LEY 6207 2019
Síntesis:
CATALOGACIÓN - NIVEL DE PROTECCIÓN CAUTELAR - INMUEBLE DE CALLE OMBÚ 2994 - CÓDIGO URBANÍSTICO - MODIFICACIÓN DEL CATÁLOGO DE INMUEBLES PROTEGIDOS - LISTADO DE INMUEBLES CATALOGADOS APH3 - ÁMBITO GRAND BOURG Y PALERMO CHICO
Publicación:
28/10/2019
Sanción:
10/10/2019
Organismo:
LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Artículo 1°.- Catalógase con Nivel de Protección Cautelar en los términos establecidos
en el Titulo 9 "Protección Patrimonial e Identidad" del Código Urbanístico de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, al inmueble sito en la calle Ombú 2994, sección 015,
manzana 170, parcela 001.
Art. 2°- Incorpórase el inmueble catalogado por el Artículo 1° al punto 1.7 "Listado de
Inmuebles Catalogados APH3 - Ámbito Grand Bourg y Palermo Chico" del Anexo I
"Catálogo de Inmuebles Protegidos" del Código Urbanístico.
Art. 3°- El Poder Ejecutivo, a través de la Dirección General de Registro de Obras y
Catastro, dependiente del Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte, o el
organismo que en el futuro la reemplace, deberá asentar en la Documentación
Catastral correspondiente, la catalogación establecida por el Artículo 1°.
Art. 4°- Comuníquese, etc. Quintana - Pérez