RESOLUCIÓN 1912 1999 SECRETARIA DE HACIENDA Y FINANZAS

Síntesis:

DESESTIMA VERIFICACIÓN DE CRÉDITO INTERPUESTA POR LA FIRMA ORRICO S.R.L., EN LOS TÉRMINOS DEL DECRETO N° 225-96, B.O. N° 43

Publicación:

18/08/1999

Sanción:

05/08/1999

Organismo:

SECRETARIA DE HACIENDA Y FINANZAS


Visto el Registro N° 248-CVD ex MCBA-96, los términos del Decreto N° 225-GCBA-96, y

CONSIDERANDO:

Que por dicho Registro, y cumplimentando los requisitos exigidos por el Art. 4° de la citada norma, la firma Orrico S.R.L. gestionó el pago de la suma de pesos un millón ciento setenta y nueve mil, ciento ochenta y uno con ochenta y dos centavos ($ 1.179.181,82) presuntamente adeudada por la prestación del servicio de comedores escolares en hospitales, escuelas y colonias de verano dependientes de las Secretarias de Salud, Educación y Promoción Social, respectivamente;

Que en el trámite de la petición intervino la Comisión de Verificación de Créditos de la ex Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires, creada por el Decreto premencionado;

Que el citado cuerpo impuso a la solicitud de verificación crediticia en cuestión el procedimiento establecido por la norma que institucionalizara su funcionamiento;

Que el 18 de marzo de 1998, luego de efectuada la revisión del crédito reclamado, y analizada la disposición financiera del Gobierno de la Ciudad se notificaron a la accionante las alternativas que permitirían satisfacer el crédito verificado en su favor por un importe de pesos doscientos setenta y cinco mil cuatro con noventa centavos ($ 275.004,90) -por deuda anterior al 6/8/96-;

Que dicha suma incluía una readecuación de precios del orden del treinta y uno por ciento (31 %) para las transmitidas alternativas de pago Nros. 2 y 3;

Que también, a través de la propuesta de marras, se hizo conocer a la causante que, atento dicha readecuación, el saldo verificado como deuda posterior al 6-8-96, hasta el 17 de marzo de 1997 resultaba insuficiente en relación con el descuento practicado y determinaba, por ende, un saldo negativo por tal concepto, de pesos nueve mil quinientos veintiuno con ochenta un centavos ($ 9.521,81);

Que con fecha 12 de junio de 1998, y condicionado con ello su respuesta, la interesada impugnó la propuesta oportunamente formulada y solicitó revisión de los valores determinados, aduciendo, además, las bondades del servicio prestado cuyos costos eran muy superiores a los precios testigos tomados en cuenta para determinar la deuda con ella mantenida;

Que ello motivó la intervención de la Secretaria de Salud la cual a través de su área competente, y a raíz de lo reclamado por la causante, concluyó informando que el servicio brindado por ésta fue inferior a la exigencia planteada por la Licitación N° 45/97;

Que la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires emitió dictamen con fecha 24 de mayo de 1999 constatando el cumplimiento formal de las pautas establecidas por el Decreto N° 225-GCBA-96 por parte de los organismos intervinientes en la tramitación de estos actuados;

Que con relación a la resolución definitiva a darse a la presente tramitación también aconsejó el dictado del acto administrativo pertinente por el cual se formalice la desestimación de la verificación crediticia intentada por la firma Orrico S.R.L. en virtud de resultar inadmisible la reserva y condicionamiento impuesto a la propuesta de pago transmitida;

Que con dicho asesoramiento satisfizo su necesaria intervención prevista por el Art. 8° del Decreto N° 225-GCBA-96;

Que como conclusión del trámite efectuado y en cumplimiento de lo prescripto por el Art. 7° in fine de la normativa mentada la Comisión de Verificación de Créditos de la ex Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires, con fecha 21 de julio de 1999, suscribió Acta de estilo por la cual no se verificó el presunto crédito reclamado y se aconsejó su rechazo;

Por ello, y en un todo de acuerdo con lo dispuesto por el Art. 9° del Decreto N° 225-GCBA-96,

EL SECRETARIO DE HACIENDA Y FINANZAS

RESUELVE:

Artículo 1° Desestímase la verificación de crédito interpuesta por la firma Orrico S.R.L., en los términos del Decreto N° 225-GCBA-96.

Art. 2° Notifíquese a la interesada.

Art. 3° Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a las Direcciones Generales de Contaduría, de Tesorería y de Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, a la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires, y remítase para su conocimiento y demás fines a la Comisión de Verificación de Créditos de la ex Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires y a las Direcciones Generales de Tesorería y de Contaduría.

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