RESOLUCIÓN 842 2019 SUBSECRETARIA TRANSITO Y TRANSPORTE
Síntesis:
SE ESTABLECE - CARÁCTER EXPERIMENTAL - 90 DÍAS - DOBLE SENTIDO CIRCULATORIO - VIRREY DEL PINO - ENTRE - AVENIDA DEL LIBERTADOR - CALZADA SUROESTE - HASTA CALZADA NORESTE - ADEMAS - SE PROHIBE - CARÁCTER EXPERIMENTAL - 90 DIAS - ESTACIONAMIENTO GENERAL DE VEHÍCULOS - JUNTO AL CORDÓN DE AMBAS ACERAS - SUBSECRETARIA DE TRANSITO Y TRANSPORTE
Publicación:
25/07/2019
Sanción:
10/07/2019
Organismo:
SUBSECRETARIA TRANSITO Y TRANSPORTE
VISTO: la Resolución N° 201-SECTRANS/16, el Expediente N.° EX-2019-21545495- -
GCABA-DGTYTRA, y
CONSIDERANDO:
Que, por los presentes actuados y a partir de la apertura de los nuevos cruces
establecidos en el artículo 6° de la Ley 6135, con motivo de la construcción del
Viaducto elevado FFCC Mitre, se ha estudiado el doble sentido de circulación de la
calle Virrey del Pino permitiendo la continuidad de la malla circulatoria y la integración
de las vialidades en el Barrio de Belgrano;
Que, analizada la cuadrícula circulatoria, que integran las calles de la zona, se
comprobó que, con la apertura del paso bajo el Viaducto, la necesidad de asignarle
doble sentido de circulación, a la calle Virrey del Pino, entre la Av. Del Libertador
calzada (Suroeste) hasta la Av. Del Libertador calzada (Noreste);
Que la medida fue adoptada teniendo en cuenta en priorizar el reordenamiento del
tránsito, contribuyendo a la fluidez del mismo, para que todos los vecinos puedan
movilizarse de manera segura y ordenada en la Ciudad;
Que, el estacionamiento en el lugar, quedará prohibido junto al cordón de ambas
aceras, en la calle Virrey del Pino, entre la Av. Del Libertador calzada (Suroeste) hasta
la Av. Del Libertador calzada (Noreste) durante las 24hs.;
Que, mediante Resolución 201-SECTRANS/16, se delegó a esta Subsecretaria de
Tránsito y Transporte la competencia para entender en cuestiones como las
anteriormente expuestas,
Por ello, y en virtud de las facultades delegadas,
Artículo 1° - Establézcase, con carácter experimental y por el término de 90 días, el
doble sentido circulatorio del tramo de Virrey del Pino, entre la Av. Del Libertador
calzada (Suroeste) hasta la Av. Del Libertador calzada (Noreste).
Artículo 2°.- Prohíbase, con carácter experimental y por el termino de 90 días, el
estacionamiento general de vehículos junto al cordón de ambas aceras, en la calle
Virrey del Pino, entre la Av. Del Libertador calzada (Suroeste) hasta la Av. Del
Libertador calzada (Noreste).
Artículo 3°..- La presente medida entrará en efectiva vigencia una vez instalado el
pertinente señalamiento integral (vertical, horizontal) que proyectará y ejecutará la
Dirección General de Tránsito y Transporte.
Artículo 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, remítase a
la Dirección General de Tránsito y Transporte para su notificación y comunicación a la
Policía Federal Argentina, Policía de la Ciudad, a las Direcciones Generales, del
Cuerpo de Agentes de Control del Tránsito y Seguridad Vial, y del Ordenamiento del
Espacio Público; y a las Gerencias Operativas de Ordenamiento del Tránsito y
Transporte, de Señalización Vial y de Sistemas Inteligentes del Tránsito. Cumplido,
remítase a la Gerencia Operativa de Ordenamiento del Tránsito y Transporte para los
fines propuestos en el artículo anterior. Galuzzi