LEY 6207 2019

Síntesis:

CATALOGACIÓN - NIVEL DE PROTECCIÓN CAUTELAR - INMUEBLE DE CALLE OMBÚ 2994 - CÓDIGO URBANÍSTICO - MODIFICACIÓN DEL CATÁLOGO DE INMUEBLES PROTEGIDOS - LISTADO DE INMUEBLES CATALOGADOS APH3 - ÁMBITO GRAND BOURG Y PALERMO CHICO

Publicación:

28/10/2019

Sanción:

10/10/2019

Organismo:

LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de Ley

Artículo 1°.- Catalógase con Nivel de Protección Cautelar en los términos establecidos

en el Titulo 9 "Protección Patrimonial e Identidad" del Código Urbanístico de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, al inmueble sito en la calle Ombú 2994, sección 015,

manzana 170, parcela 001.

Art. 2°- Incorpórase el inmueble catalogado por el Artículo 1° al punto 1.7 "Listado de

Inmuebles Catalogados APH3 - Ámbito Grand Bourg y Palermo Chico" del Anexo I

"Catálogo de Inmuebles Protegidos" del Código Urbanístico.

Art. 3°- El Poder Ejecutivo, a través de la Dirección General de Registro de Obras y

Catastro, dependiente del Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte, o el

organismo que en el futuro la reemplace, deberá asentar en la Documentación

Catastral correspondiente, la catalogación establecida por el Artículo 1°.

Art. 4°- Comuníquese, etc. Quintana - Pérez

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Art. 2 de la Ley 6207 incorpora inmueble catalogado por su Artículo 1, al punto 1.7 Listado de Inmuebles Catalogados APH3 - Ámbito Grand Bourg y Palermo Chico del Anexo I Catálogo de Inmuebles Protegidos del Código Urbanístico, aprobado por Ley 6099.</p>
PROMULGADA POR