RESOLUCIÓN 2907 2019 MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
Síntesis:
APRUEBA GESTIÓN - DIRECTORIO Y SINDICATURA INTERNA - INSTITUTO DE JUEGOS DE APUESTAS DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES - DISOLUCIÓN EFECTIVA DEL ORGANISMO - DESIGNA DEPOSITARIO - DIRECCIÓN GENERAL CONTADURÍA
Publicación:
24/07/2019
Sanción:
18/07/2019
Organismo:
MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
VISTO: Las Leyes N° 5.785 (texto consolidado por Ley 6.017), 5.879 (texto
consolidado por Ley 6.017), el Decreto N° 114/17, el EE-2019-20434533-GCABA-
DGTALMEF y;
CONSIDERANDO:
Que mediante la Ley N° 5785 (texto consolidado por Ley N° 6.017) se creó la
Sociedad del Estado "Lotería de la Ciudad de Buenos Aires S.E." (LOTBA S.E.), en el
ámbito del Ministerio de Economía y Finanzas del Gobierno de la Ciudad de Buenos
Aires, con el objeto de autorizar, organizar, explotar, recaudar, administrar y controlar
los juegos de azar, destreza y apuestas mutuas, y actividades conexas en el ámbito de
la Ciudad Autónoma de Buenos Aires siendo la Autoridad de Aplicación de la Ley N°
538 de Juegos de Apuesta (texto consolidado por Ley N° 6.017);
Que por Decreto 114/17 se designó a los Directores y al Síndico de LOTBA S.E.,
encomendándose por su Artículo 2° al señor Martín García Santillán, a la Dra. María
Dolores Pujol, a la señora Guadalupe Navarro y al señor Santiago Alberdi la
continuidad con carácter "ad-honorem" de las funciones de Presidente, Directora
Ejecutiva de Asuntos Jurídicos, Directora de Juegos y Mercadotecnia y Síndico del
Instituto de Juegos de Apuesta de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires con carácter
transitorio y hasta la disolución efectiva del organismo;
Que por Ley N° 5.879 (texto consolidado por Ley N° 6.017) se derogó la Ley 916 (texto
consolidado por Ley 6.017) e instó al Poder Ejecutivo a adoptar las medidas
necesarias para proceder a la liquidación del ente Instituto de Juegos de Apuestas de
la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (IJACBA);
Que teniendo en cuenta que se han efectuado todas las tramitaciones tendientes a la
liquidación y disolución efectiva del IJACBA, corresponde aprobar en el marco de la
normativa vigente, la gestión tanto de su Directorio como de su Sindicatura Interna;
Que corresponde designar como depositario de los libros societarios, contables y
documentación institucional del IJACBA a la Dirección General Contaduría;
Que conforme lo expresado precedentemente, resulta necesario dictar el acto
administrativo pertinente;
Artículo 1°.- Apruébase la gestión del Directorio y Sindicatura Interna del Instituto de
Juegos de Apuestas de la Ciudad de Buenos Aires en torno a la disolución efectiva del
organismo, dándose por cumplidas las medidas a que hace referencia el art. 2° de la
Ley 5.879.
Artículo 2°.- Desígnase a la Dirección General Contaduría como depositario de los
libros contables, de actas y cualquier otro que pudiera corresponder por el giro de la
actividad del Instituto de Juegos de Apuestas, juntamente con toda documentación de
relevancia.
Artículo 3°.-. Comuníquese al Instituto de Juegos de Apuestas quién deberá entregar
la documentación citada en el artículo 2°. Comuníquese a la Legislatura de la Ciudad a
través de la Dirección General de Asuntos Legislativos, a la Subsecretaría de Gestión
de Recursos Humanos, a las Direcciones Generales Contaduría, de Tesorería y de
Oficina de Gestión Pública y Presupuesto. Publíquese en el Boletín Oficial de la
Ciudad de Buenos Aires. Cumplido, archívese. Mura