RESOLUCIÓN 5429 1997 DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS Y EMPADRONAMIENTO INMOBILIARIO

Síntesis:

REEMPLAZA EN EL TEXTO DEL ARTÍCULO 1° DE LA RESOLUCIÓN N° 7407-DGR-93, MODIFICADA POR LA RESOLUCIÓN N° 2500-DGR-95

Publicación:

30/12/1997

Sanción:

11/12/1997

Organismo:

DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS Y EMPADRONAMIENTO INMOBILIARIO


Visto las Resoluciones Nros. 7.407-93, 2.498-95 y 2.500-95 de esta Dirección General, y

CONSIDERANDO:

Que las mismas reglamentan los Decretos Nros. 1.126-93 y 172-95 y sus modificatorios, que establecen regímenes de percepción en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos para diversos segmentos de contribuyentes;

Que corresponde adoptar también otras medidas tendientes a perfeccionar los mecanismos de control de las obligaciones tributarías y asegurar el ingreso del tributo;

Que los importes establecidos a partir de los cuales se deben practicar las percepciones pueden modificarse, sin por ello variar la esencia de los regímenes Agentes;

Que el artículo 3° de la Ordenanza Fiscal (t.o. 1997) faculta el dictado de la presente;

Por ello,

EL INTERVENTOR DE LA DIRECCION GENERAL DE

RENTAS Y EMPADRONAMIENTO INMOBILIARIO

RESUELVE:

Artículo 1° - Reemplázase en el texto del artículo 10 de la Resolución N° 7.407-DGR-93, modificada por la Resolución N° 2.500-DGR-95, el importe de $ 110.000.- (pesos diez mil) por $ 500.- (pesos quinientos).

Art. 2° - Reemplázase en el texto del artículo 18 de la Resolución N° 2.498-DGR-95, el importe de $ 10.000.- (pesos diez mil) por $ 500.- (pesos quinientos).

Art. 3° - Las disposiciones establecidas poi los artículos precedentes, regirán para las operaciones que se formalicen mediante facturas o documentos equivalentes emitidas a partir del 12 de enero de 1998, inclusive.

Art. 4° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos pase a las Direcciones dependientes de esta Dirección General.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Artículo 2 de la Resolución 5429-DGREI/97 reemplaza texto del artículo 18 de la Resolución 2498-DGR/95.</p>
MODIFICADA POR
Reemplza texto art. 10 Res. N° 7407-DGR-93 importe de $500 por $100 y art. 18 Res. N° 2498-DGR-95 importe $500 por $100
MODIFICA
reemplaza texto del art. 1°