAD - ACTA DE NEGOCIACIÓN COLECTIVA 17-13 - 19-17 - 38-18 - CARRERA ADMINISTRATIVA - ESCALAFÓN GENERAL DE LA PLANTA PERMANENTE DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA - PERSONAL DEL ESCALAFÓN GENERAL - CUERPOS ARTÍSTICOS - ESCENOTÉCNICOS - SERVICIOS AUXILIARES - AGRUPAMIENTOS ATENCIÓN AL CIUDADANO - EMERGENCIAS - INSPECCIÓN - VERIFICACIÓN - SERVICIOS GENERALES Y MANTENIMIENTO - ACTIVIDADES DE ASISTENCIA A LA SALUD - APOYO SOCIAL - TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES - GESTIÓN GUBERNAMENTAL  - ACTIVIDADES ARTÍSTICAS Y ESCENOTÉCNICAS - REGISTRO DE AGENTES EN DISPONIBILIDAD - RAD - PROGRAMA DE CAPACITACIÓN Y MOVILIDAD - PROCAM

Publicación:

02/07/2019

Sanción:

27/06/2019

Organismo:

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS


VISTO: Las Leyes N° 471 (texto consolidado por Ley N° 6.017), y sus modificatorias, y

N° 5.460 (texto consolidado por Ley N° 6.017) y su modificatoria N° 5.960, las Actas de

Negociación Colectivas N° 17/13 y modificatorias, instrumentada por Resolución N°

20/MHGC/14, N° 4/15 y modificatoria, instrumentada por Resoluciones Nros.

628/MHGC/15 y 339/MMGC/15, N° 19/17 y modificatorias, instrumentada por

Resolución N° 625/MEFGC/18, y la N° 30/18, instrumentada por Resolución N°

2.286/MEFGC/18, las Resoluciones N° 679/MEFGC/18 y modificatoria, y N°

2.566/MEFGC/18, y el Expediente Electrónico N° 2019-19.518.871-MGEYA-

DGDSCIV, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley N° 471, y sus modificatorias, se sancionó el Régimen de Relaciones

Laborales en la Administración Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

estableciéndose, entre otros, los principios generales sobre los cuales debe

organizarse la carrera administrativa y el respectivo escalafón;

Que el artículo 17 de la Ley N° 5.460, y su modificatoria N° 5.960 dispone que el

Ministerio de Economía y Finanzas del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires tiene, entre otras, la competencia de "Diseñar e implementar la carrera

administrativa, así como el régimen gerencial, o cualquier régimen especial,

establecido en la Ley N° 471, de Relaciones Laborales en la Administración Pública de

la Ciudad Autónoma de Buenos Aires";

Que por Acta de Negociación Colectiva N° 17/13 y modificatorias, instrumentada por

Resolución N° 20/MHGC/14, se aprobó el Nuevo Régimen Escalafonario y de Carrera

Administrativa aplicable al personal del Escalafón General de la planta permanente de

la Administración Pública del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

dependiente del Poder Ejecutivo, al personal del Escalafón General de los Cuerpos

Artísticos, Escenotécnicos y de Servicios Auxiliares, comprendidos en el Anexo IV del

Decreto N° 671/MCBA/92, modificado por el Decreto N° 1.880/MCBA/92, y al personal

dependiente de las comunas;

Que en este marco, las Actas de Negociación Colectiva Nros. 19/17 y modificatoria, y

38/18, han establecido las pautas de reencasillamiento en el citado régimen

escalafonario y de carrera administrativa, para los agentes pertenecientes a los

agrupamientos Atención al Ciudadano, Emergencias, Inspección y Verificación,

Servicios Generales y Mantenimiento, Actividades de Asistencia a la Salud y Apoyo

Social, Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, Gestión Gubernamental y

Actividades Artísticas y Escenotécnicas;

Que en tal sentido, mediante Resoluciones N° 679/MEFGC/18 y modificatorias, y N°

2.566/MEFGC/18 y modificatorias, se aprobó el reencasillamiento de los agentes

comprendidos en las Actas de Negociación Colectiva mencionadas en el considerando

precedente;

Que, en primer lugar, se han detectado agentes del Escalafón General, que habiendo

ingresado a la planta permantente con anterioridad al 1° de Julio de 2018, no han sido

alcanzados por las resoluciones mencionadas en el anterior considerando debido a

que su situación de revista en el Sistema Integral de Administración y Liquidación

(SIAL) se encuentra registrada como "no activa";

Que, en segundo lugar, hay agentes que revistan presupuestariamente en el Registro

de Agentes en Disponibilidad (RAD) o en el Programa de Capacitación y Movilidad

(PROCAM) con anterioridad a la implementación del Nuevo Régimen Escalafonario y

de Carrera Administrativa y que, en el marco de lo establecido por la cláusula

transitoria primera del Acta de Negociación Colectiva N° 19/17 y modificatorias,

corresponde que sean reencasillados conforme los artículos 2°, 3°, 4°, 5° y 6° del

Anexo I de la mencionada acta;

Que, teniendo en cuenta la-particularidad de las situaciones descriptas -,y con el

objeto de proceder a su regularización, se considera pertinente delegar en la

Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, la facultad de reencasillar a los

agentes comprendidos en alguno de los supuestos referidos, en la carrera aprobada

mediante Acta de Negociación Colectiva N° 17/13 y modificatorias, instrumentada por

Resolución N° 2.020/MHGC/17, únicamente bajo las pautas de reencasillamiento

fijadas en las Actas de Negociación Colectiva Nros. 19/17 y modificatorias, y 38/18,

instrumentadas por Resoluciones Nros. 625/MEFGC/18 y 2.566/MEFGC/18,

respectivamente;

Que por el Decreto N° 363/15 y modificatorios, se establece entre las

responsabilidades primarias de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos del

Ministerio de Economía y Finanzas: "...Entender en las políticas de administración de

los recursos humanos del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires...";

Que, por su parte, la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad Autónoma

de Buenos Aires, aprobada por el Decreto de Necesidad y Urgencia C - N°

1.510/GCBA/97, establece como principios orientadores de la actuación administrativa

los de celeridad, economía, sencillez y eficacia en los trámites, de acuerdo al artículo

22 inc. b).

Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley N° 5.460 y su modificatoria

N° 5.960,

EL MINISTRO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

RESUELVE:

Artículo 1°.- Deléguese en la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos la

facultad de reencasillar en la carrera aprobada mediante Acta de Negociación

Colectiva N° 17/13 y modificatorias, instrumentada por Resolución N° 2.020/MHGC/17,

y únicamente bajo las pautas de reencasillamiento fijadas mediante Actas de

Negociación Colectiva Nros. 19/17 y modificatoria, y 38/18, de forma excepcional, a

aquellos agentes que habiendo ingresado a la planta permanente con anterioridad al

1° de Julio de 2018 no hayan sido alcanzados por las Resoluciones N° 679/MEFGC/18

y modificatorias, y N° 2.566/MEFGC/18 y modificatorias.

Artículo 2°.- Los reencasillamientos realizados en el marco de la delegación prevista

en el artículo 1° tendrán vigencia a partir de la fecha que se establezca en el acto

administrativo que se emita a dicho efecto.

Artículo 3°.- Deléguese en la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos la

facultad de reencasillar en la carrera aprobada mediante Acta de Negociación

Colectiva N° 17/13 y modificatorias, instrumentada por Resolución N° 2.020/MHGC/17,

y únicamente bajo las pautas de reencasillamiento fijadas mediante Actas de

Negociación Colectiva Nros. 19/17 y modificatoria, y 38/18, de forma excepcional, a

aquellos agentes que revistiesen en el Registro de Agentes en Disponibilidad o en el

Programa de Capacitación y Movilidad con anterioridad al 1° de julio de 2018.

Artículo 4°.- Los reencasillamientos realizados en el marco de la delegación prevista

en el artículo 3° tendrán vigencia a partir de la fecha que se establezca en el acto

administrativo que disponga la transferencia del agente a una repartición de destino.

Artículo 5°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su

conocimiento y demás efectos, remítase a la Subsecretaría de Gestión de Recursos

Humanos, y a las Direcciones Generales de Administración y Liquidación de Haberes,

y de Desarrollo del Servicio Civil, dependientes del Ministerio de Economía y Finanzas.

Cumplido, archívese. Mura

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Arts. 1 de la Resolución 2641-MEFGC-19 delega en la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos la facultad de reencasillar en la carrera a agentes que ingresaron a la planta permanente, con anterioridad al 1 de Julio de 2018 y que no hayan sido alcanzados por las Resoluciones 679-MEFGC-18 y 2566-MEFGC-18, en el marco de la cláusula transitoria 2 del Acta 17-MEFGC-13.</p><p>Art. 3 delega en la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos la facultad de reencasillar en la carrera a agentes que revistiesen en el Registro de Agentes en Disponibilidad o en el Programa de Capacitación y Movilidad con anterioridad al 1 de julio de 2018.</p>