LEY DE APROBACIÓN INICIAL 2019
Síntesis:
CATALOGA INMUEBLE - NIVEL DE PROTECCIÓN CAUTELAR - OMBÚ 2994 - SE INCORPORA - CATÁLOGO DE INMUEBLES PROTEGIDOS - APH3 - ÁMBITO GRAND BOURG Y PALERMO CHICO - CÓDIGO URBANÍSTICO
Publicación:
26/07/2019
Sanción:
18/07/2019
Organismo:
LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Artículo 1°.- Catalógase con Nivel de Protección Cautelar en los términos establecidos
en el Titulo 9 "Protección Patrimonial e Identidad" del Código Urbanístico de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, al inmueble sito en la calle Ombú 2994, sección 015,
manzana 170, parcela 001.
Art. 2°- Incorpórase en forma definitiva al inmueble catalogado por el Artículo 1° al
punto 1.7 "Listado de Inmuebles Catalogados APH3 - Ámbito Grand Bourg y Palermo
Chico" del Anexo I "Catálogo de Inmuebles Protegidos" del Código Urbanístico.
Art. 3°- El Poder Ejecutivo, a través de la Dirección General de Registro de Obras y
Catastro, dependiente del Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte, o el
organismo que en el futuro la reemplace, deberá asentar en la Documentación
Catastral correspondiente, la catalogación establecida por el Artículo 1°.
Art. 4°- Publíquese y cúmplase con lo establecido en los artículos 89° y 90° de la
Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Quintana - Pérez