RESOLUCIÓN 1801 2019 MINISTERIO DE SALUD
Síntesis:
SE APRUEBA - PROGRAMA DOCENTE DE LA RESIDENCIA POSBÁSICA DE CIRUGÍA PLÁSTICA Y REPARADORA - RESIDENCIAS - DIRECCIÓN GENERAL DE DOCENCIA INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO PROFESIONAL - MINISTERIO DE SALUD
Publicación:
05/08/2019
Sanción:
29/07/2019
Organismo:
MINISTERIO DE SALUD
VISTO: La Ordenanza N° 40.997, la Ley N° 153 y el Expediente Electrónico N°
23083539/GCABA-DGDIYDP/ 2019, y
CONSIDERANDO:
Que la Ordenanza N° 40.997 regula el Sistema de Residencias del Equipo de Salud en
sus distintas especialidades de formación de los recursos humanos en salud en el
Nivel de Postgrado;
Que el Programa Docente de la Residencia Posbásica de Cirugía Plástica y
Reparadora tiene por objetivo pautar las competencias que serán adquiridas por el/la
residente a lo largo de su trayecto formativo, reconoce ámbitos y niveles de
responsabilidad y establece el perfil común esperado para todos los residentes de la
misma especialidad;
Que, en ese sentido, la Dirección General de Docencia, Investigación y Desarrollo
Profesional propicia la aprobación del Programa Docente de la Residencia Posbásica
de Cirugía Plástica y Reparadora;
Que el diseño curricular del mencionado Programa Docente pretende, a través de un
proceso estructurado y formal, la adquisición de competencias que avalen el ejercicio
de la especialidad contemplando los avances científicos - tecnológicos y los problemas
del sistema de salud, constituyendo la herramienta esencial para cumplimentar los
extremos de la precitada Ordenanza y la Ley Básica de Salud N° 153.
Por ello, en uso de las facultades legales que le son propias,
Artículo 1°.- Apruébese el Programa Docente de la Residencia Posbásica de Cirugía
Plástica y Reparadora, el que como Anexo (IF-2019-23088989-DGDIYDP) forma parte
integrante de la presente.
Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
y, para su conocimiento y demás efectos, pase a la Dirección General Docencia,
Investigación y Desarrollo Profesional. Cumplido, archívese. Bou Pérez