RESOLUCIÓN 3008 2019 MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Síntesis:

SE APRUEBA Y ADJUDICA LA LICITACIóN PúBLICA N° 623-0194-LPU19

Publicación:

01/08/2019

Sanción:

26/07/2019

Organismo:

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS


"2019 -Año del 25° Aniversario del reconocimiento de la autonomía de la Ciudad de Buenos Aires"

VISTO: Las Leyes N° 1.218 (Texto Consolidado por Ley N° 6.017) y N° 2.095 (Texto

Consolidado por Ley N° 6.017), el Decreto N° 326/17 y su modificatorio N° 287/18, el

Decreto N° 168/19 y su modificatorio N° 207/19, la Disposición N° 1.274/DGCYC/17, la

Resolución N° 84/GCABA/SSGEOPE/19, el Expediente Electrónico N°

5.712.384/MGEYA-DGCYC/19, y;

CONSIDERANDO:

Que por el Expediente Electrónico citado en el visto tramita el Convenio Marco de

Compras para la Contratación del Servicio de Alquiler de Módulos de Oficinas y Afines,

para uso de las Reparticiones del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

de acuerdo con el procedimiento electrónico de Adquisiciones y Contrataciones

denominado Buenos Aires Compras (BAC);

Que el Convenio Marco de Compras es definido en el artículo 45 del Anexo I del

Decreto N° 326/17 modificado por Decreto N° 287/18 como "una modalidad de

contratación electrónica mediante la cual se selecciona a uno o más proveedores para

procurar el suministro directo de bienes y servicios a las Unidades Ejecutoras en la

forma, plazo y demás condiciones establecidas en dicho convenio.";

Que por Disposición N° 1.274/DGCYC/17, la Dirección General de Compras y

Contrataciones en su carácter de Órgano Rector y de acuerdo a las facultades

otorgadas por el artículo 18, Inciso j) de la Ley N° 2.095 (Texto Consolidado por Ley N°

6.017), aprobó el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales para la Contratación

de Bienes y Servicios;

Que por Resolución N° 84/GCABA/SSGEOPE/19, la Subsecretaria de Gestión

Operativa, en quien el Señor Ministro de Economía y Finanzas a través de la

Resolución N° 878/GCABA//MEFGC/19 delegó la firma del despacho de la Dirección

General de Compras y Contrataciones en ausencia de su titular por razones de índole

laboral, aprobó el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, Guía para Cotizar y

Pliego de Especificaciones Técnicas, designó a los integrantes de la Comisión

Evaluadora de Ofertas y estableció el llamado a Licitación Pública N° 623-0194-LPU19

para el día 12 de Abril de 2019 a las 14:00 horas bajo la modalidad de Convenio

Marco de Compras para la Contratación del Servicio de Alquiler de Módulos de

Oficinas y Afines, para uso de las Reparticiones del Gobierno de la Ciudad Autónoma

de Buenos Aires, al amparo de lo establecido en los artículos 31 y 45 de la Ley N°

2.095 (texto consolidado por Ley N° 6.017), el Decreto N° 326/17 y su modificatorio N°

287/18, por un monto estimado de hasta pesos Treinta y Cuatro Millones Ciento Diez

Mil ($ 34.110.000.-), por cada empresa oferente;

Que el referido llamado, fue publicado en el Boletín Oficial, por el término de dos (2)

días, en el sitio de internet del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en

el Portal Buenos Aires Compras. Asimismo, se notificó a los proveedores del rubro

inscriptos en el RIUPP, a la Unión Argentina de Proveedores del Estado y a la Cámara

Argentina de Comercio;

Que la Dirección General de Compras y Contrataciones emitió a través del Sistema

"2019 -Año del 25° Aniversario del reconocimiento de la autonomía de la Ciudad de Buenos Aires"

Electrónico de Compras y Contrataciones denominado "Buenos Aires Compras", las

Circulares N° 1 y N° 2 Con Consulta, las cuales fueran notificadas a las firmas

adquirientes de Pliego a través del referido Portal, y publicadas en la Página Web

Oficial del Gobierno de la Ciudad;

Que conforme surge del Acta de Apertura de Ofertas, de fecha 12 de abril de 2.019, se

recibieron seis (6) ofertas pertenecientes a las firmas: CINVA S.R.L., LEONARDO

VARONE, B.A.SANI S.A., GRUPO ARGENSAN S.R.L., BARBARA SOFIA MACEDO y

ECOSAN S.A.;

Que se ha cumplimentado el Cuadro Comparativo de Precios que ordena la

reglamentación;

Que la Comisión Evaluadora de Ofertas, aconsejó mediante Dictamen de

Preadjudicación de Ofertas, de fecha 26 de junio de 2.019, desestimar parcial o

totalmente las ofertas presentadas por las firmas: CINVA S.R.L., LEONARDO

VARONE, B.A.SANI S.A., GRUPO ARGENSAN S.R.L., BARBARA SOFIA MACEDO y

ECOSAN S.A., conforme los términos del Informe N° IF-2019-20783136-GCABA-

DGCYC;

Que en el referido Dictamen se aconsejó adjudicar a favor de las ofertas presentadas

por las firmas: B.A. SANI S.A., en la suma total de hasta pesos Catorce Millones

Quinientos Veintiún Mil Doscientos Cuatro con 40/100 ($ 14.521.204,40.-); BARBARA

SOFIA MACEDO, en la suma total de hasta pesos doscientos doce mil novecientos

sesenta ($ 212.960,00.-); y ECOSAN S.A.: en la suma total de hasta pesos Diecinueve

Millones Doscientos Cuarenta y Tres Mil Trescientos Ochenta y Tres con 80/100 ($

19.243.383,80.-), conforme surge del Informe N° IF-2019-20783136- DGCYC;

Que la adjudicación aconsejada lo ha sido por ofertas más convenientes en un todo de

acuerdo a lo establecido en los artículos 108 y 110 de la Ley N° 2095 (texto

consolidado por Ley N° 6.017), cuya reglamentación se encuentra en los Artículos 108

y 110 del Decreto N° 326/17 y su modificatorio N° 287/18;

Que, en el mentado Dictamen, la Comisión Evaluadora de Ofertas dejó expresa

constancia que el mismo fue emitido habiéndose superado el plazo previsto en el

artículo 108 de la Ley N° 2.095 (Texto Consolidado por Ley N° 6.017), teniendo en

cuenta el tiempo que insumiera el análisis de la documentación, máxime considerando

la solicitud de documentación complementaria;

Que se consideran desiertos los Renglones N° 111, 139, 140, 143, 144, 147, 148, 151,

152, 155, 156, 159, 160 y 191;

Que resultan consecuentemente fracasados los Renglones N° 33 al 36, 57 al 60, 113

al 116, 119, 121 al 124, 163, 164, 183 y 222 al 231;

Que el Dictamen emitido en consecuencia fue publicado en el Portal

www.buenosaires.gob.ar, notificado a las firmas oferentes a través del referido Portal,

publicado en la Página Web Oficial del Gobierno de la Ciudad y en el Boletín Oficial de

la Ciudad de Buenos Aires, en un todo de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 110

de la Ley N° 2.095 (Texto Consolidado por Ley N° 6.017), cuya reglamentación se

encuentra en el artículo 110 del Decreto N° 326/17;

Que la Dirección General de Compras y Contrataciones, mediante Providencia N° PV-

2019-20778255-GCABA-DGCYC, dejó constancia que se procedió a publicar en el

Portal Buenos Aires Compras (BAC), el Dictamen de Evaluación de Ofertas

correspondiente al proceso de marras, remitiendo automáticamente BAC notificación

del mismo a las empresas oferentes;

Que vencido el plazo para formular impugnaciones no fue recibida ninguna

"2019 -Año del 25° Aniversario del reconocimiento de la autonomía de la Ciudad de Buenos Aires"

presentación en tal sentido;

Que los oferentes preadjudicados han dado cumplimiento a los aspectos formales y

técnicos exigidos en los pliegos licitatorios y se encuentran calificados para ingresar al

Convenio Marco considerado;

Que en esas condiciones, corresponde aprobar y adjudicar este procedimiento de

selección a los oferentes preadjudicados, para que los mismos perfeccionen a través

del Portal Buenos Aires Compras el Convenio Marco que se genere en consecuencia,

para que cada una de las Unidades Ejecutoras gestione de forma directa el Servicio de

Alquiler de Módulos de Oficinas y Afines, mediante la emisión de Órdenes de Compra,

en la forma y condiciones establecidas en aquel;

Que la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ha tomado la

intervención que le compete de acuerdo con lo establecido en la Ley N° 1.218 (texto

consolidado por Ley N° 6.017);

Que es dable poner de manifiesto, que a través del Decreto N° 168/19 modificado por

el Decreto N° 207/19, se aprobó la nueva reglamentación de la Ley N° 2.095 (texto

consolidado por Ley N° 6.017), por lo que corresponde el empleo de estos para las

cuestiones de tipo instrumental, como ser la aplicación de los niveles de decisión y

cuadro de competencias para los procedimientos de selección de contratación bienes

y servicios.

Por ello, de acuerdo a lo expuesto precedentemente y en uso de las facultades

conferidas por el artículo 13 de la Ley N° 2095 (texto consolidado por Ley N° 6.017) y

por el Anexo V del Decreto Reglamentario N° 168/19 y su modificatorio N° 207/19,

EL MINISTRO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

RESUELVE:

Artículo 1°.- Apruébase la Licitación Pública N° 623-0194-LPU19 realizada bajo la

modalidad especial de selección denominada Convenio Marco de Compras según lo

previsto en los artículos 31 y 45 de la Ley N° 2.095 (Texto Consolidado por Ley N°

6.017) y el Decreto N° 326/17 y su modificatorio N° 287/18.

Artículo 2°.- Adjudícase el Convenio Marco de Compras para la Contratación del

Servicio de Alquiler de Módulos de Oficinas y Afines, para uso de las Reparticiones del

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de acuerdo con el procedimiento

electrónico de Adquisiciones y Contrataciones denominado Buenos Aires Compras

(BAC), a las firmas: B.A. SANI S.A., en la suma total de hasta Pesos Catorce Millones

Quinientos Veintiún Mil Doscientos Cuatro con 40/100 ($ 14.521.204,40.-); BARBARA

SOFIA MACEDO, en la suma total de hasta pesos doscientos doce mil novecientos

sesenta ($ 212.960,00.-); y, ECOSAN S.A.: en la suma total de hasta Pesos

Diecinueve Millones Doscientos Cuarenta y Tres Mil Trescientos Ochenta y Tres con

80/100 ($ 19.243.383,80.-), por las cantidades y precios que constan, para cada

renglón, en el Anexo I (IF-2019-23437671- MEFGC).

Artículo 3°.- Desestímanse las ofertas presentadas por las firmas: CINVA S.R.L., la

totalidad de la oferta por no encontrarse inscripto al momento de la preadjudicación, de

acuerdo a lo establecido en el Artículo 22 del Decreto N° 326/17 y su modificatorio N°

287/18, reglamentario de la Ley N° 2.095 (Texto Consolidado por Ley N° 6.017) de

Compras y Contrataciones (texto consolidado por Ley N° 6.017), en concordancia con

el Artículo 5° del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales para los procesos de

compras y contrataciones mediante BAC, aprobado por Disposición N°

"2019 -Año del 25° Aniversario del reconocimiento de la autonomía de la Ciudad de Buenos Aires"

1.274/DGCyC/17 y por no cumplir con lo solicitado en los Artículos 6, 26 e inciso 1 del

Artículo 28 del Pliego de Bases y Condiciones Particulares, toda vez que les fuera

solicitada la documentación complementaria mediante Cédulas de Notificación Nro.

0759-05/2.019, 0849-05/2.019 y por medio de la plataforma electrónica Buenos Aires

Compras (BAC); LEONARDO VARONE, la totalidad de la oferta por no encontrarse

inscripto al momento de la preadjudicación, de acuerdo a lo establecido en el Artículo

22 del Decreto N° 326/17 y su modificatorio N° 287/18, reglamentario de la Ley N°

2.095 (Texto Consolidado por Ley N° 6.017) de Compras y Contrataciones (texto

consolidado por Ley N° 6.017), en concordancia con el Artículo 5° del Pliego Único de

Bases y Condiciones Generales para los procesos de compras y contrataciones

mediante BAC, aprobado por Disposición N° 1.274/DGCyC/17 y por no cumplir con lo

solicitado en los Artículos 6 y 26 del Pliego de Bases y Condiciones Particulares, toda

vez que les fuera solicitada la documentación complementaria mediante Cédulas de

Notificación Nro. 0760-05/2.019, 0850-05/2.019 y por medio de la plataforma

electrónica Buenos Aires Compras (BAC); B.A.SANI S.A., (Renglones Nro. 1 al 12, 17

al 36, 41 al 48, 61 al 64 y 97 al 104) por no ajustarse a los requerimientos del Pliego

de Especificaciones Técnicas; GRUPO ARGENSAN S.R.L., la totalidad de la oferta

por no encontrarse inscripto al momento de la preadjudicación, de acuerdo a lo

establecido en el Artículo 22 del Decreto N° 326/17 y su modificatorio N° 287/18,

reglamentario de la Ley N° 2.095 (Texto Consolidado por Ley N° 6.017) de Compras y

Contrataciones (texto consolidado por Ley N° 6.017), en concordancia con el Artículo

5° del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales para los procesos de compras

y contrataciones mediante BAC, aprobado por Disposición N° 1.274/DGCyC/17 y por

no cumplir con lo solicitado en los Artículos 6 del Pliego de Bases y Condiciones

Particulares, toda vez que les fuera solicitada la documentación complementaria

mediante Cédulas de Notificación Nro. 0762-05/2.019, 0852-05/2.019 y por medio de

la plataforma electrónica Buenos Aires Compras (BAC); BARBARA SOFIA MACEDO,

(Opción 1 del Renglón 221) por recomendarse la otra opción en este mismo renglón; y,

ECOSAN S.A., (Renglón Nro. 222) por no encontrarse inscripto en la clase pertinente,

toda vez que le fuera solicitada la inscripción mediante Cédulas de Notificación Nro.

0764-05/2019 y 0853-05/2019, (Renglones Nro. 33 al 36) por no ajustarse a los

requerimientos del Pliego de Especificaciones Técnicas y (Renglones 56, 68, 133, 171,

172, 177, 178, 219 y 220) por considerar el precio cotizado no conveniente a los

intereses del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Artículo 4°.- Considéranse desiertos los Renglones N° 111, 139, 140, 143, 144, 147,

148, 151, 152, 155, 156, 159, 160 y 191.

Artículo 5°.- Decláranse fracasados los Renglones N° 33 al 36, 57 al 60, 113 al 116,

119, 121 al 124, 163, 164, 183 y 222 al 231.

Artículo 6°.- El gasto que demande la presente contratación se imputará a la

correspondiente Partida de Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos de

los ejercicios correspondientes.

Artículo 7°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires por el

término de un (1) día, en el Portal www.buenosairescompras.gob.ar, en un todo de

acuerdo a lo previsto en el artículo 112 del Anexo I del Decreto N° 326/17 y su

modificatorio N° 287/18, en la página Web del Gobierno de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires y notifíquese fehacientemente a cada uno de los oferentes de acuerdo a

lo previsto en el artículo 111 del Anexo I del Decreto N° 326/17 y su modificatorio N°

287/18.

"2019 -Año del 25° Aniversario del reconocimiento de la autonomía de la Ciudad de Buenos Aires"

Artículo 8°.- Autorícese en Buenos Aires Compras, y remítase a la Dirección General

de Compras y Contrataciones para la prosecución de su trámite. Mura

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